Casos hasta 2021

A partir de 2022 los casos estarán aquí

Iremos relatando los casos que hemos detectado, acompañado y resuelto. Hay que resaltar que el el Real Decreto de abril de 2012 ha debido tener un importante efecto disuasorio y que muchas personas "sin papeles" han estado evitando acudir a los servicios de salud, y que desde septiembre de 2018, el Real Decreto-Ley 7/2018, sobre el acceso universal al Sistema Nacional de Salud, aunque ha supuesto una mejora importante para las personas en situación irregular, ha dejado excluidas a las que están en situación regular pero no tienen ninguna cobertura ni medios para costeársela, y a las que no pueden demostrar 90 días de empadronamiento.


Caso 206 Mujer cubana. (FG, noviembre 2.021)

Mayor, con permiso de residencia por enfermedad sobrevenida (corazón, marcapasos, vista en Sierrallana) desde 2016, que expira en mayo 2022. Ha tenido tarjeta. Ha presentado cuatro solicitudes a TS para acogerse al art. 3ter. Al parecer, no han entendido la razón por las que fueron desestimadas. Cáritas le ha pagado algunos medicamentos.

El 22-dic presenta solicitud al INSS de Torrelavega, y el 13-ene-2022 recibe respuesta positiva, basada en su NIE es de persona "tutelada".


Caso 205 Mujer peruana. (JS, diciembre 2.021)


Mujer de 51 años, llega a España la segunda quincena de noviembre en curso. Empadronada en Santander.

- Solicitud inicial de Tarjeta Sanitaria (03.12.21), incompleta, pues falta Informe Social. En un primer momento Tarjeta Sanitaria la registra en plataforma “Civitas”, con aportación 100% farmacéutica. Luego Resuelve una primera denegación.

Entrevista personal con la emigrante y familiares, para conocimiento, información de trámites y seguimiento.

Situación de salud delicada, según valoración médica efectuada por especialista privado, diagnóstico grave. Ingreso hospitalario posterior.

A resultas de su atención en medio hospitalario debido a hospitalización y Consultas especializadas, ha precisado cuidados de continuidad en su Centro de Salud para curas y retiradas de sutura quirúrgica. En dicho Centro le han efectuado “Partes de gastos” por dichos servicios y la Gerencia de Atención Primaria emite órdenes de cobro ejecutivo por la atención dispensada.

Se hace Recurso de Reposición, que firmamos junto con mujer peruana. Ponemos el caso en conocimiento de las nuevas autoridades sanitarias en Cantabria, pues había un compromiso, verbal, de no emitir órdenes de pago sobre población vulnerable.

- Segunda solicitud de Tarjeta Sanitaria (12.01.22). Coordinamos con Trabajo Social sanitario de su Centro de Salud, dicha profesional emite el Informe Social y registra personalmente nueva solicitud, esta vez completa. Tarjeta Sanitaria Resuelve una segunda denegación.

- Tercera solicitud de Tarjeta Sanitaria (22.02.22), contando con más de tres meses de empadronamiento. En espera de Resolución.

Con fecha 18.05.22 recibe nueva Resolución a su Recurso de Reposición (firmado solidariamente con esta Plataforma”) el cual estima dicho Recurso y anula las dos órdenes de pago-facturación anteriores.

Con fecha 19.05.22. recibe Resolución favorable y cuenta, al fin, con Tarjeta Sanitaria.

Caso 204. Senegal (MVS-dic 2021)

Joven, llegó a España hace dos años. Tiene un problema crónico de salud que requiere seguimiento. Acudió a urgencias de su CS. Tras recibir el tratamiento se emitió el parte de facturación. Desde el Centro de Salud contactaron con la Plataforma y se les asesoró sobre los trámites para obtener las Tarjeta Sanitaria. Se anuló el parte de facturación y se tramitó su TS. La actuación de los profesionales del Centro de Salud, así como, del servicio de Tarjeta Sanitaria ha sido muy eficiente.

Caso 203. Mujer, Rep. Dominicana- Italia. (K, nov-dic 2021)

Embarazada, que ha estado viviendo en Italia y ahora lleva ya más de 1 año viviendo en España (empadronada desde agosto de 2020). Solicitó la tarjeta sanitaria en agosto de este año y le han estado siguiendo en el centro de salud su embarazo. El pasado 10 de noviembre, le remitieron una carta desde Tarjeta Sanitaria para que presentara un certificado de Italia de que no procede la exportación del derecho, dando un plazo de 10 días. Se puso en contacto con la Plataforma cuando ya había pasado el plazo y temía que le dejaran de atender. En Italia tiene un permiso de residencia por reagrupación familiar con una hermana (en España, no es posible hacer la reagrupación familiar con hermanos) y le dieron también tarjeta sanitaria. Ambas caducan el 3 de diciembre. Se contactó con tarjeta sanitaria, donde nos comunicaron que de acuerdo a la documentación que aportamos, la tarjeta que tenía de Italia era una tarjeta europea y que incluso, según veían en su programa, se le había atendido en alguna ocasión con ella (aunque en un centro de salud, le habían dicho una vez que con esa tarjeta no la podían atender). Y que lo que podía hacer, una vez caduque el día 3, es preguntar ella directamente por correo electrónico a las autoridades sanitarias italianas y con la contestación negativa, también por correo electrónico, les sirve a TS para dársela aquí. En cuanto al plazo de subsanación, aunque ha prescrito, que no iba a haber problema. Y respecto a la asistencia sanitaria, que esté tranquila que no se le va a dejar de atender. Sus familiares en Italia ya le han facilitado el correo electrónico de la autoridad sanitaria de su zona, donde tiene que escribir, con lo que parece que va todo encaminado. Se presentó una nueva solicitud, tras el 3 de diciembre, acompañada del correo electrónico de la autoridad sanitaria italiana, confirmando que ya no tenía asistencia sanitaria allí. Con fecha 29/12/2021,  llega la resolución favorable de tarjeta sanitaria, concediéndole la asistencia sanitaria en España.

Caso 202. Dos menores moldavo-rumanas (K, oct 2021)

Igual al nº 199: dos menores moldavo-rumanas sin asistencia sanitaria. Están empadronadas desde 2017 y tenían asistencia sanitaria, pero se la quitaron hace 2 años y medio. La madre tiene tarjeta de residencia (T.I.E.) y asistencia sanitaria, porque trabajaba. Como no tiene los ingresos que le piden, Extranjería no le da la residencia a las hijas (y por tanto no tienen la T.I.E.) y como no tienen T.I.E., el INSS no las incluye en su tarjeta. 

En agosto de 2020, Tarjeta sanitaria también les denegó la asistencia sanitaria y en septiembre la madre hizo recursos de alzada, dirigidos al consejero de sanidad y todavía no le han contestado.

Como en el caso 199, se da la paradoja que para Extranjería y el INSS las menores no son residentes, por lo que no tienen TIE y sin embargo, para la Consejería de Sanidad sí lo son.  No parece lógico que se pueda ser residente y no residente, al mismo tiempo. A lo que hay que añadir que no pueden exportar el derecho de cobertura sanitaria desde su país de procedencia, ya que en Rumanía no lo tienen. 

Se pone en conocimiento de la trabajadora social de su CS. Igualmente nos dirigimos al INSS y a Tarjeta Sanitaria, pidiendo una solución a la situación de desprotección de estas menores: sin recursos suficientes, sin derecho a asistencia sanitaria pública, perdidos en un limbo entre 2 administraciones. 

Resulta paradójico que estos menores lleven años escolarizados y tengan derecho a la Educación pública y sin embargo, no tengan derecho a la Sanidad.

Caso 201. Mujer colombiana. (K, oct 2021)

A través de Cruz Roja nos llegó este caso de una mujer colombiana, embarazada de 7 meses, que llegó hace unas semanas huyendo de su país, a consecuencia de las protestas que están ocurriendo y por amenazas de la policía. Ha venido sola con un hijo, mientras el marido permanece en Colombia oculto. Cruz Roja le está orientando para la solicitud de asilo, pero la cita con extranjería no se la han dado hasta finales de octubre. 

Reside con un familiar y dado su avanzado estado de gestación y su falta de recursos, se dirigieron al CS de Isabel II, para solicitar la asistencia sanitaria. Pero como no cumple los 3 meses de empadronamiento, no le tramitaron la tarjeta sanitaria, ni le dieron cita con el Trabajador Social. 

Se contactó directamente con el Trabajador Social del CS, quien se interesó por el tema en el mostrador, se puso en contacto con ella y le están haciendo el seguimiento del embarazo. 

A nuestro entender, el Informe de Trabajo Social tendría que ser el que facilitara la obtención de la asistencia sanitaria en estos casos en los que no se cumplen algunos de los requisitos administrativos pero se dan circunstancias personales favorables a valorar por el profesional de TS. 

Caso 200. Hombre senegalés. (MP-K-JL, sept 2021)

Es el caso de un pescador senegalés, empadronado en Málaga, pero que realmente vive en el barco. Contactaron con la Plataforma porque, al estar atracado en ese momento en Santoña, se dirigió al CS de la localidad para vacunarse contra la COVID19 y le dijeron que no podían hacerlo por no estar en el sistema. Por algún motivo que desconocemos, no tenía la tarjeta sanitaria. 

Se contactó con personal de la Consejería de Sanidad para la vacunación a colectivos vulnerables y pocas horas después nos confirmó que ya estaba resuelto el problema y tenía cita para la vacunación. 

Caso 199. Niña y niño moldavo-rumanos. (K, sept 2021)

Contactan con la Plataforma a finales de septiembre. La madre tiene tarjeta de residencia en España (TIE) desde marzo de 2019 y tiene también asistencia sanitaria pública. Pero Extranjería no le tramita la TIE a su hija de 9 años, ni a su hijo de 5, por no cumplir los ingresos mínimos que le exigen a la madre. Cuando la madre ha ido al INSS para incluirlos en su tarjeta sanitaria, le dicen que no pueden porque es necesario tener TIE.

Por otro lado, en diciembre de 2020, Tarjeta Sanitaria les ha denegado la asistencia sanitaria por incumplir el nuevo artículo 3 ter de la Ley 16/2003, para “personas extranjeras no registradas, ni autorizadas como residentes en España”. 

Se da la paradoja que para Extranjería y el INSS los menores no son residentes, por lo que no tienen TIE y sin embargo, para la Consejería de Sanidad sí lo son.  A nuestro entender, no se puede ser registrado y no registrado, legal e ilegal, al mismo tiempo. A lo que hay que añadir que no pueden exportar el derecho de cobertura sanitaria desde su país de procedencia, ya que en Rumanía no lo tienen.
 
Tras consulta telefónica con el INSS, el 14 de octubre se presenta una alegación ante ese organismo. Se pide que den solución a la situación de desamparo en la que se encuentran estos menores, sin recursos suficientes, sin derecho a asistencia sanitaria pública, perdidos en un limbo entre 2 administraciones.  El 18 de octubre, se presenta igualmente una reclamación, en la misma línea que la presentada en el INSS, dirigida a la Directora Gerente del SCS, de la que depende Tarjeta Sanitaria.  

Resulta paradójico que estos menores lleven años escolarizados y tengan derecho a la Educación pública y en cambio, no tengan derecho a la Salud.

Igualmente está previsto contactar con la trabajadora social del Centro de Salud que les corresponde, para ver la posibilidad de un informe social sobre el caso.

Marzo 2023. Durante todo este tiempo, todas las gestiones y reuniones fueron infructuosas, hasta que la Consejería de Sanidad publicó (el 21/marzo/2023) la nueva Orden SAN/2/2023 y pudieron solicitar de nuevo la asistencia sanitaria. La Orden prevé, en su Artículo 4.3. c), la posibilidad “de no poder exportar a España el derecho a la asistencia sanitaria desde su país de origen”. Esta vez no tuvo ningún problema con la solicitud, le atendieron muy bien y ya lleva a los menores al pediatra de su centro de salud.

Caso 198. joven mauritano (JAA, sept 2021)

Lleva unos meses en Cantabria. Ha realizado  unos estudios de Informática en la Universidad de Cantabria, al parecer con una beca. Acabados esos estudios ha prolongado su estancia, un tiempo más, matriculándose en los cursos de inglés en la misma universidad y con el interés  de estar en contacto con el departamento de su especialidad. Tiene permiso de residencia en vigor, como estudiante.

No tiene atención sanitaria y a través de la Cruz Roja, nos llegó su caso. Estamos haciendo  gestiones para ver cómo podemos argumentar el caso y que pueda recibir la atención necesaria.


Caso 197. mujer peruana. (FG, sept 2021)

Esta mujer joven llegó hace unas semanas de Perú huyendo, al parecer, de una larga historia de violencia de género, y está embarazada de 7 meses. Tiene pérdidas, y un informe de Urgencias de Valdecilla recomienda un seguimiento de este embarazo. Ella tiene intención de permanecer aquí y tiene cita para empadronarse este próximo día 8. Y no parece que tenga medios económicos suficientes para pagar una asistencia sanitaria adecuada.

Por ello, se habló con la administradora de Tarjeta Sanitaria para preguntarle de qué manera un informe de Trabajo Social podría suplir al requisito de los 90 días de empadronamiento. Dijo que lamentaba esta situación, pero que, si la utiliza, la asistencia sanitaria pública, le será facturable, ya que, en su interpretación de la ley, esta persona, que ha entrado como turista y permanece en “estancia temporal”, deberá ser considerada como “en situación regular” los primeros 90 días, y no le será posible acogerse al art. 3ter del RDL 7/2018 que facilita la asistencia sanitaria a los extranjeros en situación irregular.

Sin embargo, el mencionado RDL 7/2018, en su Art. 3 ter, apartado 3, dice

“3. Las comunidades autónomas, en el ámbito de sus competencias, fijarán el procedimiento para la solicitud y expedición del documento certificativo que acredite a las personas extranjeras para poder recibir la prestación asistencial a la que se refiere este artículo.
En aquellos casos en que las personas extranjeras se encuentren en situación de estancia temporal de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, será preceptiva la emisión de un informe previo favorable de los servicios sociales competentes de las comunidades autónomas.”

Es decir, a nuestro entender, los redactores del citado RDL sobre el acceso universal al Sistema Nacional de Salud pretendieron expresamente mantener la salvaguarda del informe de Trabajo Social para facilitar la asistencia en todos aquellos casos en los que, sin cumplir algunos de los requisitos administrativos, se dieran circunstancias personales, a valorar por Trabajo Social, que justificaran su asistencia con cargo a fondos públicos.

22-oct: una matrona. a título personal le sigue el embarazo, y hoy ha presentado solicitud ante Tarjeta Sanitaria para acogerse al 3ter, adjuntando informe favorable de trabajo social del CS que le corresponde por domicilio. 25-oct: ha quedado registrada como "privada".

Caso 196. mujer peruana. (K-JS, julio 2021)
Mujer peruana de 34 años, que está en proceso de residencia, pero le faltan
unos meses para que le den permiso de trabajo. Se puso en contacto con nosotros porque no
le permiten empadronarse donde reside y en el C.S. de los Castros le exigían el
empadronamiento de 3 meses para darle la asistencia sanitaria. Solicitó cita con la trabajadora social del centro de salud y se la dieron. La trabajadora social le pidió toda la documentación que tuviera (facturas a su nombre...) que acreditaran su residencia en Cantabria durante más de 3 meses y en base a ello, hizo su informe y lo remitió a tarjeta sanitaria. 20/07/2021. Hoy le llamaron del C.S. para recoger el documento que había llegado, en el que se le concede la asistencia sanitaria hasta mediados de diciembre. En principio tendrá permiso de trabajo antes, con lo que si consigue un trabajo, tendría de forma automática la asistencia sanitaria. Le hemos recomendado que se empadrone en cuanto pueda para evitar futuros problemas. 26/11/2021. Le han denegado la solicitud de asilo político, por lo que aún no tiene permiso de trabajo y sigue sin poder empadronarse. Ha solicitado cita de nuevo con la trabajadora social de su centro de salud para renovar la asistencia sanitaria, que le caduca el día 18 de diciembre. La situación que tiene es complicada y el tema del empadronamiento le puede generar más problemas, por lo que se le está intentando ayudar para buscar soluciones.
Con el fin de llegar a un empadronamiento realizamos múltiples gestiones ante diversas ONG, todas infructuosas.
Resta búsqueda privada, con la triste y mezquina novedad de que ciertas personas, aprovechando la precaria situación de esta mujer, están dispuestas a facilitarlo previo “alquiler” de 100 o 150 euros mensuales.
Reorientamos nuestro acompañamiento para que, de nuevo, cuente con la cobertura sanitaria de Cantabria.
Hacemos varias gestiones para que sea nuevamente atendida por la T. Social de su Centro de Salud, quien hace un informe de vulnerabilidad social para Tarjeta Sanitaria. Ayudamos en el registro de nueva Solicitud.
Con posterioridad Tarjeta Sanitaria comunica que la documentación aportada en la Solicitud está incompleta, cuestión que nos llama la atención pues el registro fue hecho por nosotros, después de revisar no faltase nada.
Se aporta nuevamente la documentación requerida y por fin, con fecha 19.05.22. recibe Resolución favorable y ya cuenta con Tarjeta Sanitaria, válida por dos años.
12/03/2023. Ya tiene Residencia legal inicial, con número de Seguridad Social. Resta cita para retirar su tarjeta en policía.

Caso 195, madre y hija mexicanas (K-CHP, Jun-Jul 2021)

Recibimos una llamada telefónica de la madre porque tras creer haber solicitado la renovación de la tarjeta sanitaria, reciben la concesión del Convenio Especial para la Prestación de la Asistencia Sanitaria y la carta de pago de la primera cuota. Habían tenido la tarjeta durante dos años, y esta era su tercera renovación. Lo que había sucedido era un error a la hora de facilitar el impreso en el Centro de Salud (CS), les dieron el de solicitud del convenio en vez del de la tarjeta. El problema viene tras recibir la carta de la Consejería y acudir al CS para aclararse. A pesar de ir con los papeles, y de que allí verifiquen que han tenido la tarjeta en ese mismo CS los dos años anteriores, les dicen en el mostrador que eso es lo que hay y lo que les han dado, y que las cosas hay que pagarlas. Tras la llamada verificamos lo que realmente les habían concedido y que el impreso facilitado había sido el erróneo. Hicimos una llamada a Tarjeta Sanitaria, y nos dijeron que presentasen el impreso correcto formalizado en el registro de la Consejería, así como la renuncia a la prestación que se les había dado. Les facilitamos el impreso, y han presentado toda la documentación en la Consejería.
Se las ha reconocido el derecho a la tarjeta sanitaria (como en los dos años anteriores) y se les ha hecho llegar ya. Es una buena noticia, la mala es el comportamiento del mostrador del CS de Tanos, que pretendía que aceptasen la facturación sin querer realizar ninguna gestión para deshacer el error del impreso equivocado, que ellos mismos habían cometido. 


Caso 194, hombre mayor sirio (MG, Jun-2021)

Recibimos una llamada telefónica de esta persona porque le ha caducado la tarjeta sanitaria. Hace escasos 6 días ha sido dado de alta en Valdecilla por una operación de riñón. Le indicaron que asistiera a su CS para seguir la cirugía y quitarle los puntos. Le acompañamos al CS, Isabel II, y le dicen que tiene que ir al INSS para renovar tarjeta. Insistimos en su situación de post operado. Nos indican que le atenderían por lo privado y que le costaría dinero. Conseguimos número para cita en INSS. Allí no tienen claro si tiene derecho a la asistencia sanitaria y la funcionaria solicita asistencia sanitaria como residente en España. Tiene nacionalidad siria y venezolana y un NIE que le caduca en noviembre de 2021. Se le concede la asistencia sanitaria y recibe un documento acreditativo del derecho a la asistencia sanitaria con el nº de Seg. Social. Acude a su centro de Salud con estos documentos y le tramitan la tarjeta sanitaria. Le dieron cita con su enfermera para quitarle los puntos. Tiene una cita esta semana para revisar la evolución de su cicatriz. El día que le acompañamos al C S solicitamos su vacunación. Le vacunaron en ese mismo momento y tiene cita para la segunda dosis. La funcionaria del INSS nos comunicó que la asistencia sanitaria la tiene hasta noviembre del 2021, fecha en que le caduca su NIE


Caso 193, mujer venezolana (MS, jun-2021)

Joven de 19 a, empadronada en ... con su madre en nov 2018. Tienen permiso de residencia por razones humanitarias. Desde que llegó esta realizando estudios en su IES. Al cumplir los 18 años le retiran la tarjeta Sanitaria. Se le dice lo que tiene que presentar en TS y si hay algún problema que vuelva  a llamar.
14-nov: ha quedado resuelto.

Caso 192, mujer cubana (MS, may-2021)

Madre reagrupada por hija, de nacionalidad española. Le deniegan la TS.

Caso 191, mujer Camerún (MS,
 may-2021)

Madre reagrupada por su hijo hace 2 años. Nunca ha tenido TS pero sí la están atendiendo en Sierrallana adonde llego por urgencias. Nos llamó unos días antes por la vacunación. Se le indic
ó que fuera a su CS y ya está vacunada. 

Caso 190, chico senegalés de 31 años (AV, may-2021)

Tenemos conocimiento del caso a través de trabajador social del ayuntamiento de ... que nos lo comenta al ser un caso de gravedad y vulnerabilidad

Se traslada a vivir a ... con su hermano. Se trata de un hombre diagnosticado con trastorno psicótico, recientemente también ha estado ingresado en psiquiatría de Valdecilla por otro brote.

Se trata de un ciudadano indocumentado (tiene el pasaporte caducado) por ello no se ha podido empadronar ni haber solicitado su acceso al sistema sanitario

Por parte del trabajador social de su ayuntamiento, el caso está trabajando para proceder a su empadronamiento con la documentación que tiene. Conforme la legislación en vigor tendría que esperar tres meses para acceder al sistema sanitario.

Debido a su enfermedad necesita atención y supervisión médica continuada así como medicamentos. Le han atendido en salud mental por la buena voluntad del psiquiatra pero necesita atención continuada y seguimiento en toma de mediación y así como controles rutinarios o acceso a centros de rehabilitación psicosocial.

Caso 189, joven palestino (MG, may-2021)

Acude a la plataforma a través de un mediador de Cruz Roja de Torrelavega.

Aporta documentación sobre la concesión de asilo y protección internacional. En su NIE aparecen estos datos así como un permiso de residencia por un periodo de 5 años.

Acudimos al INSS donde se le entrega dos documentos: Número de Afiliación y Documento Acreditativo del Derecho a la Asistencia Sanitaria. En el Centro de Salud de Isabel II que le corresponde por domicilio, se le asigna médico y tarjeta sanitaria (papel) con la que puedes recibir asistencia sanitaria si lo precisa. En el plazo de unos dos meses recibirá en su domicilio la tarjeta sanitaria.


Caso 188, matrimonio cubano (FG, may-2021)

Reagrupados por su hija, llevan tres años viviendo en Cantabria. Ahora se enteran por sorpresa de que han sido excluidos del sistema. La hija pide cita en TS y ahí le explican que se les envió carta informándoles de que debían renovar el documento que les daba acceso al SCS. Al parecer, había un error en la numeración del portal donde viven. Se ha pedido  que se les reenvíen esas cartas. No obstante, la administradora de TS ya le ha dicho que no hay nada que hacer, que la sentencia final del Supremo les obliga a  excluirlos. Que pueden firmar un convenio, a 160 €/mes cada uno, o que se les facturarán como privados los servicios que se les presten.

Caso 187, mujer paraguaya (MSP, abril-2021)

Nos llaman de Médicos del Mundo Euskadi por el caso de una mujer Paraguaya de 24 años, con pareja Española. Viven en Limpias y esta empadronada hace más de 3 meses. 

El 17 de febrero presentan toda la documentación en el C. de Salud de Ampuero y les dicen que ya puede ser atendida en ese CS. Padece de cálculos renales y ha tenido que ir a Urgencias al Hospital de Laredo donde le dicen, después de tratarla, que debe ser seguida por su médico de familia. Hablamos con el Centro de Salud y se soluciona.


Caso 186, mujer colombiana (K, feb-2021)
 
Forma parte de una familia colombiana, solicitante de Protección Internacional, que se encontraba en el programa de refugiados de Cruz Roja.  Le han dado la resolución positiva de su solicitud, es decir, el asilo/permiso de residencia. Pero desde ese momento, aunque a su marido y a su hijo le han renovado la documentación sanitaria, a ella no. Según Cruz Roja, ha acudido a registro de Tarjeta Sanitaria e INSS en varias ocasiones pero le indican que ha de trabajar para poder acceder al sistema.
 
Cuando hacemos las consultas pertinentes en TS, nos dicen que no tiene sentido, que debe haber un error. Efectivamente, al final resultó ser un error informático al registrar el NIE, originado quizás en Extranjería.


Caso 185. Joven marroquí. (K, abril 2021)

Joven marroquí de 19 años, que llegó a España en 2018 y que carece de pasaporte. Vive actualmente en Santander, donde está haciendo una Formación profesional en el centro BRUMAS (Asociación cántabra de lucha contra el paro). Responsables del centro fueron quienes se pusieron en contacto con la Plataforma. Anteriormente estuvo en un centro para Menores no acompañados, en Colindres. Tenía asistencia sanitaria en Colindres, de acuerdo al RD-Ley 7/2018, pero con el tema de la pandemia y su cambio a Santander, la tenía caducada. 

Una vez hecha la consulta a tarjeta sanitaria, nos comunicaron que había que hacer de nuevo la solicitud, acompañándola con copias del empadronamiento en Santander y de la solicitud de pasaporte que hizo en septiembre en el consulado marroquí. En tarjeta sanitaria nos dijeron que ahora también se podría dar entrada a la documentación en cualquier sitio oficial que tenga registro. Como en Tarjeta sanitaria, en la delegación del gobierno y en el Ayuntamiento hace falta cita previa para acceder al Registro, fuimos al Centro de salud de la Calle Vargas, que es el que le corresponde ahora. Nos pareció buena idea darle entrada por Registro y que se llevara una copia, aunque fuera el centro de salud. Por ello, en vez de ir al mostrador, fuimos al Registro que está en la primera planta, desde donde han enviado todo telemáticamente y le han devuelto toda la documentación, junto con el resguardo de haberlo enviado. 

En principio, está resuelto. De momento ya pueden darle cita como “transeúnte privado”, en espera que den entrada a la documentación en Tarjeta Sanitaria y lo metan en el sistema.

Actualización oct-2021: 

A finales de julio, recibió una comunicación de Tarjeta Sanitaria, avisándole que presentara el pasaporte ya, si no tendrían que retirarle la asistencia sanitaria pública. Al no lograr contactar con el consulado en Bilbao, se contacta con la embajada de Marruecos en  Madrid. Informada Tarjeta sanitaria, le mantienen de momento la asistencia y en agosto le siguen atendiendo.  

A finales de agosto, se recibe llamada del consulado y comunican que recogió su tarjeta de identidad, pero que hay algún problema con el pasaporte. Se intenta contactar con él, pero no responde a los mensajes, ni a las llamadas. Desconocemos que ha pasado o si continúa en Cantabria. 

No presentó la documentación en el CS y con fecha 27 de septiembre le dieron por desistida su solicitud, así que actualmente no tiene asistencia sanitaria pública. Tendría que volver a solicitarla y a ver si por fin consigue el pasaporte.


Caso 184, matrimonio de Perú (MVS, abr-2021)

Pareja de peruanos que llegaron a España en 2015 por reagrupación familiar. Tienen toda la documentación en regla. El marido está enfermo, requiere seguimiento de su enfermedad y  tratamiento. Ambos tenían TS pero tras la sentencia del Supremo (promovida por el INSS) se las retiraron. Desde febrero de 2020 no reciben atención sanitaria, siendo rechazados en varias ocasiones en el Centro de salud de Castilla-Hermida. 

Tras superar una serie de obstáculos en (Tarjeta Sanitaria, la gerencia de Atención Primaria, el coordinador del centro de salud, el mostrador del centro de salud etc.), se consigue que a él le den el alta en el sistema por dos meses y cita con el médico para la próxima semana. Todos insisten en que se hagan un contrato privado. En octubre obtendrán la residencia permanente y entraran por derecho a formar parte del Sistema. 

Caso 183, hombre, Jordania (FG, mar-2021)

El propietario de la vivienda en que vive no le quiere empadronar (pero ha estado empadronado en la comunidad valenciana tiempo atrás). Se le sugiere que pida cita a la trabajadora social de su CS para obtener informe que justifique su dificultad de empadronamiento, pero en el mostrador le dicen que necesita empadronamiento y no le dan cita.

Caso 182, hombre, Yemen (FG, feb-2021)

Solicitante de protección internacional subsidiaria. Aprobada hace 4 meses. Ha tenido asistencia sanitaria, pero el documento que lo justificaba caducó en feb-2020 por lo que TS le pide que aporte documento que muestre que se mantiene su situación. Además, tiene un problema de salud importante por el que está en lista de espera desde sep-2020 para tratamiento en Valdecilla y el 6-feb ha estado en urgencias por lo mismo. 

Se le acompaña a TS donde, al mostrar su nuevo permiso de residencia (por protección internacional) válido hasta 2025, se nos indica que hay que ir al INSS para tramitar su asistencia sanitaria. En el INSS, tras problemas al no poder entrar el acompañante por protocolo COVID (hay que agradecer a un funcionario que estuvo al quite y salió a buscar al acompañante), se solucionó. Queda registrado en su CS (Vargas) y quedamos en que pedirá cita sobre su problema de salud actual. 

Sin embargo, la funcionaria entiende que puede ser urgente y le organiza una cita presencial para ese día. La doctora que le atiende le confirma que sigue en lista de espera, que no tardarán en llamarle, y que mantenga la medicación que se le había recetado. NOTA: Esta persona se desenvuelve muy mal en español y el SCS no tiene mecanismos para solventar los problemas de comunicación. Además, la prohibición genérica de presencia de acompañante por razones COVID 19 dificulta el apoyo que se les puede prestar.

Caso 181, mujer, Moldavia (MP, JL, ene-2021)

Mujer de 82 años viuda, natural de Moldavia, que desde hace 7 años tiene también pasaporte Rumano,  aunque desde entonces reside en Torrelavega con du hija. Ha tenido tarjeta sanitaria en Cantabria desde el 2015 hasta el 2020 que se la deniegan. Desde el 2016 esta en seguimiento en cardiología cada 6/9 meses y padece también diabetes tipo II. La única solución que le dan en TS es que acceda al Seguro de la SS de 157 euros/mes, cosa que no puede hacer la familia. Por tener más de 80 años tendría que ser vacunada ya contra el coronavirus, pero....

Caso 180, mujer mayor, Moldavia/Rumanía (MS, dic-2020)

Mayor, residente comunitaria desde 2016. Ha tenido número de afiliación a la SS (aunque no tarjeta sanitaria) y se le ha proporcionado asistencia sanitaria durante varios años hasta este octubre pasado en que caducó. Ella lleva en España 5 o más años y durante todo ese tiempo ha estado empadronada, pero con documentación moldava porque era lo que tenía cuando llegó a España. El reconocimiento de ciudadanía rumana por ascendientes fue posterior. Al parecer, ha presentado a TS solicitud para acogerse al 3ter y se lo han denegado. Reconocemos nuestra incapacidad ante estas situaciones de mayores reagrupados. El 18-feb nos dirigimos, junto al Colegio Oficial de Trabajo Social, formalmente al Consejero, reclamando soluciones para estos casos, y para las demás situaciones de exclusión.

Caso 179, mujer, Perú (FG, dic-2020)

Tiene problemas para obtener TS porque tiene NIE (pero no permiso de residencia). Le dicen que vaya a Extranjería para que certifiquen que no tiene permiso de residencia. Se le plantea el caso a TS por email quien responde que presente su solicitud (pero no explica de dónde partió lo de enviarla a Extranjería). 

En enero pasa a vivir con la persona mayor a la que cuida, donde le niegan el empadronamiento. Planteada esta situación a TS, el 22-feb se le dice que podría solicitar un padrón histórico para que se vea que lleva más de tres meses viviendo en España y que aporte también un informe social justificativo de su situación. Con estos documentos solventamos el problema de la imposibilidad de aportar un padrón actualizado.

10/03/2021: Al parecer, seguía empadronada, por lo que hoy ha presentado de nuevo solicitud de inclusión a TS.

Caso 178, hombre, Marruecos (FG, oct-2020)

La oficina de TS le envió un requerimiento que no llegó a recoger en Correos. 9-oct: TS dice que se le ha vuelto a enviar, y que tendrá que ir en persona a TS con su pasaporte.

29-mar-21: ya recibió su documento de asistencia.

Caso 177, hombre, Ecuador (JAA, ago-2020)

Esposo de la 176. Presentó solicitud para acogerse al 3ter del RDL 7/2018 en septiembre de 2019, y en noviembre se le requiere para que presente el pasaporte y acredite la entrada en España o la UE, ya que su pasaporte carece de sello de entrada. En TS se le dice de palabra que no se puede atender su solicitud sin tener sello de entrada en su pasaporte. Él indica que le fue robado, igual que a su hijo, por lo que tuvieron que solicitar aquí nuevos pasaportes. Y desde TS se le remitió, al parecer, a la Consejería de Sanidad, donde rellenó otra solicitud en febrero de la que no tiene copia. Y cuando ha llamado a la Consejería preguntando por ello le han dicho que allí no se tramitan estos procedimientos. Se da la circunstancia de que su hijo, mayor de edad, presentó también el año pasado una solicitud para acogerse al 3ter, con su pasaporte sin sello de entrada, y su solicitud fue resuelta favorablemente. 

Volvieron a presentar solicitud a final de julio. 20-ago: Se le plantea el caso a TS por email... 21-sep: Cuando ha pedido consulta en el mostrador le han informado que ya está en el sistema.

22-oct: se le responde pidiendo que acredite la fecha de entrada en España. 18-dic: vuelve a presentar solicitud.

19-mar-2021: Se le requiere para que aporte empadronamiento del 2017 al 2019.

Con fecha del 11 de noviembre de 2022 se solicitó de nuevo su inclusión en el Sistema Sanitario Público. Analizada su solicitud y la documentación aportada se resuelve su inclusión en el Sistema sanitario Público.

Caso 176, mujer, Ecuador (JAA, ago-2020)

Esposa del 177. Presentó solicitud para acogerse al 3ter del RDL 7/2018 en septiembre de 2019, y en noviembre se le requiere para que presente certificados de no procedencia de exportación del derecho a asistencia desde su país de origen o del de procedencia, Holanda, país por el que había entrado a la UE en tránsito a España. Siendo Holanda país de tránsito y no teniendo Ecuador convenio bilateral con España en materia de seguridad social, parece difícil de entender este requisito… (El pasado verano se la operó en Valdecilla, y actualmente recibe atención en Dermatología). 

Volvieron a presentar solicitud a final de julio. 20-ago: Se le plantea el caso a TS por email.

22-oct: se le responde pidiendo de nuevo el certificado de no exportabilidad. 18-dic: vuelve a presentar solicitud.

19-mar-2021: Se le requiere para que aporte empadronamiento del 2017 al 2019.

Caso 175, mujer, Colombia (FG, jul-2020)

Lleva aquí 4 meses (y tiene contrato de arrendamiento desde entonces. ¿Podría utilizarlo para cumplir el requisito de 90 días de empadronamiento y obtener ya la inclusión en el SCS? Solicita cita en el ayto. de Torrelavega para empadronarse el 15-jul y se la dan para el 11-ago. 

21-jul: Se dirige consulta a TS y ésta  responde que las Recomendaciones del Ministerio dicen que sólo pueden usarse documentos expedidos por la administración pública… 23-jul: Y que la fecha de entrada en el pasaporte no es suficiente. Sobre el empadronamiento en Torre, la Oficina Municipal de Interculturalidad: que hable con el gerente de Servicios Sociales. No lo consigo. 

3-sep: En su CS no le admiten la solicitud, que iba acompañada de otra redactada por mí explicando la imposibilidad del empadronamiento en estos meses, que tiene que esperar tres meses. TS dice que pida cita con la trabajadora social del CS para que esta redacte el informe pertinente. 

4-sep: En su CS a le niegan la cita con la trabajadora social por no estar registrada como usuaria. 21-sep.: TS entiende mi posición y no entiende la negativa del CS a dar cita con TS. 5-oct: Con KG nos reunimos con las responsables de TS. Dicen que han elevado una queja por la negativa anterior y que lo vuelva a intentar pidiendo una cita por teléfono. 6-oct: la llama la trabajadora social de este CS, y le dice que no puede darle cita por no estar registrada en el sistema, y que espere a los 90 días.

14-oct: Nos dice que va a esperar a cumplir los 90 días, el 13 de nov.

21-oct: Finalmente, la trabajadora social le concierta una entrevista, pero cuando acude, la vuelven a rechazar en el mostrador.

9-mar-2021: Había un error en su dirección postal. Se le había enviado requerimiento porque faltaban de rellenar dos casillas de confirmación y las fotocopias del pasaporte no permitían ver el troquelado con el número. Corregido y entregadas nuevas fotocopias.

3-jun-2021: Al no haber recibido respuesta, llamamos a TS y se nos dice que ya lo tiene concedido, que se le ha tratado de comunicar en dos ocasiones, sin éxito. Recoge el documento en persona y se entera de que no se había corregido la dirección postal, corrección que implicaba, tan sólo, añadir una coma en medio de "11" para convertirlo en "1,1". Como el error viene del padrón, le dicen que lo arregle allí y que lleve la corrección a su CS.

Caso cerrado después de 11 meses.

Caso 174. Mujer rumana. (KF, octubre 2020)

Tiene permiso de residencia, pasaporte con domicilio en España y ha cotizado 9 años en España (la última hace 1 año). Tiene caducada la tarjeta sanitaria y en el Centro de Salud Doctor Morales, en General Dávila, le dicen que no se la pueden renovar porque no está trabajando actualmente (no se entiende esto, según nos dijeron en el INSS con otros casos). Vino a España con su primer hijo de 5 meses (ahora tiene 14 años). Tiene una segunda hija que nació en Valladolid en 2008 y el tercer hijo tiene 5 años. 

El pequeño tiene todo bien porque su padre es español. A los dos mayores son a los que no les quieren dar la tarjeta porque dicen que están dados de alta en Rumanía. Ella ha intentado con la embajada darles de baja, porque dice que no va a vivir ya en Rumanía, pero no consigue que lo hagan. En Valladolid los dos mayores tuvieron tarjeta sanitaria y puede pedir toda la documentación. El padre de los dos mayores es rumano, está separada de él y es ella quien tiene la patria potestad de estos 2 hijos. 

05/octubre/2020. En reunión con responsables de Tarjeta sanitaria (TS), tampoco entienden por qué, si ha trabajado en España, no le renuevan la tarjeta sanitaria. Una vez que lo comprobaron, nos comunican que aparece de alta en la Seguridad Social, con lo que tiene derecho a renovar la tarjeta sanitaria y a incluir con ella a los dos hijos mayores. Tiene que ir directamente al INSS para que se lo hagan. Una vez contactada la señora, ha quedado en llamarnos cuando vaya. En principio, si no surge ningún inconveniente nuevo, estaría resuelto.

Con la cita en el INSS quedó totalmente solucionado. Por este caso, se comprueba que si algún progenitor ha estado de alta como trabajador en España (siendo de Rumanía u otro país comunitario), tiene derecho ella y su familia a la asistencia sanitaria de aquí, no necesariamente de la tarjeta europea de su país.

Caso 173, mujer moldava. (KF, julio-agosto 2020)

Mujer moldava mayor, vive con su hija que tiene ya la nacionalidad española. La madre está empadronada aquí desde diciembre y el 26 de marzo entregó la documentación para solicitar la asistencia sanitaria, en el C.S. Alisal, que es el que le corresponde y donde está siendo atendida por el médico de cabecera (también la han visto en endocrino). Pero al no tener todavía el nº de la tarjeta sanitaria no le pueden dar las recetas del SCS. Las medicinas que necesita las está pagando la hija, pero dice que es mucho para ella. Nos comentó la hija que, cuando pregunta en el C.S., le dicen que "hay que esperar" y ya han pasado 4 meses. 

En el día de hoy, se contacta con la responsable de Tarjeta Sanitaria, quien comenta que el parón de la administración durante el estado de alarma ha hecho que todos los expedientes estén retrasados. Nos confirman que está como solicitante y la atienden, pero que la solicitud tiene fecha de entrada de finales de abril en TS, ya que no hay registro de entrada en los centros de salud. Nos dicen que están ya con los expedientes de finales de abril, por lo que ya debe estar a punto de llegarle la carta. 

En vista que el 10 de agosto todavía no ha llegado nada, se persona en TS la hija y le comentan que le han mandado una carta y que cuando llegue tiene que presentarse con la madre, para acabar de rellenar la solicitud. Le preguntan si ha solicitado la agrupación familiar para la madre, pero no lo ha hecho. Se contacta de nuevo con la responsable de TS el día 14. El día 17 llega la carta certificada. 

18/08/2020, A día de hoy la hija ha acudido a TS con su madre, quien ha terminado de cumplimentar la solicitud. Ahora están en TS a la espera solamente de la contestación al correo que enviaron ayer a la oficina de extranjería, pidiendo confirmación de que no hay ninguna solicitud de residencia a nombre de la madre. Comentan que suelen contestar muy rápido. 

25/08/2020, Siguen en TS esperando la contestación. La hija intenta conseguirlo ella misma en extranjería, pero no lo consigue. Se contacta de nuevo con la responsable de tarjeta sanitaria, tienen varios expedientes parados por el mismo motivo. Van a seguir insistiendo telefónicamente. 

26/08/2020, consiguieron por fin la contestación y los expedientes que estaban pendientes sólo de este trámite, se aprueban. Entre ellos el de este caso.

22/12/2021. Actualmente tiene también aquí a su padre y le ha tramitado la tarjeta.

 05/06/2023. Tanto la hija como su hermano, tienen ya la nacionalidad española y nos pide asesoramiento para tramitar la residencia de los padres. Lo único que podemos hacer es remitirle el contacto de una abogada que pueda asesorarla. 14/12/2023. Ya tienen NIE sus padres. Lo han hecho a través de su hermano (que tiene el mismo apellido que sus padres), mediante arraigo familiar y hoy acude a una cita en el INSS, donde le dicen que sí tienen derecho a la asistencia sanitaria. Le facilitan las solicitudes y le dan cita para el 03/01/2024 para presentarlas.

La reforma del Reglamento de la Ley de Extranjería de agosto de 2022, amplía el permiso de residencia por “arraigo familiar” a los ascendientes (padres), descendientes (hijos) y cónyuges (antes sólo era para hijos de españoles). Dándoles derecho a la asistencia sanitaria sólo a los descendientes menores de 21 y a los ascendientes mayores de 65 años.

15/01/2024 El caso ya está cerrado

Caso 172, hombre, Rusia (MP, FG, jul-2020)

Empadronado en Santander desde nov-2019, en situación irregular, y sin cobertura sanitaria, ya que desconocía su derecho a la asistencia gratuita. A comienzos de junio se cae de la bicicleta, lo que genera lesiones que tratadas en Valdecilla conducen a una factura de 8 de julio de 7276 €. Presenta solicitud de inclusión en TS el 18 de junio que a 21 de julio no ha sido respondida. 18-ene-2021: El interesado ha vuelto a presentar solicitud, ya que no respondió a los requerimientos del SCS sobre la solicitud previa, y, con abogado propio, aborda el asunto de la deuda.

Caso 171, Mujer de 57 años Colombia (MS, julio 2020)

Llegó a España en Agosto de 2019 invitada por una sobrina con la intención de trabajar (continua sin empleo). Diagnosticada de Hipertensión, Hipotiroidismo, Hiperlipemia y Obesidad, precisa valoración, tratamiento farmacológico y seguimiento. El 5 de marzo recibió el documento provisional, que le permitió el acceso a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos. Se le asignó el Centro de Salud de Dobra (Torrelavega). El 9 de Julio contactó con la plataforma debido a que en cinco ocasiones le habían denegado la atención sanitaria en el centro de salud (Dobra), enviándola a urgencias. Tanto los profesionales del mostrador como el medico, en varias ocasiones, le comunicaron que debía abonar las consultas debido a que no tenia Tarjeta Sanitaria. El mismo día, contactamos vía telefónica con el CS y les comunicamos que tiene la documentación en regla y que tienen el deber de atenderla con cargo a los fondos públicos. Le dan cita con el médico y este mantiene la misma actitud. Finalmente, el 20 de Julio la acompañamos al centro de salud y se produjo un desencuentro con las profesionales del mostrador, al insistir en que tenía que abonar las consultas. Les mostramos la legislación y les invitamos a que se pongan en contacto con la responsable de tarjeta sanitaria. Finalmente, la atienden y le proporcionan las recetas, la analítica y le dan cita con otro doctor. (Mantendremos el seguimiento del caso)

 

 

Caso 170, mujer, Venezuela (MP, FG, jun-2020)

Lleva 5 años en España, viuda de español y madre de dos españoles, y vio rechazada hace tiempo una solicitud de asilo. Dispone de permiso de residencia hasta diciembre de 2020. Ha sido operada aquí y tratada posteriormente de cáncer. A día de hoy ha visto como no se le renueva ya su tarjeta sanitaria por lo que tiene un importante gasto en medicamentos que no puede afrontar. En TS le dicen que no tiene derecho, que puede suscribir convenio con el INSS. El Dtor. Gral. nos dice que en estos casos, en situación regular, sólo los servicios sociales de ICCAS o Ayuntamientos pueden ayudar en situaciones de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social. Y del ICCAS nos dicen que no se atienden carencias en asistencia sanitaria, que quizás ONGs que reciben fondos del IRPF autonómico…

Caso 169, mujer, Camerún (FG, jun-2020)

Mujer con permiso de residencia por 5 años, reagrupada por su hijo, pero que no puede acceder a TS, sólo pagando un convenio. Por teléfono, se le indica que hoy por hoy su madre no puede tener asistencia pública gratuita, pero que esperamos que próximamente la Consejería emita una nueva Orden que corrija estas situaciones.

Caso 168, menores Perú (FG, may-2020)

Madre, empleada y cotizante de la SS, a la que en su CS le dicen que sus hijas tendrán TS cuando sean "legales". En principio, deberían ser beneficiarias del aseguramiento de su madre, pero no se ha solicitado reagrupamiento familiar, porque no se alcanzan los ingresos mínimos requeridos (unos 1100 €) ni el tiempo mínimo de residencia en España de esta madre (un año, al menos). Se le sugiere que pida cita con la trabajadora social del CS para que la oriente, y esta le facilita impresos para que las niñas se acojan al art. 3 ter, como personas en situación irregular. En Tarjeta Sanitaria nos confirman esto y que, efectivamente tendrá que presentar las solicitudes como extranjeras en situación irregular. El 3 de junio presentan las solicitudes, sin problemas. Se les recuerda que pueden tener asistencia en su CS desde el día siguiente, sin esperar a la resolución de su solicitud.

Caso 167, joven Colombia (JS, may-2020)

Con TS provisional catalana, llega a Santander a ver a su madre y aquí queda confinado por el estado de alarma. El 26 de marzo es operado en Valdecilla de apendicitis aguda. Cuando se acerca al CS La Marina para que le retiren las grapas le dicen que le cobrarán 70 €. Ahí contacta con trabajo social de Valdecilla quien habla con su compañera de La Marina que le indica que vuelva al CS y que tendrá que firmar un parte de asistencia y/o facturación y le quitarán las grapas. ¿No hay solución administrativa para las personas confinadas que llegaron de otras autonomías?

Caso 166, mujer Moldavia (JS, abr-2020)

Llega en diciembre para reagrupación familiar. Acaba de presentar solicitud ante TS para obtener asistencia sanitaria. Tiene problemas de salud que requieren supervisión ya mismo. En TS dicen por teléfono que no se están registrando las nuevas solicitudes, lo que resulta incomprensible, ya que ese registro inicial, en la plataforma Civitas, permite al solicitante tener acceso inmediato a médico, pediatra y enfermería del CS que le corresponda por domicilio, a la espera de la resolución de su expediente. Ante nuestra insistencia, explicando los problemas de salud de esta mujer, la funcionaria accede a registrar ya su solicitud. Desde entonces se le está atendiendo bien en su CS.

Caso 165, joven, Marruecos (FG, feb-2020)

Joven marroquí  que había estado tutelado como MENA, y que ya hace más de un año solicitó tarjeta sanitaria sin obtener respuesta (o esta no llegó a su domicilio). Lo vuelve a presentar de nuevo en febrero. A día 6 de abril aún no había recibido respuesta. Mientras, le indicamos que no dudara de ir a su CS si lo necesitara, aportando copia de su última solicitud.

Caso 164, menor, Nigeria (Otros, feb-2020)

Niña, nacida en España y empadronada desde octubre, hija de residente autorizado, a la que la gerencia de Atención Primaria le factura 69 € por asistencia en SUAP el pasado 27 de enero. El recurso presentado por su padre contra esta facturación ha sido desestimado por no acreditar su derecho a asistencia gratuita, a pesar de que el 12 de febrero el INSS la reconoció como beneficiaria de su padre, cotizante (este reconocimiento de su derecho se ha retrasado por el tiempo de emisión de su pasaporte por parte de las autoridades de su país). Sorprende que para insistir en esta facturación, la Gerencia se supone que está entendiendo que esta niña, como ciudadana residente legal ¿tiene la obligación de acreditar la cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía? No parece que la tenga que tener, por lo que resulta obvio que la menor tenía el derecho formal y no puede ser que se le deniegue por cuestiones administrativas ante el INSS. El 29 de junio: el SCS estima el recurso que presentó de nuevo este padre y anula la facturación.

Caso 163 Pareja peruana-croata (KF, febrero-2020)

Llegaron y se empadronaron en septiembre. Ambos son enfermos crónicos, tratados en Perú, que necesitarían seguimiento. Por el padre de la mujer tienen nacionalidad croata y en vez de entrar como peruanos, pensando que sería mejor, han entrado como croatas (de la CEE) y han firmado que tienen recursos propios. Es un caso similar al n° 145 (peruana-italiana). Al entrar como comunitarios con recursos propios y haberse sacado el NIE, al solicitar la asistencia sanitaria, les han enviado una carta denegándosela. Lo que le han ofrecido, cuando cumplan el año de empadronamiento, es subscribir el convenio con la Seguridad Social y pagar todos los meses 157 €/persona, o sea más de 300 €/mes, porque él tiene 70 años y la mujer está a punto de cumplir los 65. Se han venido con algo de dinero de Perú, pero eso se agota. Ni él ni la mujer, dicen, están en condiciones de trabajar. Cosa que sería la solución. Si tuvieran la posibilidad de tener la tarjeta sanitaria europea en Croacia, tendrían la asistencia aquí. Lo único que tienen es un documento de Croacia en el que se dice que no tienen asistencia sanitaria en ese país. Es necesario averiguar si ese documento traducido oficialmente valdría para darle asistencia en España. También él pregunta que si dándose de alta en autónomos y pagando unos meses tendría derecho a la asistencia sanitaria. 

17/febrero 2020: Mientras se hacen las averiguaciones pertinentes, se les pone en contacto con Cantabria Acoge para ver si, a través de sus abogados, es posible reclamar la resolución de denegación de la asistencia sanitaria. 21/febrero/2020. Hecha la consulta en Tarjeta Sanitaria, comentan que la traducción del documento de no tener asistencia sanitaria en Croacia no serviría de nada, ya que no han trabajado nunca en España. Se les aplica la misma normativa europea por la que no tienen la asistencia sanitaria en Croacia, ya que no han vivido, ni trabajado nunca allí. 

03/marzo/2020: en el INSS nos dicen que como autónomos tendrían derecho a la Asistencia Sanitaria. Pero que para darse de alta en autónomos hay que darse de alta en Hacienda, en una actividad determinada y hacer liquidaciones periódicas, además de estar sometido a Inspección. Inspección que se está llevando a cabo con más intensidad todavía ahora, debido a los fraudes de falsos autónomos. En cambio nos dicen que entre Perú y España hay un convenio bilateral, por el que tendrían derecho a la asistencia sanitaria, ya que él tiene una pequeña pensión en Perú y el convenio es aplicable: “A los trabajadores y pensionistas que estén o hayan estado sujetos a las legislaciones de uno o ambos países firmantes, así como a los miembros de sus familias y derechohabientes”. Para aplicar el convenio tendrían que obtener de Perú “La exportación del derecho”. Se les facilita el enlace de la Seguridad Social (Información útil internacional Convenios bilaterales Perú Personas a los que se les aplica) donde pueden ver el convenio de colaboración y a las personas que afecta, con el fin de que lleven a cabo las gestiones necesarias. 

Tras el final del estado de alarma, se contacta con ellos para ver cómo van los trámites. En el consulado de Perú les facilitaron el que a través del Médicos del Mundo les hicieran las recetas de la medicación que necesitan, pero  les dijeron que la exportación del derecho es sólo para recibir la pensión  y que tendría que haber trabajado en España para tener derecho a la asistencia sanitaria (cosa que no concuerdan con lo que pone el convenio). Se le aconseja que pida directamente a Perú la “exportación del derecho” a la asistencia sanitaria. Tras unos días, nos dicen que han hecho algunas consultas más sobre la exportación del derecho a la asistencia sanitaria y le han dicho que siendo un trámite oficial, tienen que residir oficialmente en España, pero ellos están como croatas (europeos) no tienen la residencia. Ante su solicitud y dado el punto sin salida en el que estamos, se hace una consulta a una abogada conocedora del tema de extranjería. Se les facilita la contestación así como el contacto y quedan en meditarlo para ver si continúan por esa vía.

Caso 162, mujer joven, Marruecos (MP, feb-2020)

Llama una comadrona de urgencias de Valdecilla indignada porque ha atendido a una embarazada marroquí que en su centro de salud no la han querido atender. Llamamos a Tarjeta Sanitaria y efectivamente le dicen que al no llevar más que 2 semanas empadronada no tenia derecho. No se lo podía creer. Llamamos también a la comadrona del centro de salud y esta le dijo que ella la seguiría. De momento y ante la situación de cerrazón en el SCS, lo dejamos así, siempre diciéndole que si tiene algún problema de atención, nos llame.

Caso 161, mujer 55 años, Venezuela (MP, ene-2020)

Venezolana de 55 años con marido hijo de españoles y empadronada hace 15 meses en Puente San Miguel en el Centro de Salud no le dicen lo que tiene que hacer. Le decimos por teléfono la documentación que tiene que presentar y que lo haga en tarjeta sanitaria. Le contestan que el Pasaporte esta caducado, le decimos que presente todo lo que ha intentado con el Consulado en Bilbao. Estamos a la espera.

29-mar-2021: Ha mantenido asistencia sanitaria y ahora recibe documentación de su consulado que sustituye al pasaporte caducado.

Caso 160, mujer joven, Rumanía (MG, dic-2019)

Contactada en la puerta de un supermercado frecuentado por quien suscribe. Relata que ha estado en urgencias porque se sentía muy cansada. Añade que en urgencias no le dieron informe, que tenía que ir a recogerlo a su Centro de Salud (le correspondería el Sardinero). No tiene ningún tipo de tarjeta sanitaria, nunca ha ido a este centro de salud ni tiene asignado médico. Me ofrezco insistentemente a acompañarla al centro de salud y se niega aludiendo a que no puede dejar de pedir a la puerta del supermercado. Le pido los documentos que tiene para intentar el acceso a la atención sanitaria para personas extranjeras no registradas. Aporta ”Carte de Identitate” de Rumanía, Certificado de El Jefe de Extranjería y Fronteras de que le ha sido asignado en el Registro Central de Extranjeros de la Dirección General de la Policía, el Número de Identidad de Extranjero (N.I.E.). La abogada de la Plataforma, a quien le envío fotografía de estos documentos, considera que le tienen que dar la asistencia. Le faltaría el certificado histórico de empadronamiento. Le insisto en la obtención de este documento a lo que responde que ahora no puede, lo hará más tarde. Añade que si se vuelve a encontrar mal irá a urgencias. Percibo que está bastante acostumbrada a utilizar este medio. Tiene dos niños. Uno de ellos dispone de un “Documento de Asistencia Sanitaria Situaciones especiales, Sistema Nacional de Salud” En este documento tiene médico asignado del Centro de Salud del El Sardinero. Llama la atención que el otro niño no tenga este documento. Ante mi pregunta responde que los dos están vacunados y les atiende el facultativo indicado. Los niños no tienen pasaporte, entiendo que tampoco carta de identidad como la madre, ésta dice que una persona le va a ayudar con todos los gastos para ir a la embajada de Rumanía en Bilbao a obtener los pasaportes. Una vez obtenido el certificado de empadronamiento acudimos al Servicio Cántabro de Salud para solicitar el acceso a la asistencia sanitaria para personas extranjeras vigente en estos momentos. Nos atiende la persona responsable de tarjeta sanitaria indicándonos que no puede acogerse ya que es persona registrada y autorizada, y pertenece a la Comunidad Europea. Añade, que si quiere asistencia sanitaria en el Sistema Nacional de Salud tiene que acogerse al convenio especial existente, pagando 57 euros si es menor de 65 años. Ante nuestra pregunta de si no existe un  tratamiento especial ante la carencia de recursos nos dice que no se contempla en la normativa existente. Nos anima a que acudamos a un Centro deSalud donde, según su experiencia, se atiende a todas las personas. Ante nuestra insistencia nos dice que en el INS nos van a decir lo mismo que nos está diciendo ella.

Caso 159, mujer, Marruecos (JAA/PB, nov-2019)

Tenía un bulto debajo del oído y en urgencias y la habían prescrito un tratamiento que fue haciendo efecto, por lo que no necesitamos acompañarla.. No tenía los tres meses necesarios para acceder al programa. Pendiente de conocer nacionalidad.

Caso 158, hombre joven, Camerún (JAA/JS, nov-2019)

Herido al parecer en un ojo por una pelota de goma en la valla de Melilla. Acogido al programa. Un oftalmólogo se ofreció a hacerle una revisión y proporcionarle lo que necesitase.

 

Caso 157, mujer mayor, Argentina (JAA, oct-2019)

Agrupada por su hijo español, sin cobertura sanitaria.

Caso 156, menor, Colombia (MS, oct-2019)

Residente en Cantabria, ingresado dos días en el hospital de León por lo que le facturan 850 €.  Se trata de una madre de 36 años y su hijo de 1 año y cinco meses procedentes de Bogotá.

Llegaron a España el 13 de agosto de 2019 con una carta de invitación de la madre/abuela que reside y trabaja en España como cocinera, desde hace 5 años. El 30 de septiembre el niño es ingresado de urgencia en el hospital de León por un proceso infeccioso y le facturan los servicios, adquiriendo una deuda de 817,48 €. Es entonces, cuando acuden a la plataforma e iniciamos los trámites para su inclusión en el Sistema Sanitario Público. El proceso ha sido largo, ya que, a pesar de tratarse de un menor, fue imprescindible certificar los tres meses de empadronamiento para solicitar el documento de asistencia sanitaria. Finalmente, el 31 de enero de 2020 se les concedió el certificado de atención sanitaria. En relación con la deuda contraída, contactamos con la Unidad de Gestión del hospital de León y solicitamos la cancelación de la deuda. Recibimos la confirmación de dicha cancelación vía mail del jefe de la Unidad. Asimismo, informamos del caso a “Yo sí Sanidad Universal” de Castilla y León por si precisara algún tipo de seguimiento.

Caso 155, hombre, Letonia (CE/MSP, nov-2019)

Con enfermedad infecciosa, le van a dejar de atender por tener permiso de residencia comunitario.

Caso 154, hombre, Venezuela (--/MSP, nov-2019)

Con enfermedad infecciosa al que se le facilita medicación pero no se atienden otras necesidades desde otras especialidades.

Caso 153, menor rumana (Intercult, dic-2019)

Inclusión denegada por no dar de baja en SP rumano.

Caso 152, menor, Perú (Intercult, dic-2019)

En TS nos señalan que no tendrá tarjeta hasta que cumpla los 90 días de empadronamiento.

Caso 151, mujer, Colombia (FG, sep-2019)

Embarazada de 34-35 semanas, empadronada hace 1 mes. Acude a su Centro de Salud y le dicen que la atenderán (de hecho lo hizo ya la comadrona) pero que tendrá que pagar, se echa a llorar y le dicen se pase por Tarjeta Sanitaria, allí corroboran la facturación. Llama la trabajadora social de Cantabria Acoge a Tarjeta Sanitaria y, efectivamente, le dicen que se ve a todo el mundo pero se facturará, que las excepciones de embarazo de los últimos meses y embarazo de riesgo ya no se contemplan, que tienen que tener 3 meses de empadronamiento. Parece que está tramitando protección internacional.

Caso 150, mujer, Rep. Dominicana (SF/MSP, ago-2019)

Mujer mayor, que ha tenido Tarjeta y ahora no se la renuevan.

Caso 149, mujer venezolana (AV, ago-2019)

Mujer mayor a la que en jun-2018 se revisa su inscripción en la Orden SAN 38/2015 y le exigen que suscriba un convenio. Además no puede renovar su pasaporte caducado. Finalmente, acepta la fórmula del convenio.

Caso 148, 4 menores rumanos (FG, may-2019)

Uno de los menores, con un problema de salud relevante. La madre acaba de darse de alta en autónomos y tiene un NIE temporal, nos acerquemos al INSS para que inscriban a los niños como beneficiarios de esta asegurada. Allí nos indican que es imprescindible que los niños tengan NIE, que lo solicitemos en extranjería. En septiembre, el padre nos dice que el problema de la niña lo solucionaron en urgencias y que esperan a que la madre lleve tres meses de cotización para obtener el NIE para sus hijos.

Caso 147, mujer panameña (EC, abr-2019)

Embarazada de 17 semanas cuya solicitud de inclusión, presentada hace dos meses, no ha recibido aún respuesta, por lo que ha tenido que recurrir a la medicina privada para el control de su embarazo. No ha habido más seguimiento del caso.

Caso 146, madre e hija moldavas (FG, abr-2019)

Mujer (empadronada desde marzo), que vive con su hija de 5 años, presenta solicitudes de inclusión en el SNS, acogiéndose al art. 3 ter de la reformada Ley 16/2003 (reforma introducida por el reciente RDL 7/2018 del gobierno socialista actual). Con fecha del día siguiente, la madre recibe una notificación de la subdirectora de asistencia primaria, Ana Tejerina Puente, en la que se desestima su solicitud en base a que no cumple el requisito de los 90 días de empadronamiento. Sorprendentemente, aunque reconoce que la solicitud se regula por el mencionado art. 3 ter, aprecia que la solicitud “incumple lo dispuesto en el art. 3 apartado 1”, que es no es de aplicación en este caso (es el que se aplica a españoles y residente regulares).

Consultada la administradora de TS, confirma que la solicitud de la niña ha sido admitida (pero no comunicada aún, al parecer) pero que la de la madre ha sido denegada, no por las razones de la resolución notificada (que parecen completamente equivocadas) sino porque no se ha apreciado ninguna necesidad médica específica que le impida esperar a tener los 90 días de empadronamiento. Cuando se le señala que el requerimiento de tal necesidad médica no está definido en ningún texto legal, simplemente dice que es lo que ellos aplican, que el informe del trabajador social era común para ambas, madre e hija, y que aprobaron la solicitud de la niña porque en dicho informe común se decía que la niña tenía un problema de salud concreto, no así la madre. Finalmente sugiere que se presente de nuevo su solicitud con un nuevo informe individual del TS. El 23 de mayo nos comunican de palabra que se ha vuelto a rechazar su solicitud. Hay que señalar que el modelo de informe social en vigor en Cantabria (Anexo II de las últimas Instrucciones) se debe utilizar para “la justificación excepcional de requisitos de identidad y residencia”, no tiene que valorar ningún elemento de salud o de riesgo social. Se debe usar sólo para personas sin pasaporte o con identificación poco clara, y que residiendo “de facto” aquí no hayan podido cumplir aún el requisito de 90 días de empadronamiento.

Caso nº 145, mujer peruano/italiana (FG/KG, jun-2019)

Madre de dos hijos.

Como indicó la responsable interina de Tarjeta sanitaria, esta mujer ha recibido una carta denegándoles la asistencia sanitaria por la vía del art. 3 ter de la ley 16/2003 (modificada por el RDL 7/2018). Solicita en el CS “Bajo Pas” de Renedo cita con la trabajadora social, con el fin de aclarar lo que comunican en la carta, pero se la deniegan. Por lo que contacta de nuevo con la Plataforma.

15/10/2019. Se acude con ella al CS y en el mostrador, es el propio funcionario de administración quien se pone en contacto con Tarjeta sanitaria (tras examinar la carta recibida) para ver qué solución puede tener este caso. Nos dicen que tiene 2 opciones:

1.      Obtener la Tarjeta sanitaria europea en el consulado o la embajada italiana.

2.      Esperar a 1 año de empadronamiento y subscribir un convenio con la Seguridad Social, con un coste que desconoce.

En la actualidad la madre, el hijo y la hija, tienen ya la tarjeta verde de residencia. Por lo que se le acompaña al día siguiente a las oficinas del INSS, en Isabel II, basándose en la resolución que se logró allí del caso nº 136. 16/10/2019. En el mostrador de recepción del INSS, tras informarse de toda su situación (el padre todavía no está aquí) y de que ellos 3 tienen NIE de residentes, el funcionario le da cita previa para “Asistencia sanitaria” el 31/10/2019. Informándole también que puede que tenga derecho a una ayuda por hijo a cargo, por lo que le da una cita doble. Le escriben la documentación que tiene que llevar ese día: 1.- NIEs y pasaportes. 2.- Certificado de nacimiento o libro de familia. 3.- Empadronamientos. Indicándole que solo tiene que ir ella (al hijo, por ser menor de 26 años, también lo incluirán con ella).

En principio, ese día (como en el caso nº 136), le darán de alta como “residente”, tendrá que presentar el empadronamiento por ser comunitaria (pero no española), le asignarán un nº e incluirán al hijo y la hija como beneficiarios, le proporcionarán un documento que lo acredite, para llevarlo al CS Bajo Pas y que allí le proporcionen las 3 tarjetas. Se le acompañará de nuevo ese día, con el fin de ver cómo se desarrolla y también para preguntar algunas dudas que quedan pendientes para otros casos: ¿Cuál es el coste de ese convenio con la Seguridad Social, que pueden subscribir al cabo de 1 año de empadronamiento? ¿Quién puede subscribirlo? Los trabajos eventuales de días (entrega de propaganda, p.ej.) donde se les da de alta ¿cuentan para la asistencia sanitaria?

31/10/2019. Acompañamos a la cita en las oficinas del INSS. Nuestro gozo en un pozo. La tarjeta del permiso de residencia que tiene la afectada: “Permiso de residencia no lucrativo” (con el número (3)), se lo dan cuando vienen con recursos propios. Este permiso no les da derecho a la asistencia sanitaria, les obliga a traer un seguro privado. Con esta tarjeta de residente (3), hasta que no tenga un trabajo o la residencia permanente (5 años) no tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que un español residente(los españoles no residentes en España, tampoco tienen ese derecho). Los residentes con los números (1) y (2) vienen con trabajo y esos sí tienen derecho a la asistencia sanitaria.

Nos dio las dos opciones que nos dijeron en el Centro de Salud el día 15: 1.- obtener la tarjeta sanitaria europea de Italia (si se la dan, ya que no ha residido nunca en Italia) o 2.- cuando cumpla 1 año de empadronamiento subscribir el convenio, que nos dice se hace con el Servicio Cántabro de Salud (en Tarjeta Sanitaria) y vale 50 €/mes. Con este convenio entraría ella e incluiría a sus 2 hijos, al ser los dos menores de 26 años. Lo pueden subscribir tanto comunitarios como extracomunitarios. Luego nos remitió a “Tesorería. Otros trámites” donde nos confirman que con esta tarjeta de residente (3) puede trabajar en España (habla incluso con extranjería para confirmarlo) y que valdría con el alta en trabajos eventuales para asignarle un número y tener derecho a tarjeta sanitaria (donde incluiría a sus hijos).

A la salida confirma que tiene un seguro privado, por un año, para ella y sus hijos y que incluye consultas y hospitalización, aunque no medicinas. Para confirmar los términos del convenio que se puede subscribir al cabo del año, como Plataforma nos dirigimos a Tarjeta Sanitaria. En ese momento no puede atender la responsable y en el mostrador solicitan el teléfono para llamar y concertar una cita la semana siguiente, con el fin de resolver las dudas.

05/11/2019. Recibida la llamada de Tarjeta sanitaria, nos aclaran las condiciones del convenio, recogidas en el RD 576/2013, de 26 de julio y que hace referencia también a la Ley 16/20013, de 28 de mayo: 1.- Se hace con el SCS, tras 1 año de empadronamiento. 2.- La cuota es de 60 €/persona/mes (si es menor de 65 años) y de 157 €/persona/mes (de 65 años para arriba). 3.- No entran los medicamentos.

Caso nº 144, mujer venezolana (FG, jul-2019)

Madre de dos hijos, de 16 y 9 años. Empadronados en Torrelavega desde el 10 de mayo. Tienen permiso de residencia en España por razones humanitarias. Le han estado denegando su inclusión en el SCS porque es registrada y autorizada como residente, por lo que se le aplicaría el art. 3 del RD 7/2018, y solo obtendría asistencia con cargo a fondos públicos si trabajara y cotizara. El 10 de julio la nueva responsable de TS nos dice que tratará el asunto con la subdirectora Ana Tejerina Puente (que había firmado la denegación previa). El 12 de septiembre esta madre nos actualiza la situación: la llamaron hace 10 días de TS para decirle que se había aceptado la solicitud para su hija, pero que tenía que pasar por el INSS de Torrelavega para que le reconocieran su derecho, y que además allí solicitara se hiciera lo mismo para ella y el otro hijo. Le dicen ahora que el permiso por razones humanitarias es suficiente para reconocerles su derecho. Por otro lado, nos relata un incidente grave con una administrativa del CS Dobra al que acudió con su hijo accidentado hace dos meses. Esta funcionaria le respondió que para ser atendida tendría que pagar, y hacerlo sobre la marcha. Le preguntó si le daría una factura o justificante, a lo que se negó, negándose también a identificarse, y finalmente, diciéndole que podía ir a urgencias para que se atendiera al niño.

Caso 143. Menores rumanos y moldavos de 2 y 16 años (MS, abr-2019)

Se trata de dos menores con doble nacionalidad que viven en Santander desde hace 8 meses. El caso lo remite a la plataforma la profesora de Servicios a la Comunidad del IES “El Alisal”, donde está escolarizado el niño mayor, ya que necesitan un certificado médico para el viaje de estudios. La madre de los menores trabaja a tiempo parcial y tiene tarjeta sanitaria. Nos comentan que durante varios meses han intentado incluir a sus hijos en su tarjeta como beneficiarios pero, tanto la oficina de extranjería como el INSS, se lo han denegado. En el centro de salud tampoco les dieron ninguna orientación. Realizamos el acompañamiento a una tía de los niños. Primero, fuimos a la oficina de tarjeta sanitaria, desde donde nos enviaron a la oficina de extranjería y de ésta nos remitieron al INSS. Nos confirman que la madre no reúne los requisitos para tener a sus hijos como beneficiarios ya que trabaja a tiempo parcial. Tras solicitar que se pongan en contacto los tres organismos (tarjeta sanitaria, extranjería y el INSS) y nos den una solución, nos citan de nuevo en la oficina de tarjeta sanitaria. La responsable de tarjeta sanitaria nos tramita las dos tarjetas (una de ellas por vía urgente) y quedan los dos menores incluidos en la base de datos del centro de salud de Los Castros.

Caso 142. 2 niñas moldavas (KF-MS, mar-2019)

Dos niñas moldavas, de 7 y 15 años, escolarizadas en el colegio Magallanes y el IES Pereda, con unos 8 meses de empadronamiento. Su madre acudió al Centro de Salud que les corresponde (C.S. de Vargas) para solicitarles la asistencia sanitaria. Allí le dijeron que tenía que ir a las oficinas de Tarjeta Sanitaria. Acudió allí con la documentación (pasaportes, empadronamientos y certificados de escolarización), pero le dijeron que tenía que llevar las partidas de nacimiento traducidas por un traductor jurado (eso cuesta dinero). Comunicada esta circunstancia a la Plataforma, se contacta con la responsable de Tarjeta Sanitaria, quien nos dice: Cuando entra una solicitud de menores, no tienen capacidad legal para firmar nada, lo hace su padre/madre o tutor, por lo que siempre se les pide documento acreditativo de su relación familiar, ya que en el pasaporte esos datos no vienen. Si han nacido en Moldavia y traen un certificado de nacimiento en moldavo, no es posible entenderlo por lo que tienen que traerlo traducido. Este documento se lo pedirán después en muchos sitios y Tarjeta Sanitaria solo se queda con una fotocopia, así que el documento les sirve para más trámites, como pedir permiso de residencia, incluir a las niñas como beneficiarias, etc. Si el documento viene en inglés, francés o incluso rumano se arreglan para entenderlo, pero en el caso de ruso o moldavo no. Comentan también que les valdría cualquier documento oficial (libro de familia, p.ej) que demuestre que son sus hijas y que sea comprensible.

Caso 141. Mujer mexicana embarazada (FG, feb-2019)

Joven que ha llegado a España hace unas tres semanas. Está embarazada de 19 semanas y ha venido a reunirse con su marido, español residente en Santander. Se acaba de empadronar y en su centro de salud le dicen que el seguimiento de su embarazo tiene que esperar a los tres de meses de empadronamiento. Le ofrecen registrarla como usuaria privada, diciendo que no se le cobrará nada, pero renuncia a esa vía. En el mostrador de la administración de Tarjeta Sanitaria le repiten lo mismo: que tiene que esperar a los tres meses, a menos que su embarazo muestre alguna complicación (una matrona nos dice que en el momento actual de su embarazo se debe hacer una ecografía y una analítica). El 7 de febrero la administradora de TS nos dice que exigir los tres meses de empadronamiento es la respuesta que se debe dar a personas que entran con visado turista (esta chica no ha necesitado visado para viajar a España), de las que no se sabe si van a continuar aquí y cuyo embarazo no reviste motivo de preocupación. No obstante, nos indica la forma de arreglarlo: dirigirse de nuevo a su CS, pedir cita privada con su matrona, y que ésta emita un informe con las características del embarazo. Así lo hace, y la matrona emite el informe, la cita para análisis y para ecografía. El 21 de febrero les acompañamos a ver a la administradora de TS y queda todo arreglado (ha necesitado certif. de empadronamiento, fotocopia de todo el pasaporte -que carecía de visado de entrada-, informe de la matrona y ha tenido que rebuscar en el móvil de su marido para encontrar los datos de la reserva de su vuelo a España). Queda registrada con validez hasta agosto (la fecha estimada de parto es 4 de julio). Si para entonces no está arreglada su situación (en extranjería les dicen que la solicitud de tarjeta de identificación de extranjero puede tardar de 4 a 6 meses) deberá volver a TS para renovar el registro actual. La administradora de TS nos dice que va a preparar instrucciones claras para que estos casos se solventen como este. No conseguimos entender cómo no se ha hecho primero (al parecer, según esta funcionaria, el caso no es infrecuente).

Caso 140. Mujer rumana y su hija de 7 años (MS, feb-2019)

Se trata de una madre de 27 años y su hija de 7 que llegaron a España en Septiembre de 2018 para reunirse con el padre. El padre lleva viviendo en España 12 años, ha trabajado y tiene cobertura sanitaria. En la actualidad, está desempleado y es beneficiario de una renta social básica. Contactan con la plataforma porque a la niña le deniegan la atención en el centro de salud por no tener la documentación en regla. Concretamente, por no presentar el “certificado de no poder exportar el derecho de prestación sanitaria” desde Rumania. La madre tampoco disponía de la documentación para acceder a las prestaciones sanitarias. El día 22 de enero de 2019 les acompañamos a la oficina de Tarjeta Sanitaria e iniciamos los trámites para su inclusión en la Orden 38/2015. Tras reunir la documentación necesaria, el 29 de Enero, tanto la madre como la hija quedan incorporadas a la Orden. Sin embargo, el documento de la niña solo tendrá validez durante 3 meses (hasta el 1 de Mayo de 2019) a la espera de que cause la baja en Bucarest y presente el certificado de no poseer derecho exportable. Desde la plataforma haremos seguimiento del caso, pues conocemos la dificultad que tiene obtener el certificado; y por la situación de la familia es difícil que puedan trasladarse a Bucarest para hacer las gestiones. El 5 de febrero, la madre y la niña habían acudido a las consultas del centro de salud asignado recibiendo ambas una atención adecuada.

Caso 139 mujer chilena (FG, dic-2018)

Llegó a España con sus 4 hijos en abril de 2018, para reunirse con su marido, que lleva aquí más de 6 años. El pasado septiembre presentó una solicitud para acogerse a la Orden SAN 38/2015, y le pidieron certificado de no poseer derecho exportable. Su marido aportó más tarde un certificado de FONASA que la declara como usuaria de beneficencia, código A, pero en la oficina de TS se lo rechazan, diciendo que ese documento no es suficiente. El 9 de enero la hemos acompañado a TS y la administradora reconoce que ese certificado sí era suficiente, pero como tiene sólo una validez de 60 días, deberá solicitarlo de nuevo (se hace vía electrónica, con firma digital, a través de un familiar allá) y presentar de nuevo la solicitud. Respecto a los hijos, el menor de edad tiene asistencia normalizada, y los otros tres, mayores de edad, tienen que hacer el mismo trámite que su madre. Con los nuevos certificados, se han tramitado todas las solicitudes el 11 de enero. En este segundo trámite hubo un pequeño problema ya que se le pedía a ella que volviera a presentar fotocopia de todas las páginas del pasaporte. Consultada la administradora, ordenó que se aceptara la solicitud sin esa nueva copia. Por parte de TS no se ha ofrecido ninguna explicación por este error. La administradora dice que siempre se incorpora una copia al expediente de lo que se presenta, aunque se rechace, pero no ha sido así en este caso. 


Caso 138. Pareja peruana con niño de 6 meses (K, nov-2018)


Pareja joven (con un familiar en Cantabria) que llegaron de Perú el 2 de octubre con su hijo. En la actualidad el bebé tiene 6 meses y le tocaban dosis de vacunas. En otro CS le indicaron que le correspondía el CS de Isabel II y que pidiera cita con el Trabajador Social de dicho centro. Ante las dificultades puestas en el mostrador de este último CS para vacunar al niño y dar cita con el TS, contactó la madre con la Plataforma.

Se le acompaña al CS de Isabel II, previa consulta con Tarjeta Sanitaria, que confirma la obligación que tienen de atenderle e indican que la forma de hacerlo es dar al bebé de alta en Vacunación, como paciente transitorio privado sin facturación, al tiempo que se comienza a tramitar la tarjeta sanitaria para el bebé. En el CS, esta vez, le atiende una persona distinta que le informa perfectamente de todo, le indica la documentación que tiene que aportar y le recoge los datos para incluir al bebé en el sistema, solicitándole el teléfono de contacto para darle la cita. Menos de 2 horas después le llamaron para darle cita a primera hora de mañana, para revisión con la enfermera y a continuación con la pediatra. También les han facilitado el impreso para solicitar los padres la asistencia sanitaria, cuando cumplan el periodo de empadronamiento.

Presentó la documentación del niño poco después de la visita a la que se les acompañó. La madre, al cabo de 1 mes, preguntó por la tarjeta del niño, ya que no había recibido nada, y le dijeron que hasta los 3 meses de empadronamiento no podían tramitárselo. En ese momento no se puso en contacto con la Plataforma porque le seguían atendiendo. Pero en el día de ayer, sí que contactó con la Plataforma porque al ir a recoger la documentación (para presentarla de nuevo) le dijeron que no tenían el expediente y que tenía que hacer de nuevo las copias y presentarlas en el CS Isabel II el día que el niño cumpla los 3 meses de empadronamiento (10 de marzo).

Le siguen atendiendo pero, como está como privado, no le dan las recetas. Siempre han sido los 3 meses aplicables solo a los adultos, no a menores ni embarazadas, por lo que esto no tenía lógica. Hoy se logró contactar con la responsable de tarjeta sanitaria, que explicó cómo está la situación ahora. Con el Decreto estatal de 2018, metieron a toda la gente en el mismo saco de los 3 meses de empadronamiento. Esto supuso que les quitarán los códigos especiales para menores y embarazadas. En Cantabria lo que hicieron entonces fue seguir aplicando la Orden de Cantabria SAN/382015, que seguía en vigor (aunque recurrida) y así podían admitirlos en el sistema de salud. Pero en el día de ayer les comunicaron que quedaba suspendida la susodicha Orden, al ser el recurso contrario a Cantabria. Con lo cual a partir de ahora los 3 meses de empadronamiento son para todas las personas. En el ámbito estatal están queriendo elaborar el reglamento, antes de acabar el gobierno actual, pero aquí lo consideran difícil que lo logren. Por lo que, desde ayer mismo, han comenzado a trabajar en uno para Cantabria que puedan aplicar.

En este caso, como estaba dado de alta en el sistema desde noviembre, se ha resuelto sobre la marcha al llevar la documentación directamente a Tarjeta sanitaria. Lo que ha permitido que le faciliten ya el documento que acredita el derecho a la asistencia sanitaria, con lo que ya le pueden tramitar las recetas. Pero hubiera podido correr el riesgo de quedarse en un limbo, entre una Orden y otra.

22/05/2019. El niño ya tiene la asistencia desde febrero, pero ahora hay nuevos contratiempos con los padres:

Cuando cumplieron los 3 meses de empadronamiento, presentaron (el 12/03/2019) la solicitud y toda la documentación necesaria para la asistencia sanitaria del padre y de la madre del niño.

A finales de abril reciben un escrito, a nombre del padre, en el que le piden el empadronamiento actualizado. Aprovecharon y presentaron, en el CS de Isabel II los 2 empadronamientos actualizados (el de la madre y el padre).

Ayer les llegó una carta, a nombre de la madre, solicitándole de nuevo la fotocopia de todas las páginas del pasaporte y el empadronamiento actualizado. Ambas cosas ya presentadas. Además, le piden que se persone en Tarjeta Sanitaria con el pasaporte para su comprobación. Se pone en contacto con la Plataforma porque se da cuenta que le acaba de caducar el pasaporte y le dan muy pocos días para presentar la documentación.

23/05/2019. Se le acompaña a Tarjeta Sanitaria y acudimos a su responsable, que se jubila justo este día. Nos comenta que, de momento, le vale con la contestación de la solicitud de cita por internet al Consulado de Bilbao, hasta que tenga el pasaporte definitivo. Igualmente nos presenta a su sustituta y nos da sus datos de contacto.

22/07/2019, ya tienen los 3 el documento que les da derecho a la asistencia sanitaria pública.

13/10/2022. Se pone la madre en contacto de nuevo. En agosto de 2021, solicitó la renovación para la asistencia sanitaria del hijo, pero el pasaporte del niño estaba caducado. Debido a la pandemia, no dan citas en el consulado de Perú en Bilbao. Finalmente le dan cita para junio de 2022 y solicita el pasaporte del hijo. En el CS de la calle Castilla, no quieren atender al niño ni como privado, hasta que no tenga el pasaporte y presente la solicitud de nuevo. Hablamos con Tarjeta sanitaria, desde donde se ponen en contacto directo con el mostrador del CS y finalmente atienden al niño. Presenta la documentación en Tarjeta sanitaria, con el resguardo del pasaporte.

14/11/2022. Ya está presentado el pasaporte del niño y está todo solucionado. 


Caso 137 Niños peruanos de 8 y 4 años. (MG, sep-2018)

Vinieron a España hace año y medio por agrupación descendente. La abuela con permiso de residencia y nacionalidad española agrupó a la hija y a sus dos niños. La hija está incluida como beneficiaria de la madre y tiene su propia tarjeta. Según los trámites que hicieron en el INS, ratificados con posterioridad por tarjeta sanitaria, los niños no pueden ser incluidos en la tarjeta de la abuela.

La niña de 8 años sufre un accidente casero (se pilla el dedo en una puerta) y acude a Valdecilla donde es atendida. Le dicen a la madre que tiene que ir a su CS para curarse. Le corresponde CS Tetuán. En este Centro le dicen que no le pueden curar porque no tiene tarjeta, que si lo hacen le tienen que cobrar. En estos momentos procedemos al acompañamiento a dicho Centro. La respuesta en el mostrador es que tenía que haber ido al INS. Insistimos que es una menor que tiene que ser atendida y que además pasan ya 3 días desde su asistencia a Valdecilla. La respuesta es que tendrán que incluirla como “privado” y que le pasarán factura. Firma el parte de asistencia básico. Opto por animarle a firmar y tranquilizarla, a la vez diciéndole que no le van a cobrar. Es la manera que vemos de seguir adelante y lograr que le vea el pediatra y, con posterioridad, iniciar el procedimiento de obtención de “tarjeta sanitaria”. La niña es atendida por el pediatra. Como llevan año y medio en España y es la primera vez que uno de ellos ha ido al médico, el otro niño no ha ido nunca, le comentamos al pediatra la situación de su vacunación. Les cita inmediatamente para el día siguiente a los dos niños. En estos momentos ya están vacunados o el proceso iniciado y en curso.

Iniciamos en el mismo Centro la tramitación de obtención de “Tarjeta Sanitaria”. Se rellena un impreso de solicitud para cada niño y se adjuntan los documentos necesarios, que los dos niños tienen: NIE de los dos niños y de la madre, certificados de nacimiento de los niños y el empadronamiento con tres meses mínimo. La madre recibe una copia de las dos solicitudes con fecha de entrada. En Tarjeta sanitaria, a donde llamamos para comunicarle la visita al centro con la menor y la firma del parte de asistencia básico, nos dice que los niños están inscritos como “Niños extranjeros con permiso de residencia” que no conlleva tarjeta. Pero que esto es así a día de hoy, que están cambiando muchas cosas en estos días. Llamamos a su madre para preguntarle si ha recibido algún documento acreditativo del derecho a la asistencia sanitaria de los niños con el que se pueda presentar al CS cuando lo precise, ante su negativa, volvemos a llamar a Tarjeta Sanitaria. La respuesta es que ha habido un cambio. En estos momentos han unificado a todas las personas extranjeras en un único grupo: “Personas extranjeras no autorizadas ni registradas”. La persona de TS con la que hemos hablado, nos ha dicho que cuando venga la responsable de Tarjeta Sanitaria, se hablará de esta nueva situación confusa. De momento los dos niños tienen asignado pediatra en el CS Tetuán al que pueden acudir como cualquier otro. Pueden pedir un resguardo de la consulta en el que constará el nombre del médico y el nº de asistencia. Tendrán que pagar el 40% de las medicinas.

Caso 136. Niño peruano (KI-JA, sep-2018)

Se trata de un niño nacido en Perú, pero con pasaporte español (como su madre y su abuelo). La madre y el niño llegaron a España hace 2 meses. En el centro donde se ha escolarizado fue donde comunicó la madre que el niño tenía una erupción y que en el CS La Marina le pedían la partida de nacimiento del hijo para atenderlo. Al día siguiente se le acompaña al centro de salud mencionado. Allí, en el mostrador, nos dicen que no pidió cita con el pediatra, que luego son ellas quienes quedan mal y que, de hecho, al niño se le había dado de alta en el sistema como “privado”, a la espera de tener el certificado de nacimiento y tramitarle la tarjeta. Se comentan las dificultades que tienen estas personas recién llegadas para desenvolverse y saber lo que tienen que hacer, por lo que es conveniente derivarlos a la Trabajadora Social para que les ayude e indique. Un niño pequeño recién llegado, que además va a comenzar la escolarización, necesitaría como mínimo un control de vacunas, aunque no hubiera tenido ningún problema. Además el trámite del certificado de nacimiento (al haber nacido fuera de España) no es tan sencillo, ya que hay que hacerlo a través de una página del ministerio de justicia y tarda un tiempo. Nos comentan que estaba de vacaciones la trabajadora social y no regresaba hasta octubre. Le dan la cita con el pediatra para esa misma mañana. La administrativa comprueba que la madre (al no estar trabajando) está incluida en la Seguridad Social del abuelo. Se informa y le comenta a la madre que tendrán que hacer el mismo trámite que hicieron con ella, con su hijo, en las oficinas de la Seguridad Social de Isabel II. Se solicita igualmente una cita con la TS para primeros de octubre. Le atiende el pediatra y le dan nueva cita, unos días después, para hacerle un chequeo. Información en las oficinas de la Seguridad Social: No se puede incluir en la cartilla de abuelos a nietos, a no ser que estén bajo su tutela. Al tener solo el pasaporte (tramitado en la embajada española en Perú) y no el DNI, se necesita Libro de Familia o Certificado de Nacimiento para poder demostrar que es hijo de su madre. El padre es peruano y está en Perú, por lo que no tiene libro de familia. Dan una cita para primeros de octubre e indican que acudan aunque no haya llegado el certificado desde el Registro Civil Central. Nota: Para solicitar el DNI, se necesita el certificado de nacimiento literal.  Para obtener ese certificado previamente hay que enviar por correo electrónico una solicitud que hay que descargar, rellenar, firmar y luego escanear. El consulado contesta muy rápido diciendo: "El nacimiento del interesado consta inscrito al Tomo xxx página yyy, de la Sección Primera de este Registro Civil Consular, inscripción efectuada el xx.xx.2017. Con los datos indicados podrá solicitar la partida el interesado al Registro Civil Central". Una vez recibida esa información ya se puede solicitar el Certificado. Por la complejidad de todo este trámite se le ayuda en la solicitud de dicho certificado. La madre va a comenzar a trabajar en estos días, con lo que el trámite de la tarjeta sanitaria del niño será más sencillo, al poder incluirlo con el número de la Seguridad Social que asignen a la madre. El niño ya está atendido médicamente, pero se seguirá el caso en los trámites de la Seguridad Social, con el fin de tener la información para otros casos. Se acompaña a la madre del niño a la cita con la Trabajadora Social del Centro de Salud La Marina, en la C/Castilla. Aunque en el inicio (una vez puesta al día del caso) la TS justifica que no la remitieran a ella, a lo largo de la conversación va informándose, revisando la documentación que tiene y orientando a la madre sobre trámites a hacer. Igualmente se le acompaña a la cita en las oficinas de la Seguridad Social en C/Isabel II. Una vez explicada la situación a la funcionaria y que aún no había llegado la partida de nacimiento, le ha pedido la documentación que tenía la madre sobre el niño. Entre ella se encontraba una partida de nacimiento de Perú “apostillada” (un sello de la administración de Perú que certifica su autenticidad), indicando que con eso le valía. Al buscar a la madre en el sistema, no aparecía todavía dada de alta en su trabajo (a pesar de llevar ya 15 días en él). Seguía incluida dentro de la de su padre. No podía incluir al niño con el abuelo y tampoco con la madre, porque esta no tenía un nº propio de la Seguridad Social. Entonces ha buscado otro camino para conseguir la tarjeta sanitaria del niño: Ha dado de baja a la madre como beneficiaria del abuelo y le ha dado de alta como “residente” (por tener nacionalidad española no tiene que mirar ni cuando ha llegado a España), asignándole un nº nuevo e incluyendo al niño en él como beneficiario. Le ha proporcionado un documento que lo acreditaba, para llevarlo al CS y que allí le proporcionen las 2 tarjetas nuevas (del niño y de ella). Una vez que llegue el alta en el trabajo, el cambio de número es automático. El trato ha sido muy bueno y la funcionaria ha sido muy resolutiva ante las dificultades que se encontraba, buscando de qué forma podía conseguir hacerle la tarjeta sanitaria y explicando a la madre todo para que lo entendiera bien. También le ha aconsejado que pregunte en el trabajo para que solucionen su alta cuanto antes. Nota: nos llama la atención que en el caso nº 137, al inscribirle como privado, le hicieran firmar y le dijeran que iban a cobrarle. En este caso nº 136, cuando se acompañó a la madre, el niño ya estaba metido en el sistema como privado, no había tenido que firmar nada y en ningún momento le dijeron que tendría que pagar. Sorprende que lo que es posible para unos, no sea para otros, dentro del mismo sistema.

Caso 135 Mujer peruana 75 años (FG-KF, ago-2018)

Se trata de una mujer peruana que llegó a España el pasado 7 de julio y cuyo hijo está tramitando la reagrupación familiar (de ella y de un nieto de 18 años). Es gran diabética y ha tenido que acudir a urgencias de Valdecilla hace unas 3 semanas. Allí ha sido bien atendida, permaneció hasta estabilizarse, dándole una cita para revisión a primeros de septiembre. Le proporcionaron un medidor y material para el control del azúcar, pero tras acabársele y acudir ayer a una farmacia para comprar la medicación y jeringuillas, le dijeron que necesitaba receta del médico de cabecera. El hijo acudió al CS de la calle Vargas (al que él pertenece) donde, como en otras ocasiones, le negaron cualquier posibilidad y no le facilitaron ninguna solución. Está empadronada desde el 10 de julio, con lo que no cumple los 3 meses de empadronamiento. Se solicitó cita con la trabajadora social, de cara a un informe por lo arriesgado de su situación, pero (al estar de vacaciones) se la dieron para el 24 de agosto. Se le aconsejó que volviera a urgencias por la tarde para explicar la situación y allí le volvieron a proporcionar material para los test. Mientras, en tarjeta sanitaria nos informaron que presentaran la solicitud de asistencia sanitaria, con los informes de Urgencias y los antecedentes médicos, con el objetivo de solicitar opinión médica y valorar la urgencia del caso. Si se considera urgente, la tarjeta podría tramitarse también de forma urgente en pocos días. (Hay que tener en cuenta que hasta que no haya resolución definitiva, no se aplica el descuento en los medicamentos). Al acompañarla y presentar la documentación (solicitud, fotocopia de todas las hojas del pasaporte, empadronamiento e informes médicos) la responsable de tarjeta sanitaria detectó un nuevo inconveniente: en el pasaporte tenía sello de salida de Perú, pero no le habían sellado la entrada en España. Cosa que se ha solventado con una fotocopia de la tarjeta de embarque del vuelo en el que llegó a Madrid. Ha quedado todo presentado hoy. La del nieto, la presentarán en octubre, cuando cumpla los 3 meses de empadronamiento.

Caso 134 Joven marroquí (FG, ago-2018)

Joven marroquí que reside en España desde 2014, habiendo entrado aquí por frontera legal, y con un pasaporte en el que constaba un visado para entrar en Francia obtenido en un consulado francés en Marruecos, aunque nunca llegó a entrar en ese país. En agosto de 2016 se empadrona en Cataluña y después en Torrelavega. Tiene un bulto en la mano que le dificulta ciertas tareas. En enero de este año solicita acogerse a la Orden 38/2015 pero le piden un certificado de no tener derecho exportable desde Francia. Le facilitan una dirección de e-mail para obtenerlo, pero no lo consigue. Mientras, le ve un médico de familia que quiere enviarle al especialista pero no puede porque, al parecer, su solicitud para acogerse a la Orden ya había caducado. El 2 de agosto, desde Cruz Roja en Torrelavega, nos llega el caso. Hablamos con personal de Tarjeta Sanitaria y, finalmente, van a dar una respuesta positiva a su solicitud, válida hasta la caducidad de su pasaporte, en enero de 2019.

Caso 133 Joven ecuatoriana de 21 años (FG, jul-2018)

Nos cuenta su madre que vivió en España 3 o 4 años (2009-2012) y que ha vuelto de nuevo a España a finales de junio. Está embarazada de 36 semanas (36+4 dice el informe de Urgencias de Valdecilla del 8/07, a donde acudió después de ser rechazada unas horas antes ese mismo día en el SUAP del Sardinero por la amenaza del trabajador del mostrador, día 8 a las 19:00, que la advirtió de la facturación de 89 € por atenderla). En Valdecilla no vieron motivo de preocupación a su sensación de “tripa dura” y le recordaron el seguimiento que se debe hacer por su matrona en su centro de salud. En ese CS, Castilla-La Hermida, le dijeron a su madre, por teléfono, que solicitara TS en el SCS, donde, al parecer, no lo hicieron alegando que venía como turista (sin embargo, el visado es por familiar de ciudadano EU, su madre). Tampoco puede ser incluida como beneficiaria de la TS de esta hasta que no tenga NIE, que ya está solicitado, pero tardará varias semanas en tenerlo. De nuevo en TS, le rechazan la inclusión porque el certificado de empadronamiento que emite el Ayuntamiento de Santander se hace en base a su NIE antiguo (que está caducado, pero que será el mismo que le darán próximamente), pidiéndole que vuelva al Padrón para que emitan un nuevo certificado con el nº de pasaporte, a lo que los funcionarios del Padrón se niegan. Desde nuestra Plataforma, puestos en contacto con la responsable de TS, finalmente se tramita su inclusión en la categoría “situaciones especiales/embarazadas extranjeras”.

Conclusiones desde la Plataforma:

1.      La principal reflexión es que se sigue manteniendo la práctica de anteponer el trámite administrativo a la asistencia sanitaria debida. Los funcionarios del SCS debieran ser instruidos en la obligación de ofertar el acceso a la atención sanitaria con prioridad a la resolución de incidencias administrativas.

2.      El principio de equidad obliga al SCS a ser especialmente cuidadoso con usuarios en situación “vulnerable” apoyándoles en los trámites administrativos (que forman parte inseparable de la asistencia sanitaria), aportando el apoyo de sus trabajadores sociales y resolviendo por sus medios los conflictos administrativos, como este con el padrón, sin marear continuamente a los usuarios, que tienen que peregrinar de ventanilla en ventanilla.

3.      Finalmente, el trabajador del SUAP del Sardinero debe ser apercibido para que no se invente facturaciones disuasorias cuando desconoce la compleja mecánica de la extensa y variada casuística a la que debe enfrentarse. Y que se forme debidamente, porque este caso está meridianamente claro en el RDL 16/2012, como de atención gratuita, e, incluso en caso de duda, el SCS garantiza en su Orden 38/2015 la asistencia gratuita a todas las personas que no tengan ningún tipo de aseguramiento.

Caso 132 Joven marroquí 28 años (AV, jul-2018)

Chico marroquí que lleva en España desde los 14 años que entró como menor extranjero no acompañado. En la actualidad tenia concedido el permiso de residencia de larga duración (tarjeta para los que llevan más de 5 años residiendo legalmente). Hace un año al ir a renovar el permiso de residencia y debido a que le constaba un antecedente penal le incoan un expediente de expulsión y de extinción del permiso de residencia por tener antecedentes penales. Esto se recurre tanto en vía administrativa como en el Juzgado y se consigue que el Juez de lo contencioso administrativo (el que tiene que resolver sobre si la orden de expulsión y la extinción del permiso de residencia está bien o mal hecho), dicte un Auto en el que se acuerda la concesión de una medida cautelar de suspensión de la resolución de expulsión y extinción del permiso mientras dure todo el procedimiento judicial, es decir, desde que se dicta el auto el chico tiene un documento emitido por la oficina de extranjeros en el que dice que debido al dictado por el juzgado de lo contencioso administrativo de medida cautelar no puede ser expulsado y puede residir y trabajar en España. Este chico teniendo la tarjeta sanitaria caducada y a pesar de a pesar de poseer este documento tiene siempre problemas para pedir cita en el Centro de Salud Isabel II. Acudimos al Centro de Salud a fin de subsanar esta situación y a fin de explicar, que en virtud de la Orden SAN 38/2015 debe ser atendido y no tiene porque tener problemas en las citaciones puesto que ha ido trampeando, enseñando el carnet de conducir en vigor pidiendo la cita por teléfono para poder acudir al CS. Solicitamos en el mostrador que por favor se tengan en cuenta que la gente va a acudir con diferentes situaciones o documentos que no son la tarjeta sanitaria y que la orden esta en vigor y es de obligado cumplimiento. Parece ser que la última vez que acudió al centro de salud y mostró el documento al que nos hemos  referido la persona que le atendió le tramitó la solicitud de la tarjeta sanitaria por lo que en las próximas fechas le llegara a su domicilio pero sin embargo en otras ocasiones no ha podido solicitar la cita porque no tiene tarjeta sanitaria o porque “ese papel no servía” Insistimos en que el cumplimento de la orden debe ser efectivo en los mostradores porque son las personas que recepcionan y nos damos cuenta de que siguen existiendo muchas barreras para poder acceder En ese mismo centro había el cartel que acompañamos “POR SU SEGURIDAD, PARA CUALQUIER TRAMITE O RECOGIDA DE DOCUMENTACION ES NECESARIO IDENTIFICARSE CON DNI O PASAPORTE Y LA TARJETA SANITARIA” entendemos que es una disuasión en toda regla el que haya ese cartel (para cualquier trámite) en cada puesto del mostrador y en la orden no dice nada de eso (muchas personas inmigrantes no tienen pasaporte se les retira por la Policía de extranjeros cuando se les detecta y se les impone una orden de expulsión, no tienen tarjeta sanitaria, ni evidentemente DNI, por lo que el cartel si soy inmigrante solo invita a darme la media vuelta y volver a mi casa, no tengo derecho a la asistencia sanitaria). Preguntamos en el mostrador sobre el mismo y nos dicen que lo ha enviado la gerencia y que les ha obligado a ponerlo por tema de protección de datos, ellos solo cumplen órdenes por lo que si queremos quejarnos del mismo debamos hacerlo en la gerencia, evidentemente lo haremos.

Caso 131, mujer de Guinea Ecuatorial (MG, jun- 2018)

Acude a nosotras por fuertes dolores de vientre. Ha asistido cinco veces a urgencias (muestra Informe de Urgencias) sin observarse patología. No obstante la última vez, en la analítica realizada, detectan datos relevantes por lo que deciden enviarla a la consulta de Enfermedades Infecciosas para completar el estudio. El mismo informe recoge que le avisarán telefónicamente para indicarle fecha de la consulta. Acudimos al CS Vargas en el que tres días antes había entregado la documentación necesaria para acogerse a la Orden Santander /38/2015. Nos indican que, al estar ya iniciado el procedimiento, esperemos a recibir del SCS la aceptación a ser incluida en dicha Orden. En el SCS nos indican que ya está incluida en la Base de datos Cívitas y que en un plazo no superior a dos meses le será notificada la aceptación en el sistema. A la 7ª vez que acude a urgencias por los fuertes dolores abdominales es ingresada. Se le pone tratamiento por una parasitación. Ayer fue dada de alta para ser seguida en su Centro de salud, si hay algún problema llamara.

Caso 130, joven dominicana (jun-2018, FG)

Joven dominicana que vive en Torrelavega desde hace casi tres años y que, al solicitar acogerse a la Orden 38/2015, le han pedido una mejor identificación ya que en su pasaporte no consta visado de entrada. Está empadronada en Torrelavega desde hace dos años y medio. Nos acercamos con ella al Servicio de Tarjeta Sanitaria, ante el que ella declara que entró en España/UE de manera irregular y que no guarda ningún documento de viaje de entonces. Dado que su pasaporte caduca el año próximo, se le va a admitir su solicitud pero con una validez hasta esa fecha de caducidad en vez de los dos años que marca la Orden. No obstante, ella confía en obtener permiso de residencia por arraigo en unos meses.

Caso 128,  joven brasileña (FG may-2018)

El pasado 27 de abril la acompañamos al servicio de TS porque se le había denegado su solicitud de acogerse al la Orden 38/2015. La denegación se debía a que había pasado unas horas en el aeropuerto de Lisboa en su retorno, el pasado diciembre, de Brasil, donde había pasado 3 meses. Llevamos un escrito de contestación y copias de billetes en los que se muestra que pasó a España el mismo día de entrada en Lisboa. Parece que se solucionará todo bien… El 4-junio nos confirma que recibió la estimación a su solicitud el pasado 25 de mayo.

Caso 127, Mujer venezolana (MG, mar-2018)

Llama a nuestro teléfono. Previamente ha contactado con Cantabria Acoge y la Cocina Económica. Manifiesta dolor en una mama. Como no lleva tres meses en España, no dispone de empadronamiento para acogerse a la Orden Santander 38/2015. Contactamos con tarjeta sanitaria para ver si podrían darle la tarjeta sin este requisito. La respuesta es que acuda al Centro de Salud que le corresponde por residencia y que la atiendan como privado. En caso de necesitar una intervención le darían la tarjeta sin este requisito. Así lo hacemos. En el CS de Vargas la ve un facultativo y solicita le hagan una mamografía en Valdecilla. Además de mamografía le hacen ecografía. Con posterioridad prescriben biopsia. Le dan cita en la consulta correspondiente de Valdecilla Sur y le comunican que los resultados son negativos y que le enviarán el Informe a su médico del CS. Dentro de un año tiene que acudir otra vez a consulta. Ha presentado los papeles correspondientes en el SCS para solicitar la tarjeta sanitaria según Orden San 38/2015. Está a la espera de respuesta. Queremos señalar que nosotras la acompañamos el primer día al CS Vargas. Una vez solicitada la mamografía ella ha sido citada telefónicamente para las siguientes citas y ha acudido autónomamente acompañada de familiares o amigas. Nosotras hemos seguido el proceso mediante llamada telefónica con ella.

Caso 126, joven camerunés (feb-2018)

Padece fiebre y desde una ONG local se llama al CS que le corresponde por domicilio (CS calle Vargas) para preguntar cómo se le puede atender, ya que no tiene permiso de residencia, a lo que se contesta que allí no se le puede atender, que vaya a Urgencias de Valdecilla.(No ha habido acompañamiento de la Plataforma)

 Caso 125, menor de Colombia (FG, ene-2018)

Menor colombiana, de 14 años, que llegó a España junto a su madre, hace unos 7 meses y residen ambas en Santander en un piso alquilado por otra hermana mayor, que ya tiene otros dos hijos, de 7 y 4. Esta hija adulta lleva en Cantabria un año y medio, y está empadronada en casa de la persona que la emplea, pero el resto de la familia está sin empadronar porque el dueño de la vivienda en la que viven se opone a ello. Desde su infancia, esta menor padece una enfermedad seria en sus dos ojos y la ha estado viendo la pediatra del CS que le corresponde por domicilio a su hermana adulta. Esta pediatra desea que se la vea en Oftalmología, pero hasta ahora no ha sido posible, aparentemente por la situación irregular de la menor. A instancias de la trabajadora social del CS presentaron a comienzos de enero una solicitud para acogerse a la Orden SAN 38/2015 (que no es de aplicación a menores) en la que la falta de empadronamiento se suplía con una certificación de la escolarización en el colegio al que asiste. A mediados de enero la trabajadora social les dijo que sería imprescindible el empadronamiento. Y, por alguna razón, esa solicitud estaba sin procesar en las oficinas de TS. El 1 de febrero se acompaña a la madre a las oficinas de TS, se recupera la solicitud mencionada y, a la vista de pasaportes y resto de documentación, se da entrada a la menor en el sistema y se emite un documento de asistencia sanitaria que es válido en todo el territorio nacional. La madre solicitará ya cita con la pediatra para seguir la vía a la especialidad. Por otro lado, respecto a la situación de la madre, y de la otra hija adulta y sus dos hijas menores, se les ha facilitado impresos para que las dos mujeres adultas soliciten acogerse a la Orden SAN 38/2015 y se les ha pedido que aporten la documentación pertinente para asegurar la asistencia sanitaria a los otros dos menores. Ante la imposibilidad del empadronamiento para la madre, que sigue sin poderse empadronar, su solicitud deberá ir acompañada de copia del contrato de alquiler donde conste la dirección postal real. La hija adulta lleva más tiempo en Cantabria, y cuando se le acabó el seguro privado, se le dijo que se acercara a las oficinas del INSS donde le dijeron que no había forma de darle asistencia sanitaria, ignorando la existencia de las Orden SAN 38/2015. El 8 de febrero se acompaña a la madre de los dos niños, sobrinos de esta menor, a TS para inscribirlos. Se hace sobre la marcha, con un documento del Banco de Santander donde consta su domicilio real, y quedan registrados en el CS que les corresponde por su domicilio real. Asimismo, se modifica el registro de la menor con la que se inicia este caso para que también se le asista en este CS. El 20 de febrero, la madre de esta menor nos informa que va a entregar su solicitud propia y la de su hija adulta, madre de los otros dos menores, para acogerse a la Orden SAN 38/2015.

Caso 124, mujer de Costa Rica (EC, nov-2017)

En España desde hace unas semanas. Embarazada de 20 semanas, ecografía normal a las 12 semanas (en su país). Cuando se acerca a su CS (G. Dávila) para continuar el seguimiento del embarazo, le tramitan una solicitud para acogerse a la Orden SAN 38/2015, que es en seguida denegada por Tarjeta Sanitaria por no cumplir los tres meses de empadronamiento. Y en el CS le niegan el seguimiento que implicaría una nueva ecografía a las 20 semanas. Acude por su cuenta a una consulta privada, 100 €, donde les indican que se trata de un embarazo muy problemático. El médico privado es quien les dice que deben ir a urgencias/Valdecilla. Ahora ya la están siguiendo en Valdecilla. Sorprende que la atención debida a esta mujer, perfectamente definida en el RD 16/2012, no esté bien recogida en los protocolos de atención a los usuarios en los CCSS.

Caso 123, joven mejicana  (diciembre 2017 FG)

Lleva un año viviendo en Santander y empadronada desde entonces. En este periodo de tiempo ha tenido que ir en dos ocasiones a Urgencias de Valdecilla, por causas que desconocemos, y en ningún caso le han informado de la existencia de la Orden SAN 38/2015. Cuando le hemos hablado de su derecho a acogerse a dicha Orden, el 16 de nov. ha ido al CS que le corresponde por domicilio, Gral. Dávila, a pedir el formulario, y le han dicho que no tiene nada que hacer si no está en la seguridad social, que tendrá que ir a médicos privados. Cuando ha mencionado la existencia de la Orden, la administrativa, le ha seguido denegando el formulario pero le ha ofrecido una cita con el trabajador social, que no iba a estar en el CS hasta el día siguiente. Ha desistido y le hemos pedido un formulario en el CS de c/Vargas. Cuando al día siguiente, 17, ha ido a entregar su solicitud le han insistido, varias personas del mostrador en que le iban a cobrar toda la asistencia que recibiera, y que allí no podían dar entrada a su solicitud. Ella ha insistido y al final, después de que los administrativos consultaran por teléfono, se la han admitido. Cuando ella le ha preguntado a uno de los administrativos acerca del contenido del cartel en varios idiomas que tienen a la puerta, al final le ha confesado que no lo conocía (la Orden SAN 38/2015). En la puerta del CS de G. Dávila tienen el cartel de la Orden, pero escasamente visible, ya que queda medio oculto cuando la puerta principal está abierta permanentemente.

Caso 122, hombre polaco (septiembre 2017 KF)

Recibida una llamada en el teléfono de la Plataforma, desde la Unidad de Trabajo Social del Hospital Valdecilla. Un hombre polaco, transeúnte (lleva un mes en Cantabria y no está empadronado), ha estado ingresado en el hospital por una urgencia y ahora se encuentra acogido en el albergue Princesa Leticia. Tiene que volver a revisión al hospital y mientras se le remitió al Centro de salud Castilla-Hermida para las curas. En el Centro de Salud le dicen que no le podían atender al no tener tarjeta. Desde Trabajo Social de Valdecilla, se han puesto en contacto con la trabajadora social del Centro de Salud y con tarjeta sanitaria, donde les han informado de los pasos a seguir para ver si tiene cobertura sanitaria en Polonia y en el caso probable de que no tenga, los trámites a seguir para que se le dé la asistencia sanitaria. Preferimos ir personalmente a la Unidad de Trabajo Social y hablar con la trabajadora social que lo llevaba y con la responsable de Trabajo Social en el hospital Valdecilla. Además se les proporciona un par de carteles de los que hicimos, donde se informa en varios idiomas de la obligación de atender (tengan tarjeta o no) a toda persona que acuda al CS. Lo desconocían tanto ellas, como la Trabajadora Social de Castilla-Hermida. Se comenta que según la orden de la consejería, que han recibido en todos los CSs, tendrían que atenderle y si luego tienen que cobrar a Polonia o a quien sea, será otro asunto. Pero que además en este caso, si ha sido tratado de urgencias, las curas formarán parte del tratamiento de urgencias y por tanto el Centro de Salud, con el informe del hospital, tendría que atenderle necesariamente.

Que lo lógico era que le pudieran obligar, desde el hospital, a atenderle. Sin necesidad de que vayamos a acompañarle alguien de la Plataforma. Ya se habían puesto en contacto con la jefa de enfermería para que hablara con el Centro de Salud y esperaban conseguirlo y más con los carteles que les había llevado. De los que han hecho copias e iban a remitir a la trabajadora social de Castilla-Hermida y a otras trabajadoras sociales. Estaban también preocupadas por la medicación que necesita, que es muy específica. Ha llevado del hospital, pero se le acabará pronto. Y aunque conocen los recursos de Cáritas, Cantabria Acoge y a veces farmacias que les ayudaban, decían que querían intentar solucionarlo sin que sea por beneficencia. Hemos quedado en que nos informarán de cómo va el asunto y que si es necesario que le acompañe alguien, nos llamarán.

Caso 121, mujer cubana con un hijo (CR, junio de 2017)

Señora cubana con un hijo de corta edad. Llegan a España en enero 2017 por reagrupamiento familiar, reclamada por el marido de su madre español. Viven con ellos.

Trabaja por el momento en precario pero con compromiso de hacerle un contrato temporal. En estas condiciones acude al CS Vargas y solicita la tarjeta sanitaria para ella y el niño. Se la deniegan diciéndole que vuelva cuando tenga el contrato de trabajo. Contacta con la Plataforma. Se le informa de sus derechos insistiendo que tiene derecho a la tarjeta independientemente de que tenga o no trabajo o contrato. Se ofrecen a acompañarla para volver a hacer la gestión. La señora prefiere esperar el contrato  y propone posponer el acompañamiento a la semana siguiente. La persona de contacto de la Plataforma está ausente tres días y a la vuelta retoma el contacto. La señora le comunica que la empresa le hizo el contrato prometido y le dio media jornada libre para arreglar sus papeles. Se dirigió sola al CS  Vargas donde fue atendida por otra persona. La atención fue muy buena, gestionó las dos tarjetas, sin mirar siquiera el contrato diciéndole que no era necesario. La interesada se quejó de haber tenido que perder media jornada sin necesidad. La empleada del CS  pidió disculpas y explicó que la funcionaria de la primera vez no estaba al corriente de la nueva normativa.

Caso 120, dos menores hijas de cubana (may-2017, FG)

Tanto esta mujer como su hija pequeña tienen tarjeta sanitaria. Sin embargo, con las dos mayores ha habido unos “pequeños” problemas que hasta ahora no había conseguido resolver en su CS, el de Castilla/La Hermida. La madre dice que lleva casi un año con este asunto, que los administrativos le han dicho que no las podían ver en su CS, que les cobrarían las vacunas o que fueran a un médico particular. Sin embargo, con mi presencia se han puesto a rascar en los ordenadores y han hablado con TS y la conclusión: la niña mayor ha tenido TS, pero está caducada. Y no le ha llegado la nueva a su domicilio por que era erróneo el domicilio que consta en el SCS. Tendrá que aportar un certificado de empadronamiento para corregirlo. Pero, en principio, nunca debiera haber habido ningún problema para atenderla. La segunda hija, al igual que su hermana mayor, también está asegurada, ambas como beneficiarias de la TS de su padre biológico. Sin embargo, éste, con mala relación con la madre, las tiene como domiciliadas en Torrelavega (esto la madre lo ha descubierto hoy…). Además, al parecer, había también otro error en su primer nombre. Para dar asistencia también a esta hija, los administrativos le han preparado un documento que hace las funciones de TS, a la espera de que se solucione otro problema más serio que tienen ambas niñas, pero que no debiera afectar a su asistencia sanitaria: ambas carecen de pasaporte. Nacieron en San Sebastián y su padre debió inscribirlas en el registro como hijas de portugués, pero el hecho es que no tienen ni pasaporte ni otro documento de identificación, aunque la madre tiene libro de familia y tiene en manos de una abogada la reclamación al padre biológico de las dos mayores para que se tramite su pasaporte ante el consulado portugués. Resulta difícil de entender que haya habido problemas, disuasiones o dificultad alguna para, en todo momento, haber estado dando asistencia sanitaria a estas dos niñas que, además de corresponderle ese derecho sin restricción como menores, han sido siempre beneficiarias de una TS en vigor.

Caso 119 Menor de 16 años. Chilena (abril 2017 MSP)

A la madre la reagrupa una hermana casada aquí con español, y ya tiene contrato de trabajo y cartilla sanitaria normal. En el INSS no incluyen a la menor en la cartilla de la madre porque no tiene permiso de residencia. En tarjeta sanitaria le piden el certificado de Fonasa (aseguradora pública de Chile), lo presenta pero al estar incluida en ese seguro, le dicen que no, que tiene que presentar un certificado diciendo no tiene derecho a seguro público. Le corresponde el Centro de Salud "Vargas".

Caso 118, camerunés adulto (febrero 2017 CR)

Acude a urgencias en domingo por emergencia gastrointestinal. Se le atiende correctamente y se le remite a su CS de referencia para seguimiento y medicación. En el CS, al que viene acudiendo sin problema desde mayo de 2015, rehúsan atenderle por carecer de Tarjeta Sanitaria. Le entregan una nota manuscrita con indicación de la documentación requerida y la dirección del SCS donde tiene que presentarla para solicitar dicha tarjeta. Esta persona no se atreve a hacer la gestión sólo y acude a la Plataforma. Se le acompaña y se completa la documentación y entrega la solicitud en el SCS Tarjeta Sanitaria. Allí le comunican que en el plazo de cuatro días habrán  remitido sus datos a su CS  y ya puede ser atendido y en el de dos/tres meses recibirá la notificación en su domicilio.

Caso 117, niño rumano de 4 años (enero 2017 MSP)

Niño Rumano de 4 años, madre con contrato de trabajo y por lo tanto con tarjeta sanitaria. El INSS no le permite ponerle en su tarjeta porque tiene que darle de baja en Rumania ( esto es refrendado por Tarjeta Sanitaria). La madre llama al sitio que le corresponde en Rumania y le dicen no pueden darle de baja hasta que no sepan que tiene aquí asignado un pediatra. Está tratando de conseguir la Tarjeta Europea porque el abuelo está allí, pero aunque la consiga dentro de 6 meses estamos igual.

El niño ha estado casi toda su vida viviendo en España y en Castilla la Mancha (de donde vino a Santander hace 5-6 meses) tuvo cobertura sanitaria.

Nadie ha informado a la madre de que podía llevar a su hijo al Centro de Salud si lo necesitaba y la madre le ha estado tratando las pequeñas cosas que ha tenido, mientras la burocracia se enquista. 

Caso 116, niñas rumanas (enero 2017 MSP)

Llaman de un IES de Castro porque tienen dos hermanas Rumanas que han estado enfermas y hablando con la madre les cuenta que no las llevó a urgencias porque otras compatriotas les ha dicho que les pasaron factura.

Les indicamos lo que tienen que hacer y una profesora acompañará a la madre al Centro de Salud que les corresponde por empadronamiento para hacer los trámites.

Caso 115, Mujer senegalesa (enero 2017 KF)

Se trata de una joven senegalesa que reside en la actualidad en Entrambasaguas, lleva aproximadamente 1 año en España, aunque con anterioridad estuvo 2 años en Italia. Había solicitado ya el año pasado la tarjeta, pero le cerraron el expediente por pasársele el plazo de presentación de la documentación completa del pasaporte que le habían requerido. Tiene algo de dificultad todavía con el idioma, pero a través de otro senegalés que tiene la residencia en España ya, es fácil la comunicación. Se le acompaña al Centro de Salud Solares, del que depende el de Entrambasaguas y en el mostrador le dan cita directamente con la Trabajadora Social para el día siguiente. 24/01/2017. Se acude con ella a la cita con la TS, donde entrega la documentación: impreso cumplimentado, inscripción en el padrón y copias de todas las páginas del pasaporte. Le notificarán por escrito al domicilio, pero le aconseja la TS que a los 15 días pregunte en el CS porque a veces se incluyen en el sistema antes de que llegue la notificación al domicilio. Recibió el documento de asistencia sanitaria el 3 de abril. 19/11/2019. Hace unos días contactó de nuevo con la Plataforma, debido a una carta recibida denegándole la asistencia sanitaria por la vía con la que la había tenido hasta ahora. Examinada la documentación se comprobó que está dada de alta en la Seguridad Social, con nº de afiliación y por tanto tendría derecho a la asistencia, pero no por la vía de “sin papeles”. Ya tiene DNI de residente y está trabajando, pero no tiene ninguna tarjeta de asistencia sanitaria. Se le acompaña al Centro de Salud Cudeyo (Solares) para una cita con la Trabajadora Social, quien comprueba que efectivamente está incluida ya en el sistema  y  tiene derecho a la asistencia sanitaria. Nos explica también que al quedarle sólo unos meses para renovar el permiso de residencia, no le emiten la tarjeta sanitaria, pero le vale con presentar  el  DNI de residente para que le den cita. Cuando lo renueve en marzo se solicitará la tarjeta sanitaria. 

Caso 114, chico senegalés (enero 2017 FG)

Vino de Italia hace unos 2 o 3 meses, no habla español, no tiene pasaporte ni está empadronado, dispone de una tarjeta sanitaria europea emitida en Italia y caducada. Nos entendemos con un intérprete de su país. Padece un problema dermatológico por lo que le acompañamos al CS La Marina, de la calle Castilla. Al no tener tarjeta ni identificación nos dicen que no pueden atenderle porque el sistema (informático) no lo permite. Que vayamos a Urgencias de Valdecilla. Insistimos para que busquen una solución pero no están por la labor. Llamo a Tarjeta Sanitaria (MT) quien me dice que tienen que atenderle, pero que no pueden dar una respuesta normativa para estos casos, que deben ser ONGs como Cantabria Acoge u otras las que deben ayudarles a solventar su situación… Sin comentarios. Al final nos dan cita, creo que como “privado” y “a facturar”, pero no nos dan ningún Parte a firmar. Le ve una doctora muy correcta que le receta dos medicamentos (en receta normal) y le da un buen pronóstico. Al parecer, ya tiene asignado un médico de familia por si tienen que volver.

Caso 113, mujer senegalesa (enero 2017 CR)

Ambas con pasaporte  expedido en el Consulado General de Madrid en 2015. Nacida en 1975, con hija de 5 años nacida en España. Empadronadas en Santander. La niña tiene tarjeta sanitaria. Su madre ha presentado solicitud. La señora X que es analfabeta ha recibido requerimiento del SCS con fecha 7/10/2016 reclamando copia de todas las páginas del pasaporte. El 14/ 10 se le acompaña  para presentar  la copia requerida.

28/10. Nuevo requerimiento del CSC para que acredite lugar  de expedición del Pasaporte. Plazo 10 días.

La señora xX no atiende el requerimiento, porque no se entera, y no lo comunica a la Plataforma.

14/12  Por correo certificado el SCS comunica que la solicitud ha sido desestimada y el expediente archivado. Automáticamente queda excluída del sistema sanitario. Posibilidad de recurso en el plazo de un mes.

La señora X lleva meses sometida a tratamiento de Sintrón que exige un seguimiento continuo.

Se localiza la Embajada del Senegal  y se solicita urgentemente el certificado exigido explicando la situación.

27/12 .Visita al CS Los Castros: La doctora que trataba a  la interesada ya no está en ese centro. Su sustituta no la conoce y no puede acceder a su historial porque porque lo han retirado del sistema. Consigue localizar la cita para el control del Sintrón prevista para el 4 de enero en el CS Los Castros. Entrega una copia pero insiste en que se debe ir a Urgencias de Valdecilla porque en Los Castros no le darán cita para la extracción.

4/ 1. Se acompaña a Urgencias de Valdecilla donde hacen la extracción pero remiten a la paciente a Los Castros para el análisis y tratamiento.

5/1 En Los Castros se niegan a atender. Se llama a Tarjeta Sanitaria  que llama inmediatamente y da instrucciones para que se le asigne médico y se le atienda. Su nueva médica de cabecera le da cita para el 17 de enero.

Se comunica a Tarjeta Sanitaria que se está a la espera del certificado solicitado al Consulado General del Senegal. Indica que con ese certificado y el resto de la documentación se presente una nueva solicitud  porque es más rápido que el recurso. Mientras tanto la protección sanitaria de la señora X está garantizada.

13/ 1: Se presenta la solicitud de Tarjeta Sanitaria  en el SCS.

Caso 112, joven ruso (junio 2016)

Acompañamos al CS El Astillero a un hombre ruso de 33 años, al que han visto 2 veces en urgencias del mismo CS a causa de las molestias en el hombro. La primera vez le pusieron calmantes y le dijeron que podría hacerse crónico. La segunda (el pasado sábado 28 de mayo) le atendió otro médico y le dijo que si volvía de nuevo le tendrían que cobrar; aún así le puso que le siguiera el médico de cabecera. Lleva empadronado en El Astillero desde hace casi 10 años, pero hace año y medio perdió la tarjeta sanitaria y ahora está tramitando la residencia por arraigo. No le han informado en ninguna ocasión de la posibilidad de acogerse a la orden de agosto de 2015 para tener asistencia sanitaria. Hoy nos hemos mantenido en un segundo plano y finalmente no hemos tenido que intervenir porque, al acudir sólo al mostrador, la chica que le ha tocado le ha dado la cita con el papel que llevaba de urgencias. Hemos esperado por si había algún problema con su antigua médica de cabecera. Pero no ha habido ningún problema, le ha atendido, le ha prescrito medicación, le ha pasado con la enfermera para que le pusiera una inyección y le ha hecho una derivación al fisio del mismo CS. Si tiene algún problema nos volverá a llamar, pero él calcula que en mes o mes y medio tenga ya arreglados todos los papeles de la residencia.

Caso 111, chico senegalés (mayo 2016)

Acompañamos a un chico senegalés al Centro de Salud La Marina, en la calle Castilla. Llevábamos la solicitud cumplimentada, el empadronamiento con fecha 22 de febrero y la primera página del pasaporte fotocopiada. El chico llevaba su pasaporte. La persona que nos atiende nos dice que haca falta las fotocopias de todas las páginas. Salimos, buscamos un lugar para hacerlas y volvemos al mostrador. Nos atiende una persona distinta y nos dice que el empadronamiento no es válido porque tiene fecha de 22 de febrero. Lleva más de tres meses empadronado. Entonces nos dice que hace falta 6 meses de empadronamiento. La compañera que está al lado lo ratifica. Respondemos que eso era antes, con el anterior Programa, que desde el 7 de agosto, con la nueva Orden, son 3 meses. Coge el pasaporte mira página por página y finalmente dice que lo tramitará. Si el solicitante de inclusión en el sistema sanitario público de Cantabria va solo al mostrador sale sin lograrlo.

Caso 110 chico saharaui (mayo 2016)

Vive en Astillero desde hace mes y medio que vino de Francia. Padece desde hace tiempo dolores de estómago, vómitos, reflujo gástrico,… El 16 de abril acude a Urgencias de Valdecilla donde, después de una exploración correcta, le dan el alta y le piden seguimiento por su médico de familia. Semanas después, tras varios días con vómitos, acude al CS de Astillero donde le dicen que no le pueden atender al carecer de tarjeta sanitaria. Que tendrá que esperar hasta tener los 3 meses de empadronamiento. Y le dan cita para el día siguiente con la trabajadora social. Le acompañamos a esta cita y, desgraciadamente, la mencionada trabajadora, que no es la titular si no que está haciendo una sustitución, nos dice que no hay manera, que tiene que esperar a tener la tarjeta sanitaria. Le explico que la Orden de la Consejería de agosto de 2015 en su art. 2.2 establece la prioridad de la asistencia (le muestro el texto de la Orden), ante lo que responde que sí, que se le puede ver de urgencia, pero que se le facturará. Le manifiesto que no es necesario que se trate de urgencia, sólo de que no admita demora, y que esto último sólo puede establecerlo un médico, y que no hay norma alguna que diga que se le va a facturar, que, en todo caso, se haría si dispusiera de recursos económicos suficientes (que para otros casos, la norma española fija en ingresos superiores a 100.000 €/año). Le hago ver lo disuasorio de la amenaza de facturación. Después de hablar con tarjeta sanitaria nos envía al mostrador para que nos den cita. Le ve una médica de familia quien después de leer el parte de urgencias y de explorarle de nuevo, no ve motivo de preocupación, indicándole que mantenga el uso de Omeprazol y que tome un jarabe antes de las comidas. Y que vuelva si no mejora en un par de semanas.

Caso 109, menor colombiano (marzo-2016)

Se trata de un bebé colombiano de 6 meses de edad. Su madre vivió en Cantabria durante varios años pero retornó a cuidar a su madre. Volvió a España con si hijo recién nacido hace ahora mes y medio. El bebé entró como turista con un seguro privado de 15 días. Cuando la madre se ha acercado al CS de su zona porque el bebé necesitaba una vacuna, le han dicho que tiene que esperar a los tres meses de empadronamiento antes de solicitar tarjeta sanitaria. Y la han dirigido al INSS para arreglarlo. Del INSS la mandaron a “¿Ley del Menor?” junto a la Residencia Cantabria… Hoy 30 de marzo la hemos acompañado de nuevo al CS, nos ha atendido otra administrativa que rápidamente ha consultado la chuleta pertinente sobre la Orden SAN38/2015 y le ha indicado los documentos necesarios para solicitar su inclusión en el Sistema Público de Cantabria. Insistimos a la administrativa que lo que queremos es que vacunen al bebé ya, y le recordamos el párrafo de la Orden que dice: “Artículo 2.- Principios de actuación… 2. Cuando la asistencia sanitaria no admita demora, habrá de ser dispensada siempre con prioridad a la comprobación de los requisitos necesarios para tramitar la solicitud a que se refiere la presente Orden”. A lo que responde que “Ah, bueno, pero será como turista y lo tendrá que pagar”, y le da una cita con la pediatra para mañana día 31. (Y no sabe si la doctora emitirá o no un parte de asistencia y/o facturación). Al día siguiente, todo ha ido bien con la pediatra, y le han dado cita para vacunar al bebé el lunes 4 de abril. No se emitió parte de asistencia y/o facturación. Terminado el trámite preguntamos a la administrativa cómo podemos hacer para que se respete el mencionando punto del art. 2, es decir, para que, en todo caso, se oferte la asistencia sanitaria que el paciente o sus familiares deseen obtener ya. No nos ha sabido responder. Y tampoco cuando le hemos dicho que el hablar a la ligera de facturación es disuasorio. La insistimos en que si fuera necesario mencionar el parte, debería añadirse que sólo dará lugar a facturación si no existiera ninguna cobertura o seguro privado y el paciente tuviera recursos económicos suficientes.

 Caso 108 hombre chileno de 81 años (febrero de 2016)

Lleva 10 años aquí y desde hace 4 no puede viajar a su país. Tuvo tarjeta sanitaria hasta el 2012, desde entonces ha presentado 5 veces papeles en la Consejería, incluido en alguna ocasión informe de la trabajadora social del centro, pero siempre le pedían algo. La última vez parece que eran fotocopias del Pasaporte, que no encontraba, al final lo encontró caducado y maltrecho (dice que lo tiene que llevar). Este señor vive en un cuarto alquilado en piso compartido, está solo y me llama una mujer que dice ser su amiga y que se preocupa lo que puede por él.

Caso 107 chico camerunés (noviembre de 2015)

Caso derivado desde una Parroquia porque un chico joven Camerunes les pedia el tratamiento que para la tuberculosis le habían recetado en Valdecilla (de ahí le mandaban a su médico de cabecera). Hablamos con la médico que pasa un dia a la semana por el consultorio de Cáritas de Sta Lucia y le estuvieron dando el tratamiento. Esa médico quedo en hablar con Salud Publica (era el tiempo que estaban nombrando las Direcciones Generales). De todas maneras no era medicamento de dispensación hospitalaria y que de momento no está solucionado.

Caso 106 chico marroquí de 24 años (diciembre de 2015)

Ingresado en Parayas desde enero y desde hace unos 20 días en Padre Menni. Se esta gestionando a través de una mediadora marroquí (la subvención a Diagrama para mediadores Sanitarios es de 2 meses y acaba a finales de diciembre), que seguirá como voluntaria.

Caso 105 Mujer colombiana de 62 años (diciembre de 2015)

Hace 14 meses la trae su hija, ya nacionalizada española, como familiar de comunitaria. Paga el Seguro privado que le piden para un año (la residencia se la conceden para 5 años), y ahora al dirigirse al C. de S. Nueva Montaña, llaman a tarjeta sanitaria y le dicen que si se acoge a la orden autonómica, por cruzamiento de datos, le quitan la residencia. La hija en estos momentos está con un trabajo precario y no puede afrontar el gasto.

Caso 103 y 104 Mujeres rumanas (diciembre de 2015)

Dos madres Rumanas con niños que atienden en el Centro de Salud Dávila les han dicho que tendrán que pagar porque no presentan la tarjeta Europea o el papel de baja del derecho a sanidad en Rumanía. Este no lo pueden obtener desde aquí (lo están intentando) y allí no tienen familia que pueda pedirlo directamente. Piden tiempo para traerlo cuando les sea posible viajar. La respuesta del personal del Centro es peligrosa para los niños por ser disuasoria de acudir.

Caso 102 Mujer colombiana (julio de 2015)

Mujer mayor, que ya vivió en el España hace 6 años, que ha vuelto con visado turista a visitar a su hija española, con, lo que parece, un problema dermatológico desde hace 4 semanas en su brazo derecho que ya tenía cuando salió de Colombia,  con dolores agudos en dedos y mano, que no responde a corticoides.

Por medio de su seguro privado, una dermatóloga le encarga analítica de sangre y de una biopsia, pero a pagar por la paciente (unos 250 €) ya que el seguro, aparentemente, no le cubre los procesos originados antes del viaje. Dada la falta de recursos económicos suficientes acuden a la Plataforma, y dado el caso, se les recomienda por teléfono acudir a Urgencias de Valdecilla. Allí el médico que la ve se “lava las manos” y les dice que es un asunto a tratar con la compañía del seguro privado.

Por ello, les acompañamos de nuevo a Urgencias al día siguiente, viernes, donde después de superar las reticencias de la responsable del cribado inicial, nos pasan con una doctora que, casualmente, es la misma que la vio en Mompia hace unos 10 días. Esta le da un parte de interconsultas para dermatología (no existe esta especialidad en urgencias) con el que nos presentamos el lunes a primera hora en consultas externas de dermatología, donde nos dicen que como el parte no está marcado como urgente (dice “a seguir por su médico de familia”) sólo nos pueden dar cita normal para enero. Aunque insistimos en la posible urgencia del caso, la enfermera dice que no puede saltarse la norma.

Consultada la responsable de Tarjeta Sanitaria, nos dice que la decisión de la enfermera es correcta, y que pidamos consulta de primaria en su centro, Castilla-La Hermida, para que confirme o no la urgencia. En este CS se tramita la consulta, como privado (con el inoportuno comentario de un administrativo de que “lo tendrá que pagar”) con el mismo médico de familia de su hija para el día siguiente. Desgraciadamente, este médico le anticipa a la hija que tendrán que pagar primero, y que, en todo caso, él no la podrá derivar a especialidades, por lo que la hija cancela la consulta prevista y se pone acuerdo con otros familiares para pagar la analítica y la consulta privada. Les recordamos que, cuando ya dispongan de los resultados, les podemos acompañar de nuevo a obtener asistencia gratuita en el SCS.

Notas: seguramente, ha sido ese lunes, 31 de julio, el día que se ha difundido la nueva instrucción de la Consejería, cuya lectura y cumplimiento hubiera, en principio, evitado las respuestas disuasorias de los dos médicos mencionados.

Caso 101. Joven camerunés (junio 2015)

Nacido aproximadamente en 1982. Llegado en patera en noviembre de 2014, recogido por la Guardia Civil en la costa de Almería y trasladado al centro de acogida de la Cruz Roja de Baena en Córdoba. No dispone de ningún documento de identidad, solamente de un certificado de este centro de acogida. El centro se ocupó de solicitar un pasaporte a la embajada de Camerún en Madrid y por el momento está en espera de recibir dicho pasaporte. Está alojado en casa de un compatriota. Pero no está empadronado por carecer de pasaporte. Su primer contacto en Santander fue con Cantabria Acoge donde asiste a clases de español. Se queja de dolor en la espalda y de opresión en el corazón con latidos fuertes. También de molestias de estómago. Desde que llegó al Centro de la Cruz Roja de Baena está tomando antiinflamatorios. También en Cantabria Acoge se los han dado. Nunca le ha visto ningún médico. Acompañamiento: El 13 de mayo le acompañamos al Centro de Salud de Isabel II. Trato excelente en recepción. Le registran en el ordenador con el papel que le dieron en Cruz Roja. Cita para el día siguiente. Visitamos al Trabajador Social. Parece poco informado de estos temas, pero pasa a tratarlo con el personal administrativo. Dispuesto a presentar la solicitud de tarjeta sanitaria en cuanto tenga el pasaporte y el certificado de empadronamiento. Consulta: Trato excelente,  auscultación. Volante para análisis de sangre y orina. Receta para protector estomacal y antiinflamatorio. La cita para la extracción es el martes 2 de junio y el martes 9 para recoger los resultados. Le explicamos bien cómo tiene que hacer para la extracción, a la que vendrá solo, y quedamos para el martes 9 para recoger los resultados. Farmacia: acudimos a Cáritas. Toman sus datos y le dan un volante para retirar los medicamentos directamente en la farmacia. Le acompañamos y no hay problema. Nos vemos el martes 9 y me confiesa que se le olvidó acudir a la extracción el día 2. La doctora imperturbable vuelve a darnos nueva cita para el 22 de junio. De todos modos se encuentra mucho mejor y no necesita más medicamentos. Ya ha recibido el pasaporte y va a ir con su compatriota a empadronarse. Quedamos en que nos avisara en cuanto tenga el certificado de empadronamiento para ir a ver al Trabajador social dan cita para el jueves 14.

Caso 100. Niña dominicana, hermana del niño del caso anterior, va a cumplir 14 años. Marzo 2015

Su madre llamó por teléfono al CS para pedir cita para la vacuna que le corresponde por su edad, pero, de nuevo, le dicen que no pueden hacer nada al tener su TS cancelada. Acompañando a su madre al CS al día siguiente insisten en que vayamos a las oficinas de la SS, y que para la cita de vacunación, que intentemos pedirla directamente a la enfermera de pediatría. Ésta, tras consulta al sistema informático, se la da sin mayor problema. En tarjeta Sanitaria nos indican que para los niños debe tramitarse una TS de menor extranjero en situación irregular, y que la norma que se ha transmitido a los CCSS es que se procure ante todo la asistencia, y que para cualquier duda se les llame a ellos, ya que reconocen que la casuística es muy extensa y es casi siempre indispensable estudiar cada caso en concreto. En ambos casos no se cumplieron dichas normas, mas inexcusablemente en el primero, que requería la asistencia inmediata, que en este, que se pedía una cita para vacunación. En ningún momento, ni antes ni ahora, el personal del mostrador de admisión le ha ofrecido a la madre acogerse al Programa.

Caso 99.  Niño dominicano de 7 años, (hermano de la niña del caso siguiente, nº 100) Marzo 2015

Sufrió un esguince de tobillo a comienzos de marzo y fué con su hermano mayor (20 años) a su CS donde les dijeron que no le podían atender al no disponer de TS en vigor. Su madre lleva años viviendo, trabajando y cotizando en España, perdió su trabajo y su tarjeta de residencia, y vió su tarjeta sanitaria (TS) cancelada. Afortunadamente, el niño ha evolucionado bien y no ha requerido mayor asistencia.

Dos semanas más tarde, acompañando a su madre al CS, una administrativa insiste en que no se pueden atender esos casos si no son de urgencia y que se debe regularizar la situación administrativo-sanitaria de los menores yendo a las oficinas de la tesorería de la SS. En este caso, nos explican en tarjeta Sanitaria posteriormente, fué el sistema informático el que detectó, erróneamente, que los niños continuaban como beneficiarios hasta 2016, por lo que se le dijo a la madre que se acercara al INSS a aclararlo.

Caso 98. Niña dominicana (marzo 2015)

La familia de la niña de cinco meses se pone en contacto con la Plataforma para informar de que a su bebé, nacido en Santander no le quieren poner una segunda vacuna por carecer la niña de pasaporte. La primera vacuna, a los dos meses, se la pusieron en el centro de salud sin problemas. Informados del tema nos citamos en el centro de salud y vamos al mostrador. La madre tiene tarjeta sanitaria en vigor y explica que viene a vacunar a su hija y presenta el libro de familia, el certificado de nacimiento y creo recordar que el documento donde aparece registrada la primera vacuna que le pusieron en ese mismo centro. Le piden el pasaporte de la niña y la madre responde que lo está tramitando y muestra un documento que lo confirma. Camino de la consulta la madre se asombra de que todo ha resultado muy sencillo en comparación con la anterior vez en la que la negaron la posibilidad de vacunarla. La consulta se desarrolla con normalidad: le ponen la vacuna, le realizan los protocolos habituales y le dan una nueva cita. La madre por segunda vez me muestra su asombro por cómo se han desarrollados los hechos en comparación con la vez anterior. Nuestras intervenciones fueron solo muy puntuales, la madre llevó casi toda la petición, pero al parecer nuestra presencia facilitó el normal desarrollo de los hechos. Un caso tan claro de derecho a la atención sanitaria que requiera de nuestra intervención muestra la gravedad de la situación y la desatención que se puede estar dando en otros casos.

Caso 97. Niña rumana (febrero 2015)

El 5 de febrero nos llaman por una niña de 8 meses ,nacida aquí de madre Rumana, que no quisieron pasarla al Pediatra en el Centro de Salud que le corresponde por vivienda, por no estar aún empadronada (el dueño del piso le da largas). Después de esto la atendieron en urgencias por una bronquiolítis y necesita un seguimiento y ponerla al día con las vacunas que lleva retrasadas.

Le decimos que vaya nuevamente al Centro de Salud que no le pueden negar la asistencia y que nos llame desde allí si hay problemas, para hablar con el mostrador. Nos llama desde la calle porque se ha sentido mal por la manera en que le han negado nuevamente la cita. Vamos con ella y nos dirigimos a la persona que la atendió y dice que ella es una mandada y que en tarjeta sanitaria le han dicho que tiene que llevar el empadronamiento. Hablamos con una de las Pediatras y con la Enfermera y no hay problema, ya esta atendida, pero sin tarjeta.

Caso 96. Mujer joven marroquí (enero 2015)

Piden nuestro acompañamiento para una chica de 18 años que se le ha acabado la atención que contempla el RD 16/2012. Con anterioridad estaba siendo atendida en el hospital de Liencres de problemas respiratorios. Tenía que pedir nueva cita para esta especialidad cuando ya había cumplido los 18 años. En su CS le dijeron que se le había acabado la atención sanitaria y que no le podían dar la cita. La acompañamos a finales del mes de enero. En el mostrador nos dicen que ya le habían avisado de que se le acababa la atención y de que tenía que solicitar la entrada en el Programa. La joven nos dice que no le habían informado de la existencia de tal Programa. No le dieron tampoco los impresos de solicitud. Aprovechamos la ocasión para decir que todo sería más fácil si cuando llega un caso como éste o similar, les proporcionan una entrevista con el o la trabajadora social para que les informe bien y les ayude en el procedimiento de solicitud. Ese mismo día rellenamos la solicitud adjuntando los documentos necesarios de lo que ya le habíamos avisado por teléfono. Le dan una cita para el día siguiente con la misma médica que tenía anteriormente. En estos momentos está esperando que la citen telefónicamente para la especialidad de respiratorio en el Hospital de Liencres.

Caso 95. Niño rumano (enero 2015)

Niño de 11 años, con otro hermano de 7. El padre lleva 5 o 6 años en España, se defiende en castellano y se dedica a la chatarra. La esposa y los niños vinieron hace unos dos años a España y están empadronados en otra ciudad del norte. Viven desde hace cierto tiempo en Santander, pero el dueño de la vivienda en la que están sólo ha permitido que se empadronara el pequeño, ya que tiene problemas de salud. Ello les ha permitido obtener tarjeta sanitaria para él. Están pendientes de encontrar una vivienda en Santander para empadronarse todos aquí. Mientras, les preocupa la falta de seguimiento pediátrico (vacunas, etc.) del niño mayor, por lo que acuden a nosotros. Le acompañamos a Tarjeta Sanitaria donde nos atiende un administrativo que comprueba con el pasaporte del niño que, efectivamente, está registrado en Rumania, por lo que u obtienen la tarjeta europea, para lo que parece que es imprescindible desplazarse allí y tramitarlo en persona, o, lo más sencillo, le dan de baja en el sistema rumano. Mientras consiguen una nueva vivienda donde puedan empadronarse, ayer día 20, aprovechando que tenían cita con la pediatra para el pequeño, solicitaron cita para el mayor, con la misma pediatra, y se la dieron sin mayor problema, para mañana día 22.

Caso 94. Chica rumana (noviembre 2014)

Joven rumana de 20 años, casada. Reside en Santander desde haca 4 años aproximadamente, con intervalos en su país. Empadronada todo este tiempo. Se dirige a la Plataforma remitida desde Cantabria Acoge tras haber tenido dificultades para ser atendida en su CS . Está embarazada de 4 meses. La gestación se inició en Rumanía donde acudió para someterse  a un tratamiento de fertilidad. Acude a urgencias a Valdecilla al observar pérdidas leves. Es atendida y le hacen un parte para que con él acuda a su CS a la mayor brevedad. El jueves 20  la acompañamos al CS los Castros. De entrada ponen dificultades alegando  que ya la conocen y que no pueden atenderla vía tarjeta inmigrante por tener cobertura sanitaria en su país. Hablamos con la responsable de Tarjeta Sanitaria. Me confirma que esta persona tiene cobertura sanitaria en Rumanía y no se le puede conceder aquí otra tarjeta. Como solución transitoria propone inscribirla en el programa privado de transeúntes transitarios. No se mencionó facturación. En lo inmediato tiene cubierta la asistencia hasta después del parto. Para lo sucesivo esta persona tiene que, o bien darse de baja en el sistema sanitario de Rumanía, o bien solicitar la tarjeta de Asistencia Europea, a la que tiene derecho. Ambas operaciones pueden realizarse vía Internet. Se ofrece para asesorarme sobre el "modus operandi". Trás esta conversación  que tuve desde el mostrador, le atienden correctamente : cita con médico generalista y de éste paso a la matrona. La matrona da cita para ecografía en Residencia Cantabria. El jueves 26 la acompañamos  por si acaso, pero la atención es excelente. Dan nueva cita porque ya está en pantalla. La gestión con Rumanía  nos resulta complicada  y como la chica venía de Cantabria Acoge le expusimos la situación a M.Sol Payá para que la citara allí. Expuesto el caso aceptaron encargarse de la gestión. Según la responsable de Tarjeta Sanitaria muchos rumanos están en la misma situación. Pero no hacen las gestiones porque es complicado. Para nosotros es bueno saber que existe esta vía para casos sucesivos.

Caso 93. Joven rumana (octubre 2014)

Acompañamos a una joven rumana de 28 años, madre de un niño de 8 años, a un Centro de Salud de la capital. Esta mujer, había sufrido quince días antes un proceso de pielonefritis aguda por el que acudió a Urgencias de Valdecilla, donde fue ingresada durante dos días. Ultimadas las pruebas analíticas necesarias y el correspondiente tratamiento, se le presentan a la firma distintos “partes de facturación”. En el informe médico del alta, debido a una imagen ecográfica de sospecha, se recomienda que su médico de cabecera la envíe a consulta de Ginecología. En el CS, comunicamos en el mostrador que no dispone de tarjeta sanitaria, le piden su documento de identidad (está en vigor) y realizan consulta telefónica a Tarjeta Sanitaria donde autorizan la cita médica que se concede para el día siguiente. Le dan la posibilidad de elegir entre 3 médicos de Atención Primaria que tienen cupo disponible y asimismo le indican que deberá acudir con el niño para que se le asigne médico pediatra. Trato muy correcto. En la consulta médica describe sus dolores agudos, especialmente en la zona del ovario derecho. El médico la examina y, aunque en un primer momento no le parece necesario remitirla a la Residencia, finalmente accede, ante la insistencia de la paciente de que estos dolores no son normales, y emite desde el ordenador el Parte interconsultas para Ginecología, cuya cita concreta le será comunicada a su teléfono. Como comentario último, hacer notar que, en este caso, el parte interconsultas a Ginecología no hubo que hacerlo a mano como en otras ocasiones (quizás porque esta mujer tuvo en su día tarjeta sanitaria) y no se le entregó a la firma por esta consulta ningún “parte de facturación”. Esta joven procede de Madrid, lleva dos meses en Cantabria y la hemos informado del Programa de Salud para que inicie su tramitación una vez reúna los requisitos exigidos.

Caso 92. Mujer paraguaya (octubre 2014)

Se trata de una chica de 26 años, que lleva viviendo en España desde los 19 y que tuvo tarjeta sanitaria del Sistema Cántabro de Salud. Por la conveniencia de disponer personalmente de su historial médico, acudió a las dependencias del C.S. PISUEÑA-CAYÓN, con el objeto de solicitar a la doctora que tuvo asignada, copia de su expediente médico. Siéndole negada la correspondiente cita, por parte de la persona empleada del SCS que se encontraba en el mostrador de admisión, por sostener que la solicitante carece del derecho a la atención sanitaria pública. Remitiéndola a continuación al INSS para solicitar tarjeta. Al ponerse en contacto con nosotros hacemos una consulta en Tarjeta Sanitaria y nos  confirman que un expediente médico de Atención Primaria lo dará el médico de Atención Primaria, previa cita. En vista de lo cual para ir más directos y tras la orientación del Servicio de Registro, presentamos 2 reclamaciones en la GERENCIA DE ATENCIÓN PRIMARIA , con el mismo texto, firmadas por ella y por la acompañante de la Plataforma y dirigidas a: 1. DIRECTOR MÉDICO, por la no asistencia. 2. DIRECCIÓN DE GESTIÓN, para la solicitud de la Historia Médica. Un detalle: esta chica es donante de sangre desde hace varios años. La afectada recibe en su domicilio la respuesta, diciendo que puede ya recoger su historia clínica en la Gerencia de Atención Primaria. ​​Se han dado bastante prisa​, ​han tardado solo 5 días en contestar, ​ya que la carta es del 27/10/2014. Igualmente ha recibido una llamada de la persona que le atendió en el mostrador del CS Pisueña-Cayón, en Sarón. En un principio estaba enfadada, a lo que la afectada le explica que no le habían dado solución a su problema y que buscó quién le pudiera ayudar. Después la administrativa se normalizó, admitiendo en la conversación que su doctora era la que le tenía que haber dado su historia clínica y ofreciéndole darle cita ahora, a lo que la afectada respondió que ya no era necesario. Creemos que los modelos de referencia para reclamaciones que nos han preparado el Equipo Legal de la Plataforma, funcionan. También es efectiva la nueva estrategia de no dar vueltas y reclamar directamente cada vez que haya un problema.

Caso 91- Mujer peruana (octubre de 2014)

Acudimos a un CS de la ciudad tras petición de acompañamiento de una mujer mayor peruana que sufría de mareos. Le acompañaba su hija. Tiene permiso de residencia por reagrupación familiar. Es una hija suya la que le reagrupa. Con anterioridad al RD 16/2012, el reagrupamiento llevaba consigo la posesión de tarjeta sanitaria, figurando como beneficiaria del reagrupante. El RD, entre otras cosas, priva de este derecho que con anterioridad al mismo existía. De hecho esta persona estuvo en España antes del RD y tuvo tarjeta en el sentido que acabamos de describir. Volvió a Perú a atender a unos nietos y cuando volvió, el RD se estaba aplicando y se quedó sin tarjeta. Al llegar al centro de salud y una vez explicado el caso, la funcionaria, tratando de ayudar llamó a tarjeta sanitaria. Allí le dijeron que tenía derecho a tarjeta, que fuésemos al INSS y solicitáramos asistencia sanitaria como persona que no supera el límite de rentas. Así lo hicimos. La respuesta fue negativa. El RD privaba de esta posibilidad y no había más opción que hacerse un seguro, si quería, dentro de la Seguridad Social pagando una cantidad mensual. Le hablamos del Programa Cántabro y en el INSS, la persona que nos atendió, desconocía su existencia. Volvimos al CS al día siguiente, le asignaron un médico que la visitó a lo largo de la mañana. La atención sanitaria fue correcta y rigurosa. Le puso un tratamiento. También pidió una analítica y un electro, para lo cual le dieron fecha. Estamos pendiente de la consulta para resultados. Al finalizar, en el mostrador pedimos la entrada en el Programa Cántabro. Llevaba los documentos pertinentes. Como la persona es de nacionalidad peruana y este país, tiene  convenio bilateral de la Seguridad Social, hemos iniciado los trámites para conseguir el certificado de que no procede la exportación de del derecho a la prestación de la asistencia sanitaria, que consideramos le van a pedir en breve, como lo han hecho en otros casos similares

Caso 90. Mujer nigeriana (septiembre 2014)

Mujer nigeriana con ¿dolor abdominal? En el centro de primaria se niegan a darle cita e indican que vaya a urgencias. Allí, después de auscultarla (incluido un TAC) le dicen que vaya al centro de primaria para que le den consulta en especialista.  De nuevo en el CS, la administrativa sigue negándose hasta que, finalmente, con la intervención por teléfono de la responsable de tarjetas, la ve un médico de familia que pide analítica para descartar apendicitis, y cuyo resultado lo descarta. La administrativa, formal y consecuente en su labor, exige a tarjeta Sanitaria que le confirmen por escrito lo que se le ha ordenado de palabra. Acompañada y acompañante firman una reclamación exigiendo el fin del vacío administrativo que rodea a estos casos.

Caso 89. Niña española-cubana (agosto 2014)

De padre español, reside en Cuba y estando de visita en España requiere que le pongan un inyectable recetado por su médico inmunólogo cubano. En el CS de su distrito les indican que tendrán que pagar la consulta pediátrica (no vale el informe médico que aporta el padre) y la de enfermería. Les emiten sendos Partes de Asistencia Inicial, una factura y un documento de liquidación ambos por importe de 76,52 € en concepto de “Asistencia Sanitaria con cargo a Extranjeros”. En la oficina bancaria que les indican no pudieron finalmente hacer el ingreso.

Caso 88. Hombre colombiano (septiembre 2014)

(Ver caso anterior) Hermano de la anterior. Con enfermedades crónicas similares a su hermana, quizás peor controladas. Además con hipercolesterolemia y sordera incapacitante y sin visión en un ojo. La doctora que lo ve no le hace un historial mínimo ni considera necesario medir glucemia ni tensión... Le facilita recetas normales (rojas) para los medicamentos que toma.

Caso 87. Mujer colombiana (septiembre 2014)

Ha vivido en Andalucía desde hace 14 años, donde ha trabajado y cotizado. Al perder su empleo caducó su permiso de residencia, aunque en Andalucía siguió recibiendo asistencia sanitaria sin problemas. Ha llegado a Santander hace tres semanas para quedarse en casa de su hijo, que vive y trabaja aquí. Está pendiente de empadronarse. Padece diabetes II controlada con pastillas e hipertensión, además de un padecimiento congénito de oídos. Sobre todo, necesita recetas para su medicación. Se acerca con su hermano (ver siguiente caso) a un CS de Santander donde les dicen que no se les puede atender al carecer de tarjeta. No les mencionan el Programa de Protección Social y les envían a las oficinas de la SS en Calvo Sotelo. De aquí les envían a tarjeta sanitaria, donde les dicen que no hay nada que hacer, que tienen que estar empadronados al menos, han entendido, tres meses. Contactan con la Plataforma a través de un conocido que sabía de nuestra labor de acompañamiento. Les acompaño el día 2 al CS donde, después de comprobar su filiación y su número de registro en el Servicio Andaluz, les repiten que no hay nada que hacer. Yo insisto en dos cosas: se les dé una cita médica ya y que nos faciliten los formularios para acogerse al Programa. Nos gestionan las citas, insistiendo en que se facturará. Así, les dan a firmar sendos partes y les indico que añadan “sin recursos económicos” junto a la firma. A ella la ve una doctora correcta, que le hace un breve y completo historial antes de ir a sus problemas actuales. Sobre estos, le hace las recetas blancas pertinentes y le da un volante de enfermería para limpieza de oídos. Al presentarlo en el mostrador, de nuevo le emiten un nuevo Parte. Le comentamos al personal del mostrador lo inconveniente y disuasorio de utilizar la palabra factura o facturación para referirse a un documento que no lo es... No parece que estén por la labor de poner el necesario esfuerzo en asegurarse que estas personas reciban la asistencia sanitaria que puedan estar necesitando y que se evite el uso de mensajes disuasorios. También hay que reconocer que las personas a las que acompañamos se sienten muy intimidadas cuando por fin se atreven a acercarse solas a estos mostradores, y que, posiblemente, no hagan ver la necesidad o urgencia de la cita médica que desean. También, como en otros muchos casos, nos insisten en que sin nuestra presencia no habrían sido atendidos.

Caso 86. Joven peruana (agosto 2014)

Acude a nuestro teléfono. Nos cuenta que en su centro de salud no le tramitan una consulta médica, padece infección de orina. Tenía tarjeta sanitaria vigente hasta mayo de 2014. En nuestra compañía acude a su centro de salud. En el mostrador le dicen que si le tramitan la consulta le facturarán como privado. Le explicamos que en una anterior ocasión que la paciente acudió sola le dijeron que debería pagar la consulta y en ningún momento le informaron de la posibilidad de tramitar su admisión en el Programa de la Consejería. Le pedimos la documentación necesaria para acceder al Programa, pretende que se entreguen los papeles al día siguiente. Le decimos que recopilar los papeles llevará unos días y que necesita que un médico la reciba pues tiene una infección que necesita ser diagnosticada. Finalmente nos dan cita para el día siguiente, previa firma el parte de atención, con una doctora que realiza la suplencia de su médico habitual. El caso está abierto. De momento la infección ha remitido y estamos a la espera de cumplimentar los trámites para ingresar en el programa.

Caso 85. Joven senegalés (agosto 2014)

Recibimos en el teléfono su llamada. Necesita que le vacunen contra el tétanos y regularizar su atención sanitaria, en la actualidad no tiene tarjeta sanitaria. Le asesoramos en la cumplimentación de los documentos que se exigen y se presentan. Como cumple todas las condiciones para entrar en el programa estamos a la espera de que reciba la notificación positiva de su ingreso en él. A día de hoy le han dado la segunda dosis de la vacuna.

84. Hombre polaco (agosto-noviembre 2014). Caso abierto

Acompañamos a un hombre polaco de 49 años que nos remite Cáritas, junto con la asistente social responsable del paciente. El informe que portan solicita varios análisis así como la derivación a la consulta de Salud Mental. Lleva seis años en España y un mes en Cantabria. Cáritas está tramitando su documentación como extranjero y su futura inclusión en el Programa Cántabro de Salud. Acudimos al Centro de Salud "Vargas" de la capital ya conocido por la Plataforma debido a su trato inadecuado y disuasorio a las personas sin Tarjeta Sanitaria. La administrativa que nos corresponde en el mostrador nos dice tajante que si no posee Tarjeta no puede ser atendido, la rebatimos y de inmediato nos dice con gesto adusto que sólo es posible “como privado y pagando”. Le señalamos el compromiso con la Consejería para que se atienda a todo el mundo y le indicamos que proceda al trámite subrayando que también existe el acuerdo de que las personas sin recursos no van a pagar la tal facturación. Habla con otra compañera y, tras pedirle pasaporte y dirección, nos da cita médica de atención primaria para el día siguiente. La doctora nos dice que es el primer caso de esta clase que atiende y con trato amable solicita los análisis correspondientes y nos señala que a la vista de los resultados el médico que en su día le atienda determinará su posible consulta en Salud Mental. A la salida, le sugiero que visite nuestro blog para informarse de la situación. Asiente. De nuevo en el mostrador nos citan para las pruebas analíticas en tres días distintos; ante nuestra petición de unificarlas la administrativa, de mejor talante que la anterior, contesta que así está organizado y que ella no pueden cambiar este procedimiento. Tampoco ha habido forma de que nos asignen la misma médica para la segunda consulta, como sería lo adecuado. El inmigrante tiene que firmar las facturas correspondientes a cada uno de los análisis y de la primera consulta.  Durante los dos últimos meses se le ha acompañado a distintos establecimientos sanitarios y se le han realizado todas las pruebas analíticas solicitadas, que han dado negativo. El paciente ha mejorado notablemente su estado y se iniciará el trámite de su inclusión en el Programa de Protección de la Salud, una vez cumpla el período de empadronamiento en Cantabria.  Debido a su cambio de domicilio, le acompañamos al nuevo Centro de Salud que ahora le corresponde, el de la calle Vargas, para solicitar una cita con atención Primaria, a causa de unos fuertes dolores de espalda. Conseguimos la cita finalmente después de 45 minutos de trámite, un tiempo debido al tratamiento sumamente ineficaz y disuasorio de las dos administrativas de recepción y a la misma actitud por parte de su responsable administrativa. No es la primera vez que nos encontramos con este comportamiento humillante e ineficaz en este Centro de Salud "Vargas", por lo cual, con fecha 25 de noviembre de 2014, hemos enviado una reclamación por escrito a la Directora de Atención Primaria haciendo constar la identidad de la citada responsable. El 21 de mayo de 2015, acompañamos a este ciudadano polaco al CS que le corresponde en Santander, a instancias de la trabajadora social de Cáritas, ya que, a pesar de sus esfuerzos, no había conseguido con anterioridad que en el mostrador se le diera cita con la Dra Psiquiatra de este CS que le había atendido en primera consulta, una vez derivado por la Unidad de Salud Mental López Albo. La reiterada negativa a proporcionarle la cita para la consulta fue realizada en el mostrador de Salud Mental del CS alegando que se trataba de un problema administrativo que no podían resolver. Esta persona, en la actualidad, está pendiente únicamente del certificado de su país acreditando que no procede la exportación del derecho a la prestación de la asistencia sanitaria y así quedar incluida en el Programa Cántabro de Protección de la Salud. Ante esta actitud de rechazo a la asistencia, la trabajadora social remitió, con fecha 20 de mayo 2015, un informe por escrito al Servicio de Atención al Usuario del Hospital Marqués de Valdecilla, donde hizo constar los antecedentes del caso y la urgencia de una solución, al precisar el paciente la medicación prescrita por la doctora. El día 21 de mayo a las 12 horas, nos personamos en el mostrador y solicitamos la cita correspondiente. Se nos comunicó que esta consulta, dadas las circunstancias, tenía que facturarse. Respondimos que ya conocemos que el camino establecido por el SCS para los inmigrantes sin papeles es el llamado “privado”, en el que se emite un parte de asistencia y/o facturación. Nos repite el administrativo de nuevo que se va a facturar y le respondemos que entendido, si bien, añadimos, la realidad es que para estas personas sin recursos no se ha emitido factura formalizada ni cobrado ninguna cantidad hasta ahora. El trámite hoy se resuelve con rapidez, tal ver como consecuencia del escrito enviado al Servicio de Atención al Usuario. Constatamos, con todo, que persiste el mecanismo disuasorio inicial y la posible reacción de retirada sin atención del enfermo si no estuviera acompañado. La doctora nos recibe a la hora prevista y autoriza nuestra entrada con el permiso del paciente. Se interesa por nuestra relación con el paciente y nos identificamos como miembros de la Plataforma, de la que al final de la consulta le entregamos un folleto informativo. La doctora entrevista al paciente con profesionalidad, le pregunta por su estado de salud y advierte mejoría, mantiene la medicación, firma 2 recetas “blancas “ (al carecer de tarjeta sanitaria) y le da una cita para el próximo mes de octubre 2015. Nos indica que para la emisión de recetas de la medicación prescrita deberá acudir regularmente a su médico de Atención Primaria.

83. Mujer brasileña (agosto 2014)

Acompañamos a un CS de la ciudad a una mujer brasileña aquejada de trastornos ginecológicos y de hipertensión. Previamente había asistido a urgencias de la Residencia Cantabria donde le indicaron que tenía que realizarse unos análisis (le dieron el protocolo) en su CS y pedir allí una consulta a la especialidad de Ginecología. Por diversas razones, entre ellas no disponer de tarjeta sanitaria,  tardó bastante en asistir al CS. Pidió nuestro acompañamiento. En el CS que le correspondía  por domicilio, nos pusieron pegas por no tener tarjeta y por no estar en el Programa. Aprovechamos la ocasión para decir la poca información que se hacía del mismo. Animamos a mirar las paredes del vestíbulo para ver cuántos carteles informativos había del mismo, ninguno. La persona que nos atendía hizo una llamada telefónica, no sabemos a quién y se insistía en la negativa. Acudimos a los argumentos del compromiso de la Consejera a la vez que le pedimos llamara a la responsable de Tarjeta Sanitaria. Así lo hizo y se terminaron los problemas. Desde ese momento la atención fue correcta. Le asignaron una médica que nos recibió enseguida. La atención médica y humana que recibió fue muy buena. La citó para realizarse los análisis en el mismo CS y emitió un volante de interconsulta para Ginecología con carácter preferente. En estos momentos está esperando que la citen. En el mostrador le dieron los impresos para solicitar la entrada en el Programa, los rellenamos y como tenía allí el empadronamiento y el pasaporte, entregamos los tres documentos ese mismo día en el CS.

82. Mujer dominicana (julio 2014)

Acompañamos a un Centro de Salud de la periferia a una mujer joven dominicana, que lleva viviendo en Santander poco más de dos meses procedente de Barcelona. Refiere molestias en el vientre por lo que en Barcelona le recomendaron una revisión en profundidad En el CS proponen incluirla en el sistema de Atención Temporal a Transeúntes. La recibe una médica de Atención Primaria y solicita una analítica. Como consecuencia de los resultados, le dan un volante para que acuda a la Residencia Cantabria a solicitar una cita en el servicio de Ginecologia para lo que debe de llevar los informes médicos que tiene de Barcelona. Le dan cita para finales de agosto. Quedamos en acompañarla para esta consulta.

81. Niño no español (junio 2014)

Al cargo de su abuela, colombiana. Les falta un documento firmado ante notario o similar por el cual la madre, que no está en España (y que tiene cedida la tutela completa del menor) otorga representación civil a la abuela del niño para todo lo concerniente a su tutela aquí en España. Desde tarjeta sanitaria les han informado hoy correctamente de los pasos que deben de dar. Sin embargo, días atrás han recibido un trato indigno en el mostrador de admisión del CS que le correspondería, negando al niño la asistencia pediátrica a la que en todo caso tiene derecho.

80. Joven chileno (junio 2014)

Chico chileno que que vino con 12 años, al cumplir 18 y no haberle concedido la administración los papeles (según la madre siempre faltaba algo) se queda sin tarjeta sanitaria. Desde el centro de estudios le habían derivado a la psicóloga y cuando ésta consideró que debía ser visto por un psiquiatra, le derivó, pero no le dieron cita por no tener tarjeta. Después de la intervención de la Plataforma le dan la cita.

79. Niños venezolanos (junio 2014)

Un español acaba de hacerse pareja de hecho con una mujer venezolana y esta tiene dos hijos que llevan aquí 1 año y 3 años ¿Qué tiene que hacer para que les den las T.S. a los niños? Nunca la han tenido. Les habían dicho que no tenían derecho al no tener papeles. Y ahora al ser pareja de hecho cree que si.

78. Niña argentina de 18 meses (mayo 2014)

Después de hablar varias veces con el mostrador y con una pediatra del centro y de marear a la madre, no llama y nos cuenta que aún no ha recibido la tarjeta de la niña y que por eso la ven en el Centro de Salud pero que no le hacen recetas ni le pueden pedir nada ni derivar.

77. Mujer moldava (mayo 2014) caso abierto

70 años. En reagrupación familiar desde hace dos meses en Cantabria, con diabetes poco controlada e hipertensión. Se cae el pasado día 11 y sufre una luxación de hombro. En urgencias de Valdecilla tratan de recolocárselo al día siguiente sin éxito porque, al parecer, tiene alguna lesión antigua en esa articulación, por lo que la mandan para casa haciéndole saber que necesitará cirugía (un médico les anticipa que les puede costar 30.000 euros). Se acercan al INSS a buscar solución y desde allí les mandan a la oficina de tarjeta sanitaria, donde acompañamos a su nuera el 14 de mayo y pedimos hablar con la responsable. Nos atiende muy amable y nos indica que en ningún caso existe una extensión como beneficiario/a de otra tarjeta sanitaria en vigor para ascendientes. Acordamos que solicitarán su acogida al Programa en agosto, cuando esté próximo el periodo de 6 meses de empadronamiento. Mientras tanto, la recomendación es que a través del médico de familia de su zona vuelva a Valdecilla, por urgencias o a consulta externa urgente de traumatología, para que se la cite para cirugía cuando este servicio lo considere oportuno, idealmente cuanto antes, por las molestias intensas que, al parecer, tiene la enferma. El 15 de mayo la ve el médico de familia y la envía de nuevo a urgencias a Valdecilla. Ha seguido con muchas molestias y la zona luxada está ennegrecida. Muy buena atención, no han tenido que firmar nada. Le dan cita para hacer un escáner ese viernes 23 de mayo. Este día nos llama un familia: que están en urgencias y la van a operar, que tiene miedo a que les facturen. Les insistimos en que, si le dan el Parte, que lo firme la paciente añadiendo junto a la firma que no tiene recursos económicos. Finalmente, la operan el 28 de mayo. Como la familia tenía dudas sobre el posible cobro, el hospital ha usado a una traductora para obtener el consentimiento de la paciente. Todo bien. Les han asegurado de que no se va a cobrar nada. Además, en este caso, la operación ha ido por vía de urgencia.

76. Mujer colombiana (mayo 2014) caso abierto

Pide acompañamiento para acudir a un Centro de Salud de la capital una mujer colombiana que nota dolor en una mama y molestias abdominales. Esta mujer tuvo permiso de residencia y tarjeta sanitaria. Al perder el trabajo y quedarse sin recursos no se le renovó el permisos de residencia. Con la entrada en vigor del RD 16/2012 se quedó sin tarjeta sanitaria. En el Centro de Salud del que ella había sido usuaria no ponen ninguna pega a su demanda de atención, además nos damos cuenta que todavía está activa en el Sistema Informático. Ese mismo día le dan cita con el mismo médico que tenía con anterioridad y que figuraba en su tarjeta. Además de la sintomatología a la que hemos hecho referencia y que motiva la petición de consulta, la persona informa al médico de que hace un poco más de 4 años fue operada en Valdecilla de cáncer de colon con su correspondiente quimioterapia. Informa también de que una vez que se quedó sin tarjeta dejó de hacerse las revisiones que siguen a una intervención de estas características. No recuerda con exactitud cuánto tiempo lleva sin las revisiones. El médico valora que es muy necesario que se hagan esas revisiones y pide por vía urgente una consulta en cirugía de Valdecilla Sur además de una mamografía. Afortunadamente el sistema informático responde como si estuviera en activo y le da los dos volantes correspondientes. En estos momentos estamos a la espera de que la llamen telefónicamente para las fechas. A su vez, el médico le pide unos análisis y una citología a petición de la interesada. Estas dos últimas cosas en el propio Centro de Salud. En estos momentos tiene fecha para estas dos cosas así como para una consulta con el médico para el resultado de los análisis. En el mostrador le dan los impresos para pedir la inclusión en el Programa. No estaba enterada de la existencia del mismo. Quedamos en una fecha para la entrega de los mismos.

75. Mujer chilena (abril-octubre 2014)

Acompañamos a una mujer chilena de 59 años a un Centro de Salud de un municipio cercano a Santander. Fue operada en su país de cáncer de mama en el año 2005 y padece desde hace seis meses molestias en ambos pechos. Además es diabética. Tiene mucho miedo a un nuevo tumor. Ha tenido seguimiento y revisiones periódicas en su país, y en España en los dos municipios, donde ha residido con anterioridad al actual, hasta la invalidación de su Tarjeta Sanitaria con motivo del Real Decreto. Está casada en Chile desde hace 40 años con un español. Ha tramitado la inscripción de su matrimonio en España y lamentablemente, desde hace 2 años hasta el momento, no ha tenido ninguna respuesta, sólo el silencio administrativo. Su marido cobra la pensión mínima no retributiva, está enfermo y en la actualidad se tramita una ayuda por dependencia. Resulta increíble que, dadas sus circunstancias personales, se le haya retirado la Tarjeta. En el mostrador se repite la historia conocida de carácter disuasorio. Nos remiten a la Seguridad Social para tramitar la Tarjeta, respondemos que no tiene los documentos requeridos ni recursos económicos. Nos presentamos como Plataforma con la exigencia de que deben asistirla y les requerimos para que telefoneen a Tarjeta Sanitaria. Así lo hacen y como resultado ya nos dicen que se le dará cita, pero sólo puede atenderse como “privado”. Le comentamos a la administrativa que tenemos el compromiso de la Consejería de que no va a cobrarse ninguna asistencia en estos casos. No firma ningún papel. Nos indican que debe acogerse al Programa Cántabro de Salud Pública y nos asignan una cita con la trabajadora social del Centro para el día siguiente. En el tiempo de espera hasta la cita médica, vamos fotocopiando algunos documentos y rellenando con ella los datos del Impreso del Programa citado, que siempre portamos, con el fin de agilizar el trámite para la inclusión temporal en atención sanitaria y medicamentos. Dos horas más tarde del mismo día, la recibe un médico de Atención Primaria que la atiende y examina con extrema profesionalidad. Inicialmente, no aprecia síntomas alarmantes. Eso nos tranquiliza y ella se anima mucho. Le pide una analítica y una consulta en Ginecología de Valdecilla. El ordenador no le permite imprimir los partes por lo que debe rellenarlos a mano, lo que califica de absurda pérdida de tiempo y de gratuita molestia para los pacientes y los facultativos como consecuencia del Decreto.  Seguiremos en contacto con esta mujer para acompañarla a Valdecilla y trasladamos a la Plataforma su agradecimiento por nuestra labor. En julio se le realizada la analítica solicitada, acude a la cita en Ginecología de Valdecilla, donde se la atiende correctamente, todo está bien salvo algo elevado el azúcar (diabetes diagnosticada)  y se la cita de nuevo para octubre, fecha en que ya tendrá realizada la mamografía que ya ha sido fechada para el mes de septiembre. El seguimiento de su  antiguo cáncer resulta pues adecuado. El problema ahora es que se le denegado su inclusión en el Programa Cántabro de Salud Pública por la falta del “certificado emitido por su país, acreditativo de que no procede la exportación del derecho a la prestación de la asistencia sanitaria” (26 de junio 2014). Esta señora había tenido una experiencia de completa inoperancia con el Consulado de Chile en Santander, de modo que acudió al Consulado de Bilbao para conseguir este documento, donde se la recibe, pero por ausencia de la persona responsable no resuelve nada ese día, quedan en avisarla por teléfono y hasta la fecha no tiene ninguna respuesta. Esa misma mañana del 10 de julio, nos atiende con su habitual amabilidad la responsable de Tarjeta Sanitaria del SCS, quien nos señala como segura pérdida de tiempo interponer un recurso de alzada ante la citada denegación. Dado el caso de que es esposa de un español con 2 hijas españolas residentes en Cantabria, nos aconseja acudir a Extranjería para intentar iniciar el trámite para su legalización como residente. Lo hacemos ese mismo día. En Extranjería nos informan bien y se analizan dos posibilidades: “Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea” y “Autorización de Residencia Temporal por circunstancias excepcionales-Arraigo Social”. Ninguna de las dos resulta posible. La primera, porque su inscripción matrimonial en el Registro español continúa en silencio administrativo y sin resolverse. Sin ese certificado de matrimonio actualizado emitido por el Registro Civil no hay nada que hacer. La segunda alternativa, ya que vive con una hija española, tampoco se puede tramitar de forma positiva porque, entre otros muchos requisitos, le exigen acreditar 3 años de residencia continuada en España. Este plazo no se cumplirá hasta diciembre de 2014. Todo lo anterior, nos lleva a un único camino en este momento: conseguir el certificado que exige el SCS y reiniciar de nuevo el expediente para el Programa de Salud. Le hemos insistido para que lo intente vía Internet y de no prosperar a través de una hermana en Chile. Hay que señalar que cuando esta señora recibió la denegación no acudió a la trabajadora social de su Centro de Salud ni se puso en contacto con nosotros. Nos hemos enterado porque la hemos telefoneado para ofrecernos a este último acompañamiento. Por tanto, estaremos  pendientes de ello, ya que todos somos conscientes de las dificultades y también de la comprensible falta de constancia de las personas víctimas de las trabas burocráticas cuando necesitan acceder a sus derechos sociales básicos. En el inicio del mes de septiembre, a través del Consulado de Chile en Barcelona, ante la reiterada inoperancia del Consulado en Santander (al que se dirigió un miembro de nuestra Plataforma), conseguimos que se solicitase al Gobierno de Chile la información necesaria para poder obtener el certificado exigido por el SCS de “que no procede la exportación del derecho a la prestación de la asistencia sanitaria”. El citado Consulado nos facilita con diligencia la siguiente información: que se dirijan al FONASA (Fondo Nacional de Salud), adjuntando los datos y documentos del caso. Así lo hace su hija por Internet y consigue, casi a vuelta de correo, un certificado con sello y firma que le envía escaneado el Gobierno de Chile donde consta que esta ciudadana “no figura como cotizante ni carga con ninguna institución de Salud Previsional (ISAPRE)”. Presentamos este documento, junto con la actualización del empadronamiento, a través de la trabajadora social del CS a Tarjeta Sanitaria y estamos a la espera de la inclusión inmediata de esta mujer en el Programa de Salud. Creemos que el resultado positivo de esta gestión puede ser muy útil para otros ciudadanos con cuyos gobiernos existe convenio sanitario. También hemos de reconocer el apoyo del Consulado de Chile en Barcelona y denunciar la repetida actuación del respectivo en Santander que, ignorante por completo de la situación de exclusión, se permite afirmar que todos los chilenos en Santander son “legales”, y no se ha prestado a gestionar nuestra solicitud.  La solicitud de esta ciudadana chilena para su inclusión el Programa Cántabro de Protección Social de la Salud Pública se ha resuelto favorablemente con esta fecha y por la vigencia establecida en el mismo de un año, tras el cual deberá renovarse.

74. Mujer ecuatoriana (abril 2014)

Mujer ecuatoriana con problemas de anemia. Además ingresó hace un año de urgencias por problemas de piedras en riñón o vesícula. Acudió al centro de salud y le pusieron dificultades ya que en la actualidad no tiene cobertura sanitaria. Está en paro y su marido también. Pasó varios meses sin realizar seguimiento de su anemia y alega que lleva varios meses con síntomas de mucho cansancio. Al parecer durante un tiempo tomó medicamento para su problema pero ante la falta de medios económicos lo fue dejando. Cuando nos hacemos cargo del caso quedamos para acudir el lunes 14 a su centro de salud. Ella para ir adelantando se pone en contacto con el centro y dice que va a ser acompañada. Le dan una cita para el mismo lunes a las 10 horas. Cree que se la dieron al decir que iba a ser acompañada. En la consulta presenta los papeles de su ingreso en urgencias y le cuenta a la doctora sus problemas de cansancio. La doctora se da cuenta de que su ingreso en urgencias es de 2013 y no de la actualidad como había creído en un principio. Le pregunta que cómo ha tardado tanto en acudir a una consulta y la paciente le dice que le pusieron dificultades para poder acceder a ella. Le manda hacer una analítica, mañana martes, para ver su situación de hierro. Con los resultados le llamará ese mismo día y en ese momento decidirá el tratamiento. Para el tema de los cálculos le recetará unos medicamentos y la recomienda que en el momento que se repitan los dolores vaya a urgencias pues puede requerir de una intervención quirúrgica. La atención en el centro de salud ha sido excelente y refleja la profesionalidad de nuestros facultativos y personal sanitario. Cuando acompañas a la gente que nos llama al teléfono de la Plataforma te das cuenta de que tenemos un Sistema sanitario que no podemos perder. Es un patrimonio de nuestro país. Seguiremos acompañando a la paciente el tiempo necesario.

73. Hombre peruano (marzo 2014)

Acompañamos a un inmigrante peruano, al que habían enviado a la Seguridad Social de Isabel II, cuando pidió los documentos de la Orden, en el mostrador del mismo CS del que ya hemos hecho una queja por escrito por una actuación parecida. Nos ha tocado otra persona distinta de la que le atendió a él en el mostrador y sí que nos ha dado la documentación, aunque luego a la hora de entregar la solicitud decía que teníamos que hacerlo en las oficinas del SCS que están en la Residencia Cantabria. Como le insistimos que no, que era en el CS, nos lo admitió, dándole entrada y entregándonos una copia. Eso sí, todo lentamente y después de algunos viajes para preguntar en la parte de dentro. Este hombre tiene mujer e hijo españoles (con DNI), de los que también hemos facilitado los datos en la solicitud. Su mujer trabaja y tiene incluido a su hijo en la tarjeta, pero a él no lo ha podido incluir todavía porque vino por su cuenta a España, con un contrato de trabajo, no por reagrupación familiar y están casados en Perú y el hijo nació en Perú. Pero el pasaporte lo tiene renovado en España. Él está en España desde el 2008, ha tenido NIE, pero por un problema grave de salud (por el que estuvo hospitalizado en Valdecilla) perdió la renovación de la tarjeta de residencia hace 2 años, al faltarle unos meses de cotización. Desde entonces está ilegal y no tiene trabajo. Está en trámites para obtener la tarjeta comunitaria para que su mujer, al ser española, pueda incluirle en los derechos a él. Pero mientras tanto necesita estar cubierto sanitariamente.

72. Hombre de Bulgaria (marzo 2014)

Acudimos a Urgencias del Hospital Valdecilla acompañando a una persona de Bulgaria aquejada de serias y continuas molestias estomacales y malestar general. En recepción de Urgencias le atienden sin ningún problema, haciéndole firmar, eso sí, el parte de asistencia y/o facturación minimizando por parte de la administrativa las consecuencias de la firma para el enfermo. Le realizan unos análisis y una radiografía. No parece que le ven nada grave. Le dan un volante para realizar una endoscopia en la consulta de Digestivo en Valdecilla Sur. Acudimos allí y le citan para la realización de la misma el 28 de marzo. Se realiza la endoscopia el día señalado y no se detecta ningún problema. Se comenta que las molestias que sufre pueden estar ocasionadas por el estrés.

71. Adolescente de 13 años colombiano (febrero 2014)

Tuvo tarjeta de residencia por reagrupamiento familiar, la pierde al tenerla que renovar por no entrar en plazo los papeles. Madre con contrato de trabajo y ya con nacionalidad española. Al cambiarse de domicilio y acercarse al nuevo centro de salud, le dicen tiene que presentar sus papeles arreglados y no le asignan Pediatra, ni le dan cita, pero si le facilitan nuestro número. Tiene que volver con un papel que les dí y si le ponen alguna pega llamarme desde allí para hablar con el mostrador.

70. Hermanas argentinas (febrero 2014)

Tienen 18 meses (nacida aquí) y 9 años de padres argentinos. Madre sin trabajo, padre últimamente con contrato de trabajo y por lo tanto tarjeta sanitaria ( no están casados). Con la ley del 12 le quitan la tarjeta a la madre y a las niñas. La pequeña solo fue vista y vacunada a los 2 meses, cuando fue a por la cita de los 4 meses, le dicen no están en el sistema.Desde entonces no han vuelto. Llama una amiga española a contarnos el caso. ¿Cuántos casos de estos habrá? Hablo con la jefa de mostrador, me dice que ella pregunta en tarjeta sanitaria cuando tiene una duda, y que no sabe de la Orden del SCS, me pide se la mande por fax, lo hago. Vuelven los padres con las niñas y ahora le piden el justificante de que están arreglando los papeles de la pequeña (están en extranjería) , de la mayor no hablan y no les dan cita porque no podrían constar las vacunas en el sistema. Vuelvo a hablar con la madre y con el mostrador. Cuando vuelvan me llamaran desde allí si hay algún problema.

69. Mujer rumana (febrero 2014)

En el mes de febrero nos pide ayuda para entrar en el Programa de Protección Social de la Salud Pública. Había pedido cita con la Trabajadora Social de su CS pero no se la dieron porque no figuraba en el ordenador. Le ayudamos en alguno de los papeles necesarios, concretamente proponiéndole una declaración responsable de que no procede la exportación del seguro médico desde Rumanía puesto que ella decía que no lo tenía. Lleva aquí unos cinco años. Ante una consulta que le hacemos a la responsable de tarjeta sanitaria con posterioridad a la entrega de la petición en el SCS, nos comunica que prácticamente cumple todos los requisitos y que puede entrar en el Programa. A la vez nos informa que puede solicitar ser incluida en la tarjeta sanitaria de su marido como beneficiaria. Ella intentó por diversos medios tener tarjeta sanitaria cuando se la quitaron en septiembre del 2012, en el INS le comunicaron que podría estar como beneficiaria en la tarjeta de su marido pero que no era posible porque él no estaba trabajando. Parece que él tenía tarjeta porque estaban recibiendo una prestación mensual por su hija pequeña. Nos presentamos en la oficina de la Seguridad Social de Nueva Montaña con una serie de documentos personales que le pedían y ese mismo día le incluyeron en la tarjeta sanitaria. Ya ha estado en consulta médica de su CS y está esperando que la llamen de una Especialidad. Las circunstancias de la pareja no han cambiado en absoluto desde Septiembre del 2012. De la misma forma que ahora le han incluido, lo podían haber hecho entonces. Esto, una vez más, pone de manifiesto la poca claridad y rigor con que se funciona y las diferencias importantes que se dan dependiendo de con qué funcionario te toque. Terminada nuestra actuación ella nos comunica que está dispuesta a colaborar con la Plataforma en aquello que consideremos necesario.

68. Joven Camerunés (febrero 2014) (Caso abierto)

No tiene permiso de residencia pero tiene pasaporte y está empadronado en Torrelavega desde septiembre de 2012. Dolor de rodilla desde su entrada en España, ya que llegó en patera y tuvo que correr por rocas. El chico había intentado que le atendieran en el centro de salud de Tanos pero no le atendieron. Cuando llega acompañado por la plataforma le reconocen inmediatamente. Trato cordial y le dan cita en el momento de urgencias; le dejan elegir al médico de urgencias ya que será el que le seguirá atendiendo en el futuro, según el personal del mostrador. La doctora le atiende sin problemas, le dan cita para hacerse una radiografía en unos días y cita en el médico de cabecera para examinar la radiografía y darle volante para el traumatólogo. Las tres gestiones se desarrollan sin dificultad y el paciente ya tiene cita con el traumatólogo. Diferente ha sido la gestión para que le incluyan en el Programa de Salud Pública; el documento para hacer la solicitud que nos proporcionan tiene sólo una cara, insisto al personal del mostrador de que el documento está incompleto, ¡¡¡llama a la unidad de tramitación de tarjeta sanitaria y le confirman que la solicitud sólo tiene una cara!!! El chico que nos atiende nos cree y llama a la trabajadora social de un centro de salud de Torrelavega quien le pasa el documento para hacer la solicitud con sus dos caras. Rellenamos el documento y aportamos la documentación que tiene el chico camerunés. Por supuesto, nunca ha hecho la declaración de la renta en su país y ni tiene la documentación requerida en el apartado 4.e de la orden. Le han mandado una carta diciendo que le faltan esos dos papeles. La semana que viene volveremos al centro de salud a intentar hablar con la trabajadora social o a adjuntar la documentación de no presentación de los papeles que le piden.

67. Madre nigeriana (febrero 2014)

Acompañamos a una mujer nigeriana y a su hija de 2 años por solicitud de la ONG que las atiende en una casa de acogida. Está en Santander desde hace una semana procedente de otra ciudad, donde había residido desde su entrada en España. La mujer presenta trastornos de sueño, mucho dolor de cabeza y está siguiendo un tratamiento prescrito por la existencia de un parásito. La niña tiene un buen estado de salud y está bien cuidada, pero no ha sido vacunada desde los dos meses de edad hasta la actualidad. Informamos en el mostrador del Centro de Salud de su situación de falta de tarjeta sanitaria y carencia de recursos. Nos atiende una administrativa y la coordinadora del Centro con mucha amabilidad, demuestran conocer la realidad y el protocolo necesario, introducen sus datos en la Plataforma “Civitas”, hacen un parte de asistencia y se le asigna de inmediato un pediatra a la niña y un médico de asistencia primaria a la madre. Se les da cita para el día siguiente. En las mismas, a la niña se le administran tres vacunas y a la madre se le renueva el tratamiento. Atención muy adecuada en ambos casos. Instamos a la ONG para que continúe los trámites necesarios con el fin de obtener los documentos que le faltan para poder acogerse lo antes posible a la Orden del Programa de Protección Social de la Salud y mantendremos contacto permanente con ella hasta la resolución del caso.

66. Joven senegalés (enero 2014)

Fuimos a hablar con la responsable de Tarjeta Sanitaria del caso de un senegalés que, a pesar de tener la tarjeta de residencia en vigor hasta mediados de agosto, le habían dado de baja la tarjeta sanitaria en un CS de la capital en el que ya hemos tenido varios problemas, que tampoco se lo solucionaron.

Dicha responsable le pidió la tarjeta de residencia, comprobó algún dato por Internet y se lo solucionó sobre la marcha, dándole el justificante. Ante nuestra pregunta, nos confirmó que exactamente lo mismo se lo podían haber hecho en el CS, por lo que pondremos mañana una reclamación por escrito en el SCS, ya que los CS dependen de otra subdirección.

65. Joven camerunés (enero 2014)

Joven camerunés, con novia española, al que ésta había llevado a un oculista privado por pérdida de visión en un ojo. Le diagnosticaron una catarata grave que necesitaría seguramente intervención ya que no ve prácticamente nada por ese ojo. El 9 de enero, nos ponemos en contacto con ella y le orientamos qué hacer. Tras dos nuevos contactos con nosotros y con algo de retraso por problemas de horario laboral, la novia tenía cita hoy lunes 20 de enero con su médico de cabecera, al que llevó el informe que le había hecho el oculista privado. El médico le ha atendido sin problema y ha quedado en darle un volante para derivarlo. El 28/02/2014 el médico del CS le dio el volante manual para Oftalmología de Valdecilla. Tras varios vete y ven entre consultas de Valdecilla y CS, le acompañamos hoy al CS. Es el mismo CS del caso de la armenia del nº 51, la actitud ha cambiado totalmente (parece que ha servido de algo la queja en el SCS). Con el pasaporte que tiene desde hace un mes, lo meten en el sistema y le asignan un médico. Pasará primero por la consulta y luego lo derivarán al especialista. Este chico entró hace 7 meses por la valla de Melilla y tiene un papel que lo demuestra. Posteriormente ha estado en Córdoba y con Cruz Roja en Torrelavega. Aunque lleva empadronado en un Ayuntamiento de Cantabria tan solo 2 meses, dada su situación, vamos a intentar que lo incluyan en el Programa. Preguntamos en el mostrador del CS por la solicitud de inclusión en el Programa de Salud Pública y no tienen nada, ¡dicen que no es allí donde hay que tramitarlo! . Llaman a otro CS cercano y lo mismo, por lo que se lo comunicaremos a la responsable de Tarjeta Sanitaria para que les informe. La semana que viene vamos a intentar que nos reciba el Trabajador/ra Social del CS para iniciar los trámites. Le hemos acompañado a la consulta del médico de cabecera, que nos ha atendido estupendamente, y le ha dado el volante para el oftalmólogo. En el mostrador (buen trato también) directamente nos han dado la documentación del Programa (le habíamos enviado un correo a la responsable de tarjetas sanitarias) y le han dado cita para el 14 de abril. Hemos quedado con la novia en esperar a ver qué le dice el oftalmólogo y, si es urgente, preparamos los papeles aunque no lleve 6 meses empadronado.

64. Mujer joven venezolana (enero 2014)

Acudimos en la tercera semana de enero 2014 a un CS de la ciudad a acompañar a una mujer que a últimos de diciembre no le dieron atención médica porque se habían pasado los 40 días de posparto. En este CS la habían atendido en su embarazo de acuerdo con el RD 16/2012 como es preceptivo. En el momento que asiste a últimos de diciembre le entregan el impreso para solicitar el Programa Cántabro de Protección de la salud Pública y le piden que reúna los documentos que se piden. Ella no hace nada bastante despistada con el tema. Cuando nos acercamos al mostrador a demandar atención sanitaria para ella, nos envían a la trabajadora social sin derivarnos a un médico. La trabajadora Social llama a la matrona que le había atendido con anterioridad y de una forma casera, se le atiende. En lo que tiene que ver con la solicitud del nuevo Programa, la TS da buena atención. Nos dice que ella está recogiendo las solicitudes de inscripción en el Programa y dando orientaciones. Como a la persona a la que acompañamos le faltaban 2 papeles la acompañamos a la busca del más peliagudo, el "Informe/resolución denegatoria de la inscripción en el Registro Central de Extranjeros”. Fuimos a Extranjería a solicitar la inscripción. Nos dijeron que no podía ni siquiera solicitar la inscripción porque para eso tiene que llevar 3 años viviendo en España y ella lleva 6 meses. Cuando le insistimos y le mostramos la Orden en que se pide la denegación de la inscripción dijo que era la primera vez que se lo pedían con esa finalidad y fue a consultar a un superior. Cuando volvió repitió lo mismo y dijo que podíamos solicitar una autorización de Residencia temporal..que como no tiene derecho tampoco, no lo van a tramitar pero nos pueden dar un papel indicando la no tramitación. Nos han dado un impreso de solicitud y una cita para el martes 21 para este cometido. Esperamos que ese papel sirva como requisito 4e. Creemos que lo que se pide es bastante rocambolesco. Es bastante absurdo que se pida algo que no se a poder presentar si no tiene 3 años de estancia. Quiero recordar que en el caso de Galicia o Aragón, tenían también problemas con este requisito. Además es delicado y comprometedor para el inmigrante sin permiso de residencia ir a la policía a pedir la resolución denegatoria de la inscripción, además de ser disuasorio. Por eso me parece urgente la reunión prometida con la Consejería para ver la manera de simplificar el procedimiento. Además la gente se va a seguir poniendo enferma y con este ejemplo del caso que presentamos, nos tememos que va a costar que den la atención sin estar en el Programa.

63. Mujer nigeriana (enero 2014)

A mediados de Diciembre de 2013 una trabajadora del centro de Interculturalidad de Torrelavega solicita acompañamiento para una mujer subsahariana que demanda interrupción voluntaria del embarazo. Informa, a su vez, que en una gestión inicial que ella realizó, le comunicaron que esa atención no estaba cubierta por el Servicio Cántabro de Salud. Solicitamos el asesoramiento de una médica de la Plataforma. Esta se pone en contacto con la responsable de IVE de la Vicedirección de Asistencia Sanitaria y nos trasmite el procedimiento a seguir: Ir a La Cagiga, pedir que se tramite la asistencia y que luego la Vicedirección de Asistencia Sanitaria, decidiría sobre su facturación. Así lo hicimos no sin antes tener que volver al Servicio de Tarjeta Sanitaria para que se le incluyese en la Base de Datos y poder así ser citada. Se le da cita para mediados de diciembre. La víspera de la fecha acordada se nos comunica de pare de la Vicedirección de Asistencia Sanitaria que para ser atendida necesita estar en el “Programa Cántabro de Protección de la Salud Pública” recientemente aprobado. Nos dirigimos a solucionar el problema al SCS. Allí, la responsable de tarjeta sanitaria nos dice que nuestra acompañada tiene todos los  documentos que se exigen a excepción del G “Copia de la declaración de las personas físicas…” que se podría suplir con un escrito del Consulado del País correspondiente. Preocupadas por aproximarnos a la fecha tope de semanas de embarazo para poder hacer el IVE sin riesgos de ningún tipo, acudimos al despacho de la persona que se ocupa de este tema en la Vicedirección de Asistencia Sanitaria a proponer la autorización de la interrupción en la Clínica Lagos de Bezana con pago condicionado a la posterior entrega de los documentos. La respuesta es que no está facultada para esa autorización. Hay que solicitarlo a la Vicedirectora de Asistencia Sanitaria que no está ni va a estar ese día en el SCS. Le damos nuestros teléfonos para que a la mayor  brevedad se pusiera en contacto con nosotros. Movidas por la preocupación del paso del tiempo al que antes hemos aludido y los días festivos que se avecinaban que añadían dificultad a la ya existente, acudimos a la clínica Los Lagos y nos dan fecha para la IVE el día 26 de diciembre. El viernes 20 de diciembre, La Vicedirectora de Asistencia Sanitaria se pone en contacto con  nosotras. Nos dice que van a aceptar, en lo que respecta al requisito g), el registro del Consulado de haber solicitado esa información fiscal. Nos ponemos en contacto con el Centro de Interculturalidad de Torrelavega, avisamos a nuestra acompañada para que se presente allí con el pasaporte. En dicho Centro ven difícil conseguir el Registro del Consulado en Madrid, habría que personarse allí etc. Optan por hacer la petición por Fax entendiendo que la recepción del documento en el Consulado podría valer como registro del mismo. El día 26 acudimos a la clínica Los Lagos para la realización del IVE. Como la ecografía previa realizada indica que estaba de bastante menos tiempo de lo que pensábamos, optamos por posponer la interrupción una semana. De esta forma nos daba tiempo de comprobar en el SCS si el documento g) emitido por Fax, era válido, y poder hacer la asistencia dentro del Programa Cántabro de Protección Social de la Salud Pública. El documento fue considerado válido y después de la preceptiva entrevista en La Cagiga se le entrega el volante para realizar la IVE el 2 de Diciembre en la Clínica Los Lagos. El 1 de enero al ponernos en contacto con nuestra acompañada para quedar para el día siguiente nos comunica que ha sufrido un aborto natural el día 30 siendo atendida de urgencias en Sierrallana donde estuvo ingresada. A través de Interculturalidad de Torrelavega se envió el informe médico de Sierrallana por Fax a La Cagiga a cuya coordinadora se informó personalmente y se le pidió que trasladara toda la información a los responsables del SCS.

62. Joven senegalés (enero 2014)

Tiene NIE en vigor pero ha ido 4 veces a su Centro de Salud y siempre le han dicho que su Tarjeta no era válida, que tenía que pagar el 100 % de los tratamientos. No duerme por las noches debido a un posible problema alérgico que le impide respirar y le provoca dolores de cabeza y mucho cansancio. En su Centro de Salud dicen que no pueden hacer nada que eso depende del INSS. Al insistir nos dicen que esperemos a una encargada. Dos horas de espera y no llegó. Nos fuimos al INSS donde afirman que tiene todo el derecho a la asistencia y nos sugieren que volvamos al CS y nos dan un teléfono de un responsable de Tarjeta Sanitaria por si tienen problemas. Acudimos a otro Centro de Salud (distinto del primero) y en cinco minutos le solicitan una nueva Tarjeta, le entregan el resguardo y le dan cita para el primer día hábil (sin tener que recurrir a ninguna ayuda externa). En ese CS, para conocer la situación, solicitamos la instancia para el Programa Cántabro de Protección de la Salud Pública y nos la entregan sin problemas.

61. Joven senegalés (diciembre 2013)

Lleva siete años residiendo en España. Se dedica a la venta ambulante. Con la tarjeta médica válida hasta mayo de  2013. Habla y comprende bien el español.  Llama al teléfono de la plataforma porque necesita asistir a una consulta médica.  Le acompañamos al centro de salud más cercano a su domicilio. Allí hace meses le atendieron pues tenía asignado un médico.  Tiene dolores lumbares y en las piernas, picores en los pies y algún malestar más.  En el centro de salud presentamos su tarjeta y explicamos la necesidad de que sea atendido.  El médico que le atendió en otra ocasión está de baja médica y nos dan una consulta con una médica de urgencia en esa misma mañana.  La médica la hace una serie de pruebas para valorar los aspectos más urgentes, los dolores y el problema de los picores. Los otros aspectos los remite a una consulta posterior no de urgencia.  Le solicita una prueba radiológica.  La actitud de todo el personal ha sido muy buena.  Seguiremos acompañándole a mediados de enero cuando se lleve a cabo la prueba y en la posterior o posteriores consultas. Se acude nuevamente a medicina general el 2 de febrero de 2014, para buscar resultados radiografía. A la vista del estudio radiológico el médico le solicita una resonancia magnética. En el mostrador anotan la petición y nos advierten que para esta prueba hay mucha demora. El 14 de marzo se llama al ambulatorio para preguntar si saben cuando le harán la resonancia. Nos informan que como máximo en dos semanas nos avisaran. El 22 de abril le hicieron la resonancia en Valdecilla y el miércoles, 30 le acompañaremos para recoger el diagnóstico en la consulta de su Centro médico (Los Castros). No tiene tarjeta sanitaria por lo que se iniciaran los trámites para que la obtenga. El resultado de la resonancia no evidenció problemas serios, según nos notificó el médico del C.S. En mostrador nos dicen que tiene tarjeta sanitaria en vigor hasta 2017. Como la ha perdido, nos dan una fotocopia de la misma, válida para cualquier gestión, hasta que le envíen a su domicilio la original. Nos llamó para que le pidiéramos cita porque el ya había llamado a su centro de salud pero no lograba comunicar. El lunes fuimos a la doctora (nueva y agradable). Le hizo en la consulta un control de diabetes y le solicito una analítica completa de sangre y orina. Además le recetó unas pastillas y pomada para el "pie de atleta" que tiene. El análisis se le hacen el día 16 e irá solo. El 27 le dan los resultados y hemos quedado en que le acompañamos de nuevo. En el mostrador preguntamos por su tarjeta, pero al haber cambiado de domicilio tiene que volver a llevar pasaporte y certificado de empadronamiento.

60. Joven camerunés (5-12-13)

Lleva varios años en España, habla bien el español. Empadronado. Hace un año sufrió un accidente casero y se hizo un corte profundo en el dedo pulgar de la mano derecha. Le hicieron una cura en urgencias y desde entonces no ha recibido asistencia. El dedo no lo mueve. Hizo un intento en este tiempo para que le atendieran y no tuvo éxito, incluso noto una mala actitud por parte del facultativo que le iba a ver y que finalmente no lo vio. Acude al teléfono y hoy vamos al centro de salud. Explicamos su caso y todo ha ido bien. Le ha atendido un médico, ha visto el problema y ha pedido una radiografía. Cuando se la hagan vuelve al centro y se valorará que pasos hay que seguir dando.

 

5-12-13 día de la publicación de la Orden

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59. Mujer chilena (20 de noviembre)

Mujer chilena de 57 años. Lleva en Cantabria casi un año. Vino para atender a su hija en el momento del nacimiento de su nieta. El parto fue problemático y el bebé está recibiebdo atención en rehabilitación. Esta fue la causa de que no volviera a Chile en su momento y perdiera el billete de vuelta que ya tenía comprado. Está empadronada y no trabaja. Su yerno como su hija tampoco tienen en este momento trabajo. Viven en una situación muy precaria. Llamó al teléfono de la Plataforma pues padece dolores de cabeza y ruidos en los oídos. Nunca ha sido atendida hasta hoy en la sanidad española. Acudimos al día siguiente de su llamada al centro de salud que le corresponde por domicilio y explicamos en el mostrador su caso. Nos dicen que allí no la pueden atender y que tendríamos que ir a tarjeta sanitaria para regularizar su situación. Esto es lo que al parecer le dijeron después de una llamada de teléfono que realizaron. Les decimos que desde la Consejería de Sanidad se ha afirmado repetidamente que en Cantabria se atiende a todo el mundo, con o sin tarjeta. Nos dicen que están esperando instrucciones de la Consejería pero que a día de hoy no ha habido ninguna notificación y que allí no pueden atenderla. Les presentamos una fotocopia del escrito de Carlos León en el que se reafirma que se atenderá a todas las personas que lo soliciten. Hacen una fotocopia del escrito y me dicen que lo consultarán. Ante nuestra insistencia, nos dicen que hay en el centro un facultativo que se hace cargo de estos casos y que vayamos a su consulta. La atención por parte de la doctora es muy bueno interesándose también por la situación personal de la paciente. Al realizarla unas pruebas comprueba que tiene la tensión alta y la da una serie de recomendaciones y la cita una semana más tarde para hacer un seguimiento del tema. En las preguntas que le hace aparecen también problemas ginecológicos y nos recomienda ir a la Residencia Cantabria, vía urgencias, para que la observen.

58. Mujer de Moldavia (noviembre del 2013)

Acompañamos a una mujer moldava a un Centro de Salud de Santander, aquejada de fuertes dolores estomacales. Decidimos ir a ese Centro de Salud porque en el momento actual reside en una calle correspondiente a ese Centro. Desde el principio de nuestra presencia en el mostrador la situación se fue complicando. El personal administrativo empezó a desgranar una serie de negativas como que la tarjeta había perdido validez después del 1 de septiembre del 2012 y por lo tanto no se le podía atender, que la carta que le mostramos de Carlos León no tenía nada que ver con ellas, que fuéramos a hablar con él etc. Todo ello con un tono y una actitud totalmente irrespetuosa con la inmigrante y las acompañantes. Le pedimos una hoja de reclamación pero nos dimos cuenta entre todo aquel cúmulo de palabras airadas que ante una pregunta formulada por la administrativa a la inmigrante relativa a la calle en que estaba empadronada, ella respondió con la calle original que no se correspondía con la de la residencia actual y que por lo tanto no estaba dentro del distrito del CS. Este hecho fue malinterpretado como un intento por nuestra parte de no decir la verdad con lo que la actitud irrespetuosa se incrementó. A continuación nos dirigimos a al Servicio Cántabro de Salud a hablar con los responsables de Tarjetas sanitarias. Su trato e información fue impecable. Le recomendó que cambiase la dirección postal del empadronamiento igual que hacemos todos los ciudadanos cuando cambiamos de residencia, y que mientras tanto podía asistir al Centro de Salud correspondiente a la anterior dirección. Así lo hicimos y al día siguiente asistimos a su primitivo Centro de Salud. En el mostrador el trato fue muy correcto y cordial indicando que muy posiblemente en el despacho del médico que nos asignó tendríamos que firmar el parte de asistencia y/o facturación. Nos dieron cita para el día siguiente acomodándose a nuestras preferencias horarias. La asistencia médica fue impecable. Después de un reconocimiento le hizo un diagnóstico de gastritis prescribiendo un tratamiento para la misma. A su vez emitió un volante para asistir a urgencias de Valdecilla en caso de que en 3 días no hubiese experimentado mejora. A los 5 días, a través del móvil, la inmigrante nos informó de que su estado era mucho mejor. Decidió esperar un total de 15 día para comprobar si su mejora se mantenía. En esta consulta, el médico, conocedor de la situación de exclusión de los inmigrantes y del trabajo de la Plataforma decidió no emitir ningún parte de asistencia y/o facturación.

57. Rumano (cerrado en febrero 2014)

Acompañamos a un chico rumano, operado del tobillo y todavía con muletas, al centro médico en el que no le habían atendido. Nos dieron cita con una enfermera y nos costó un poco averiguar qué había pasado. Finalmente comprendimos que seguía siendo atendido en el hospital para las curas y que en el centro de salud tenía que entregar el informe de la operación, lo que no le habían aceptado en el mostrador. La enfermera le examinó, le recogió el informe y le dijo que fuera directamente a su consulta otras veces. El martes 12 le acompañamos a la consulta en el hospital.

No hay problema con las citas en la consulta de trauma, tras la operación. Está en trámites con Cáritas para solucionar el tema de su tarjeta sanitaria.Solo hubo algo de problema con una enfermera que no daba ninguna facilidad, a pesar de la dificultad que tiene de moverse al tenerse que manejar con muletas.

El martes, 19/11/2013, le acompañamos de nuevo a la consulta, solo porque va con muletas, no porque no le atiendan.  Lo siguen atendiendo (ahora ya con revisiones) en la consulta de trauma de Valdecilla.

El 07/02/2014 nos informa la responsable de Tarjeta Sanitaria que, al llevar tiempo aquí, se le va a dar la tarjeta sanitaria incluso sin Informe Social. El 28/02/2014 nos confirma que ya tiene tarjeta sanitaria.

56. Niño brasileño de 11 años (octubre de 2013) (Caso abierto)

Acompañamos a un centro de salud de Torrelavega a un niño brasileño que ha sufrido hace meses en su país de origen una caída con efecto de traumatismo moderado. Estuvo hospitalizado durante tres días. Su madre está preocupada porque el niño sufre algunos trastornos y sangra con frecuencia por la nariz. Nos pide el acompañamiento a la Plataforma la orientadora de su colegio, que asimismo solicita por escrito la revisión neurológica del niño. Con anterioridad, se le ha negado en este mismo centro la asistencia y la administración de vacuna, hasta tanto su madre que es irregular (no tiene trabajo ni tarjeta de residencia) no arregle los papeles requeridos. En el mostrador nos repiten la negativa realizada a su madre. Respondemos a la funcionaria que la ayudaremos a tramitar la petición en el servicio correspondiente, pero que deben asignarle hoy mismo un pediatra y consulta a lo que el niño tiene pleno derecho, ya que no está excluido por el Decreto. Lo conseguimos. La médica le atiende de inmediato con muy buena disposición y, ante los nuevos inconvenientes de la funcionaria del mostrador para emitir el parte interconsultas, llama a otra compañera pediatra para informarse bien, y finalmente lo soluciona del modo habitual: rellena a mano el parte con la petición de consulta especializada en la Residencia Cantabria. Dejamos claro a la madre los pasos para la documentación que tiene que presentar con el fin de regular la asistencia médica del niño. Proseguiremos con el acompañamiento una vez se concrete la cita especializada y hasta culminar el proceso de diagnóstico y tratamiento.

55. Niño rumano de 4 años

Niño de 4 años, operado el pasado año del corazón en Madrid. El niño tiene tarjeta sanitaria de la Comunidad de Madrid con vigencia para varios años. Actualmente ha venido a vivir a Cantabria . Su madre carece de permiso de trabajo. Han ido al centro de salud de la localidad donde vive  y le dicen que no pueden atender al niño mientras su madre no aclare su situación. Por los datos que tenemos hasta ahora, que confirmaremos mañana en la visita que haremos al centro de salud, parece un caso muy grave de no atención a un menor. Nos presentamos en el centro de salud y explicamos el caso. La persona que nos atiende tramita la petición de la necesidad de que al niño le sea asignado un pediatra. Realizada la inscripción del niño se pide una consulta y esta  se llevará a cabo en esa misma mañana. Parece que el tema está encauzado, como no podía ser de otra forma. La atención recibida en el mostrador ha sido satisfactoria.

54. Joven camerunés procedente de Guinea Conakri  (Octubre 2013)

El martes 15 de octubre acompañamos a un centro de salud de Torrelavega a un hombre de Guinea Conakri de 27 años que padece fuertes dolores de cabeza desde que recibió un golpe con un fusil. Llegó a España con una petición de asilo. Ha vivido en Ceuta y Algeciras. Reside en Torrelavega desde hace un mes, sin empadronamiento. Es voluntario en Cruz Roja. Tiene una tarjeta de asistencia sanitaria de Algeciras que caduca el 31-10-2013. No había intentado antes recibir asistencia en un centro de salud de Cantabria ; ha recibido atención en dos ocasiones en el servicio de urgencias, donde sólo le han recetado analgésicos de manera que, en cuanto se le pasa el efecto, reaparece la cefalea. En el mostrador, la administrativa, tras comprobar en el ordenador que no tiene la Tarjeta Sanitaria en vigor, nos comunica que no se le puede dar cita médica. Nos pregunta por su situación y le decimos que es voluntario de Cruz Roja de Torrelavega. Nos dice que vayamos al centro de Cruz Roja, que allí tienen la información para gestionar el tema. Vamos a Cruz Roja donde nos dicen que ellos no tienen ninguna información al respecto, que, al igual que nosotros, gestionan los casos que les van llegando como pueden. Volvemos al centro de salud, presentamos el escrito de Carlos León en el que se indica que todas las personas tienen garantizada la asistencia. Les pedimos que consulten con las autoridades sanitarias que han afirmado públicamente este compromiso. Después de dos horas y de insistir nos dan una cita para una consulta al día siguiente, advirtiendo que habrá de emitirse el Parte de Asistencia y/o Facturación. Al día siguiente la consulta se lleva a cabo con normalidad y después de un examen minucioso se le pauta un tratamiento y el médico le realizará el seguimiento. Le da una nueva cita para dentro de 15 días.

53. Mujer marroquí (octubre 2013)

Acompañamos a un Centro de Salud de Torrelavega a una mujer marroquí de 52 años que está aquejada de vértigos y pérdida de agudeza visual en el ojo derecho. Está empadronada y reside en Torrelavega desde hace 7 años, ha trabajado y cotizado a la SS durante varios años. Ahora está en el paro sin subsidio y se le ha retirado la tarjeta sanitaria a raíz del Decreto 16/2012. Se ha puesto en contacto con la Plataforma al negarle con anterioridad el derecho a la asistencia en este mismo Centro. En lugar bien visible de la pared de la entrada figura el cartel (también está colgado en otros centros de salud) que dice con letras grandes y mayúsculas: “Para solicitar cita médica es imprescindible presentar la tarjeta sanitaria junto con el DNI. Igual que para realizar cualquier trámite administrativo”. En el mostrador, la administrativa, tras comprobar en el ordenador que no tiene la Tarjeta Sanitaria en vigor, nos comunica que no se le puede dar cita médica. Nos envía a la SS para tramitar, pero nos negamos a ese viaje porque ya sabemos por casos anteriores que es inútil. Argumentamos e insistimos con nuestros planteamientos y las afirmaciones de la carta de Carlos León y entonces se nos da cita para 3 horas después, advirtiendo que habrá de emitirse el Parte de Asistencia y/o Facturación. Se le asigna la médica de cabecera que siempre ha tenido en este Centro. La mujer, que habla bien español, nos dice muy rotunda que se niega a pagar nada y que renuncia a la visita. Intentamos convencerla de que es importante un diagnóstico y análisis para solucionar su problema de visión, porque puede evolucionar y ser importante para su salud, y que no debe preocuparse porque esta facturación no se está cobrando hasta el momento por parte del SCS. Ella está indignada por negarle el derecho y preocupada porque teme las consecuencias de firmar cualquier deuda ante cualquier trámite futuro en Extranjería. Llamamos a otra compañera de la Plataforma para que insista también y, al final, la convencemos con la promesa de que si algún día se lo quieren cobrar que se ponga en contacto con nosotros y que desde la Plataforma trataremos de buscar soluciones. Nos recibe su médica de atención primaria, que la atiende con suma amabilidad y que dice que lo siente pero que necesita emitir el parte de asistencia para acceder a su historia clínica. La explora y la cita para un análisis de azúcar y una prueba para el vértigo 2 horas más tarde, evitando emitir un nuevo parte. Le hace una receta “Nofar” para aliviar los mareos. Damos por sentado que seguirá atendiéndola esta misma doctora hasta el final del proceso. 

52. Mujer mayor peruana (octubre 2013)

Acudimos a un centro de salud de Santander con una mujer de 77 años aquejada de dolores musculares resultado de una caída en su casa con motivo de la cual, la asistieron en urgencias de Valdecilla, y de hemorroides. El hijo llamó preocupado por la “factura” que le dieron en Urgencias de Valdecilla. Vimos que era el parte de asistencia y facturación que le hicieron firmar con el aspa en 163,60 euros, a pesar de haber sido un caso de urgencias, contemplado por el Decreto Ley 16/2012. Hay que añadir que esta persona tiene permiso de residencia y está en Santander desde hace 4 meses por agrupamiento familiar reclamado por un hijo. Con todo, parece que hay problemas para que le den tarjeta sanitaria y está en manos de un abogado del MPDL.

En el mostrador del Centro de Salud la Coordinadora de Administración rellenó el impreso Documento para la emisión y/o modificación de la Tarjeta sanitaria. En este impreso se recogieron los datos personales de la persona inmigrante así como los Datos Asistenciales en los que se le asignó un médico del centro de salud, diciéndole que en adelante tendría que ir siempre con este médico. Este mismo día le dieron cita para 3 horas después. Como parecía que estaba todo muy claro y el hijo la acompañaba, la acompañante decidió que pudieran ir solos. Unas horas después una llamada telefónica del hijo informó que el médico, al no ver el nº de afiliación a la SS no la atendió, alegando que tendría que pagar y le iba a salir muy caro.  Al día siguiente volvimos al Centro de Salud, nos dieron otra cita, también para tres horas después, y en esta ocasión el médico la atendió al escuchar nuestros argumentos. La atención fue correcta. No utilizó el parte de Asistencia y Facturación y le dio prescripción mediante las recetas verdes (no sabemos si lo que antes se llamaba blancas). Esta incidencia constata que no se les puede dejar solos en ningún momento del proceso asistencial. El mero hecho de no ver el nº de afiliación, al carecer de las instrucciones oportunas, el médico declina la atención, a pesar de que en este caso (no sabemos por qué) se le había asignado un facultativo.

51. Mujer armenia (octubre de 2013)

A través de los Servicios Sociales de Santa Mª de Cayón, conocemos el caso de una mujer Armenia, a quien su primo acompañó al Centro de Salud y no quisieron atenderla. En enero, le recetaron medicación para la tensión y para la bajada de la menstruación, pero le dijo la misma doctora que no iba a volver a atenderla. No ha tenido ningún control desde entonces y cuenta que ahora tiene molestias, siente punzadas en el corazón y le gustaría que le hicieran alguna analítica. El primo, que habla bien español y tiene mujer e hija pequeña, sí tiene tarjeta y la doctora le dijo que fuera a la Seguridad Social en Santander para meter a su prima en su tarjeta (cosa que es impensable que ocurra). Le hemos acompañado al centro de salud donde, tras la identificación como representante de la Plataforma, le han preguntado quien no le había querido atender, le han pedido la identificación de su prima y la han buscado por el número de pasaporte, dándole cita para pasado mañana con otro doctor, ya que la doctora no estaba. Les hemos dejado una copia de la respuesta de Carlos León a la reclamación de la Plataforma, el administrativo se lo iba a dar a la doctora y le he solicitado que informen también al facultativo responsable de ese Centro de Salud. Hemos quedado con el primo en que si tienen alguna dificultad nos llamen de nuevo y, en ese caso, si no se solucionara, haríamos una reclamación. Con posterioridad nos dirigimos a los Servicios Sociales Municipales para informarles de cómo estaba el tema y nos comunicaron que, por su experiencia, es posible que solo haya problemas con esa doctora. En los últimos días hemos llamado 2 veces a su hermano para ver cómo iba el proceso. El día de la cita (jueves 10) les atendieron pero, a la hora de decirle lo de los análisis de control por la medicación, le dijeron que volviera el viernes porque no aparecía en la base de datos y tenían que consultar cómo hacerlo. Quedamos que nos llamaría después con lo que le dijeran. Nos llamó y comentó que le habían dicho que no podían pedirle los análisis y que fuera al INSS para intentar meterla en su tarjeta. Quedamos con él en el INSS, en Santander. Ya le habían dicho que no era posible incluirla en su tarjeta y que fuera a las oficinas del SCS, en la Residencia, para suscribir el “Convenio de Acceso a la Sanidad Pública” y les habían contado lo del pago de los 60 €/mes. Le aclaramos que el Convenio no estaba en vigor y que, si estuviera, su prima no tendría que pagar porque no tiene recursos. Fuimos con ellos 2 porque está claro que, en cuanto los dejamos solos, los marean y no les atienden. En cualquier caso, si no lo solucionaban, íbamos a aprovechar para presentar una reclamación. De Información nos pasaron a la ventanilla siguiente, que era del tema de tarjetas. Aquí un funcionario nada concienciado nos dijo, más o menos, que qué quería si no tenía papeles. Al decirle que la Consejera y Carlos León dicen que se atiende a todo el mundo, nos remitió a su jefa, responsable de las tarjetas sanitarias. Esta funcionaria fue muy amable, didáctica y efectiva. Nos dijo que tenían que haberla atendido en el Centro de Salud, les preguntó sus datos, el nombre del facultativo y nos explicó cómo funciona el tema. Le comentamos que, en la Plataforma, nos ha pasado en muchas ocasiones y le solicitamos que llamara ella al Centro de Salud de Cayón, en Sarón, para aclararlo. Primero trató de localizar a la responsable de los Centros de Salud y, en vista que no la localizó, llamó directamente al Centro de Salud de Cayón para informarse. En un momento le fue indicando por teléfono, al del mostrador, los pasos que tenía que ir haciendo en el ordenador para meterla en el sistema. Nos fuimos de allí con el tema resuelto y un documento que les dio, con su nueva médica y el número asignado como paciente. Lo de cambiarla de médica fue porque nos dijeron en los Servicios Sociales, que la otra era problemática. Parece ser que tienen que darles de alta, en el mismo Centro de Salud, en la Base de datos CIVITAS, que es una base de datos poblacional interna del SCS, que les permite asignarles un código que les da acceso a los análisis y a todo lo demás. Lo único es que, mientras que no llega la Instrucción que nos dijo la Consejera, tienen que seguir pagando los medicamentos en su totalidad. Oímos que le daba de alta en el tipo de aseguramiento “PRIVADO” y le han puesto un período de caducidad hasta el 31 de diciembre para que, según dijo, dé tiempo a que esté resuelta la Instrucción. Al colgar el teléfono, le preguntamos si al ser “privado” le iban a facturar y me ha dicho que no, que no facturan a nadie. Además la chica Armenia, cuyos 2 hijos sí están dados de alta en el SCS, va a cumplir todos los requisitos para no pagar porque no tiene recursos y está empadronada desde hace 3 años en Sarón. Insistimos en que los Centros de Salud, por nuestra experiencia, no lo tienen claro y que sería bueno que les dieran las pautas claras. Nos dijo que había estado ella personalmente con el informático durante 3 semanas de septiembre por los Centros de Salud y en las urgencias, enseñando a los administrativos de admisión cómo deben hacerlo. Comentó que han eliminado la ficha corta porque no permite derivar (al no dar acceso al “CIF Autonómico”) y para, de esta manera, obligar a utilizar la Plataforma CIVITAS en los Centros de Salud. Nos había comentado al principio que estaban ultimando la Instrucción de Salud Pública, pero que estaban teniendo algunos problemas administrativos para acabarla y que querían sacarla antes que el Convenio de Acceso a la Sanidad Pública. Por lo que aprovechamos para decirle, cuando nos íbamos, lo de exigir un año de empadronamiento, que a nosotros no nos había dicho la Consejera y que no coincide con los 6 meses de su modelo gallego. Me confirmó que las instrucciones que les ha dado la Consejera hablan de 1 año. A lo que le dijimos que no nos parecía justo y que íbamos a insistir en ello. Aunque en principio no hay ya problema para que la atiendan en el Centro de Salud, hemos quedado con los armenios que, en cuanto le den cita, nos avisan para que les acompañemos. No habla muy bien español y necesita que vaya siempre su primo. Esta chica entró como turista desde Italia, con lo que hace mucho que está caducado el permiso y al preguntarle la funcionaria si estaban tramitando el permiso de residencia, el primo dijo que estaban pendientes de un contrato de trabajo que le iban a hacer. A lo que ella comentó que tuvieran mucho cuidado porque había muchos engaños, decía que es como la pescadilla que se muerde la cola, para darte el permiso de residencia te piden un contrato de trabajo y para hacerte un contrato de trabajo te piden que tengas el permiso de residencia. El marido les ayuda enviándoles dinero para el alquiler, desde Rusia, pero no puede venir porque tendría el mismo problema. No os pongáis demasiado contentos porque, aunque en el papel lo estaba, en la realidad no estaba todo solucionado. Fuimos con Anna y su hermano a la cita que tenían el pasado jueves en el Centro de Salud y esperé fuera. A pesar de que se suponía que estaba solucionado, a la hora de desviar para los análisis, la doctora no veía ningún número que pudiera ser el código autonómico y decía que no le permitía el sistema hacerlo. Después de que llamaran a las oficinas de la Gerencia de Atención Primaria y no se aclararan, nos dijeron que no estaba bien hecho y que tendrían que aclararlo en Santander. Tras un paciente debate en el mostrador, sin que solucionaran nada, les dijimos a los armenios que les llamaríamos y decidí ponerme en contacto de nuevo con la responsable de las tarjetas del SCS. Localizamos su número directo y nos comentó que tenía que ser como nos había dicho el día anterior: al meter los datos de la paciente en el CIVITAS tiene que aparecer un CIF Autonómico que empieza por SCS. Que no tenía sentido que no le funcionara a la doctora porque no es el primer paciente privado al que se atiende en Cantabria y que, si no le dejaba, tendría que solucionarlo poniéndose en contacto con los del OMI que, parece ser, es el sistema informático para pacientes e historias clínicas. En todo caso, mientras lo solucionaba, podía hacerlo de forma manual.Tras hablarlo con la doctora y en el mostrador, le han dado la cita para hacer los análisis allí mismo, el día 28. La doctora estaba algo alterada con el tema, desde nuestro punto de vista se agobian con los temas informáticos y nos dijo que nunca había tenido un paciente privado, pero su actitud cambió cuando le dijimos que lo único que nos preocupaba es que no se quebrantara un derecho humano como era el derecho a la salud de cualquier persona. Sin embargo no parecen tener intención de ponerse en contacto con los de Informática, por lo que parece oportuno poner una queja en la Gerencia en relación al no funcionamiento del sistema, al menos en Sarón. Ya que nos tememos que, si no hacen algo antes, el día 28 volveremos a tener problemas. El 28/10/2013 fuimos a la extracción, pero no la llevaron a cabo porque dijeron (tanto el enfermero como la doctora) que habían llamado desde la Gerencia de Atención Primaria para posponerlo unos días con el objetivo de asignarle un nº (CIF autonómico quizás) con el fin de evitar que la analítica se perdiera por Valdecilla, al no tener tarjeta. Nos dijeron que volviera el jueves 31/10/2013 para ver si ya les habían llamado para darles el nº, pero ese día tampoco había llegado y de nuevo les pidieron que volvieran a la semana siguiente. El 08/11/2013 el enfermero les dijo que llamaban al teléfono que le habían dicho de la gerencia y no contestaban. Fuimos de nuevo a la gerencia para averiguar qué pasaba y tras hablar con la secretaria del gerente pusimos una nueva reclamación, como continuación de la anterior, explicando las incidencias posteriores y solicitando saber por qué (a pesar de lo que dicen la Consejera y el Gerente) no le están atendiendo, rogándoles una pronta solución al problema para que reciba la asistencia sanitaria que, desde un punto de vista humano, tienen derecho a recibir. La secretaria del gerente logró averiguar finalmente que quien tenía que solucionar  el tema del número y llamar, era la responsable de informática que estaba de vacaciones y no volvía hasta el martes 13; también estaba de vacaciones la responsable de tarjetas. Continuamos por tanto pendientes del número. Seguimos insistiendo en la Gerencia de Atención Primaria para ver si dan una solución definitiva al tema informático, aprovechando que la doctora ya le ha hecho una revisión y que los análisis no son urgentes. El 18-11-13 les han llamado desde el Centro de Salud diciéndoles que ya tienen el famoso NÚMERO ESPECIAL que estábamos esperando desde el 28 de octubre. Parece que han solucionado el problema informático y les han dicho que se pasen dentro de un par de días por el CS, a recoger el volante para la analítica en Valdecilla. A ver si de verdad han solucionado el tema informático definitivamente y no hay más problemas a la hora de derivar. Nos han llamado los armenios para decirnos que ya les han dado un volante, en el CS, para hacerse los análisis en Valdecilla. Con lo que se ha conseguido que arreglen la derivación y que entren en el sistema. Se puede considerar, por tanto, solucionado hasta el momento. Acogimiento a la orden SAN/20/2013. 08/01/2014. Cuando fueron a solicitar el papel a su CS para acogerse a la orden SAN/20/2013 para la asistencia sanitaria, como les habíamos avisado, les volvieron a marear enviándolos a las oficinas de Calvo Sotelo de Santander. Naturalmente les dijeron que allí no era. Al contactar con la responsable de tarjetas del SCS, nos dijeron que presentáramos la solicitud directamente donde ella y que en vez de los datos que se piden al país, que solicitaran directamente el INFORME SOCIAL al Trabajador/a Social de los Servicios Sociales o al del Centro de Salud porque si es difícil obtenerlos de Nigeria, de Armenia es imposible. Lo cual está bien ya que es fundamental que recurran a este informe social para solventar deficiencias. Solventado el tema del consulado, solo les faltaba el "Informe/resolución denegatoria de inscripción del Registro Central de Extranjeros", ya que ella no ha intentado registrarse nunca, porque está pendiente de una oferta de trabajo para poder solicitarlo. Al consultar a la responsable de tarjetas nos comenta que  es imprescindible que solicite el permiso de residencia y aporte la resolución  ya que con ello justifica que ha intentado regularizar su situación.  Tal como exige la orden SAN/20/2013. Van a solicitar cita previa en extranjería y cuando la tengan les acompañaremos e intentaremos ver si el resguardo de haberla solicitado nos sirve, de momento, para que tramiten la asistencia sanitaria. Ya que la resolución no es instantánea precisamente. De momento siguen atendiéndola en el CS. El 7/02/2014 acudimos con ella a las oficinas del SCS para revisar, con la responsable del Servicio de Tarjetas Sanitarias, la documentación de la solicitud. Nos da el visto bueno y le damos entrada en el registro con la siguiente documentación:

- Solicitud, poniendo a los hijos también en la unidad familiar.

- Copia del pasaporte y original para su comprobación.

- Empadronamiento

- Informe Social

- Justificación de no presentar el Informe de extranjería.

 

El 20/02/2014 nos informa que ya le ha llegado la resolución favorable.

50. Mujer de Mongolia (octubre 2013)

A principios de octubre acompañamos a una mujer de Mongolia a un centro de Salud de Torrelavega. Esta mujer, esposa del anterior caso, reside en la ciudad del Besaya desde hace 3 años, está empadronada y disponía de tarjeta sanitaria que, en la actualidad, está caducada tras el Decreto de exclusión de los inmigrantes irregulares. Se queja de expulsar sangre, dolor en el oído, sentirse muy triste y de que ha perdido mucho peso. En el mostrador, la administrativa nos dice que no puede darle cita y que debemos acudir a las oficinas de la Seguridad Social para que nos dén una hoja de asistencia. Le replicamos que ese camino ya lo hemos hecho en otras ocasiones y que resulta inútil, porque no tiene papeles ni recursos. Se nos repite que, en otro caso, no la atenderán. Nos desplazamos para el trámite y se nos informa de que, efectivamente, desde el Decreto no tiene derecho a la asistencia. Por si acaso, el funcionario de la SS consulta con el jefe de la sección quien ratifica que está fuera del sistema. Volvemos al Centro de Salud y nos atiende ahora la que parece ser la responsable del servicio. Niega de forma amable la posibilidad de darle cita una y otra vez; nos comunica que ya no hay “ficha corta” y que las declaraciones de no negación de asistencia por parte de las autoridades del Gobierno regional, que citamos y enseñamos, no han llegado de ninguna manera a los mostradores. Insistimos en nuestros argumentos y, al final de la mañana (casi dos horas después de nuestra llegada), la funcionaria realiza una llamada y nos da cita con una médica de atención primaria que nos recibe afable, la examina bien y le diagnostica hemorroides muy inflamada y posible anemia. Realiza a mano una petición de análisis de sangre y orina y le proporciona una receta NOFAR que le sella Cruz Roja. En el mostrador se le da cita para la extracción de sangre y cuando tenga los resultados de los análisis, la médica nos aseguró que la recibirá.

49. Hombre de Mongolia (octubre 2013)

A principios de octubre acompañamos a un hombre de Mongolia a un centro de Salud de Torrelavega aquejado de toses bronquiales. Esta persona en su momento tuvo tarjeta sanitaria, cuando era suficiente estar empadronado. La perdió en septiembre del 2012 porque no tenía ni tiene permiso de residencia ni trabajo. Al atendernos en el mostrador, vieron que aún aparecía en el sistema informático y le adjudicaron una médica sin problema. Le atendió y le dio una receta NOFAR que le sellaron en CRUZ ROJA. Pudo obtener las medicinas gratis en una de las dos farmacias con las que Cruz Roja tiene convenio.

48. Mujer latinoamericana (septiembre 2013)

En el mes de mayo se pone en contacto con la plataforma. Nos dice que hace 2 años le extirparon un bulto en el pecho y que hace 2 meses le salió otro. En febrero le hicieron en el hospital una mamografía, una eco y una punción en un quiste. Días más tarde la doctora le dijo por teléfono que no era maligno, pero que la llamarían para tener una consulta con el ginecólogo. No le han llamado aún y en estos días ha notado otro pequeño bulto en el pecho y tiene alguna molestia, está preocupada. El 26 de septiembre la informaron que la iban a citar para el 9 de octubre pero se dieron cuenta que no tenía tarjeta y le dijeron que tenia que pagar. Le cancelaron la cita. A través de una médico cercana a la Plataforma se va intentar que la sigan viendo en el hospital.

47. Adolescente argentino (septiembre 2013)

Acuden al teléfono por quedar el chico cuando cumplió 18 años, hace varios meses, fuera del  sistema sanitario.  La última vez que fue a una consulta le dijeron que al cumplir 18 años no podrían atenderle en  el Centro de Salud al que acudía desde siempre.  El chico a los 8 años sufrió un infarto cerebral precisando desde entonces tratamiento de  sintrón, y tratamiento para prevenir las crisis epilépticas.  Durante estos últimos meses no se le han realizado los controles de sintrón.  La familia por experiencia de años, ha pautado la dosis.  Ante el temor y el desconocimiento de la situación del chico acuden al teléfono de la  Plataforma.  Se le acompaña al centro de salud. En el mostrador del mismo comprueban que el chico está  dado de baja del sistema y nos dicen que allí no le pueden atender. En ese mismo centro la  madre tiene médico de familia y una hermana menor de edad.  Nos remiten a urgencias de Valdecilla. Les decimos que donde creemos que le deben atender  es en el centro de salud y que las autoridades sanitarias han afirmado que se debe atender  a todos; se les muestra el escrito del Director Gerente del Servicio Cantabro de Salud, Carlos  León Rodríguez. Después de insistir y ellos consultar el caso nos dicen que le atenderán de  urgencias pero que se le tendrá que facturar.  Les decimos que dada la situación del chico necesita que se le mire, que son varios meses sin  pauta médica y que a pesar de la amenaza de facturación le atiendan.  Le pasan a la médico de urgencias que viendo la situación administrativa irregular del paciente  sale a consultar lo que tiene que hacer.  A la vuelta nos dice que le tiene que hacer el parte de asistencia/facturación.  Comienza a rellenarlo y nos dice que le resulta muy desagradable la situación y que por ella le  atendería sin problemas pero que se tiene que ajustar a la normativa.  Como es viernes y ese día no se hacen análisis sanguíneos más completos, le harán uno digital.  Los resultados del mismo muestran que estaba recibiendo menos dosis de la que hubiese n ecesitado. Le convocan a una nueva consulta en 2 semanas.  Al salir nos dan la hoja de asistencia/facturación y se le dice desde el mostrador que deberá  abonarlo en un banco. Saliendo comprobamos que en el parte no consta ninguna cuenta donde  ingresar la cantidad exigida.

46.  Joven camerunés (septiembre 2013)

En el mes de septiembre pide nuestro acompañamiento un joven de Camerún que asistió a urgencias de Sierrallana por encontrarse con fiebre, molestias estomacales. Hace dos o tres años había sufrido en su país fiebres tifoideas a las que no se le dio tratamiento y el inmigrante temía que el tema se estuviera repitiendo. En el hospital le hacen análisis y un cultivo indicándole que fuese a recoger los resultados al médico de cabecera. Este es el momento en que solicita nuestro acompañamiento. Asistimos a un centro de salud de Torrelavega, nos dicen que ya no existe la ficha corta desde unas semanas, llaman por teléfono a uno de los médicos del Centro solicitando la atención a una persona sin recursos a lo que respondió positivamente. Ya en la consulta desde el ordenador accede a los análisis del hospital Sierrallana y le dice que están bien. No obstante dice a las acompañantes que llamemos por teléfono a los 4 días para que nos comuniquen el resultado del cultivo. Así lo hacemos, dejamos nuestro número y al cabo de un rato, el médico nos llamó indicando que el cultivo no mostraba ninguna anomalía. Que volviese si se seguía sintiendo mal. Al seguir con molestias estomacales, asistimos una segunda vez y le prescribe una medicación en una receta blanca (papel en blanco sin membrete donde se estampa el sello del centro de salud, la fecha y la firma del médico. En ninguna de las dos consultas apareció el Parte de Asistencia y/o facturación. Asistimos al Centro Intercultural a preguntar si existía un procedimiento para conseguir el fármaco. Nos envían a Cruz Roja. Allí registran la receta y nos envían a una farmacia concreta (hay 2 en Torrelavega con estas características) con las que han suscrito un convenio, y nos dan el medicamento gratis. A los pocos días nos llama el inmigrante muy preocupado diciendo que le habían enviado la factura. No era la factura sino el parte de Asistencia y Facturación que había firmado en urgencias de Sierrallana.

45. Mujer paraguaya (septiembre 2013)

Se trae a su hija de 15 años y cree tiene problemas psicológicos. Al ser menor de edad le indicamos que vaya al Centro de Salud que le corresponda y le arreglen la tarjeta sanitaria a la que tiene derecho.

44 Hombre marroquí (septiembre 2013)

Con enfermedad crónica que siguen atendiendo en Valdecilla. No tiene dinero para las medicinas. Le derivamos al dispensario de Cáritas.

43. Mujer croata (agosto 2013)

Se ve un bulto en el pecho y su antiguo médico de familia la atiende pero necesita hacerle una mamografía. La ve, como un favor, una ginecóloga.

42. Joven nigeriano (agosto 2013)

Le atendió su médico del Centro de Salud pero no le pudo recetar y no tiene dinero para las medicinas. Le mandamos al dispensario de medicamentos de Cáritas.

41. Joven de Guinea (julio de 2013-febrero 2014)

Acompañamos al centro de salud a un joven guineano, estudiante, sin permiso de residencia ni tarjeta sanitaria. Las administrativas nos atienden amablemente en el mostrador, pero nos dicen que las personas sin tarjeta tienen que pagar y que si no lo hace no es posible darle cita. Surgen dudas especialmente cuando les explicamos que la persona acompañada carece de recursos y nos han de dar la cita aunque también el parte de asistencia y/o facturación. Se ponen en contacto con tarjeta sanitaria y les insisten en el pago. Se muestran de acuerdo con que las personas sin permiso de residencia reciban atención médica, pero dicen que es imposible darle una cita; nos ofrecen hablar con la coordinadora y aceptamos. Ella nos da cita para ese momento y el parte de asistencia y/o facturación. La doctora de atención primaria atiende al joven pero no nos deja estar presentes en la consulta. Solicita pruebas con un parte interconsultas y le seguimos acompañando en todo momento, hasta en la cita de atención primaria donde le dan los resultados. La doctora solicita pruebas nuevamente, pero esta vez, en vez de obtener la cita en el mostrador, nos dicen que ellas la gestionan y luego se ponen en contacto con el paciente. La prueba de ecografía solicitada se fecha para 3 meses más tarde, en octubre, y al paciente se le avisa por teléfono. Cuando vamos a realizarla a Valdecilla nos hacen esperar una hora y media, debido al hecho de que no tenemos volante en papel. La administrativa pretende que vayamos al Centro de Salud a reclamarlo, nosotros le argumentamos que ellos mismos le han citado por teléfono, que debe aclararlo por este mismo procedimiento con el Centro de Salud y que la prueba debe realizarse sin más dilación. Finalmente, con el apoyo de la enfermera del servicio, y tras mostrarle el informe médico donde figura la petición de la ecografía, la administrativa accede aunque muy contrariada. En este caso, la atención recibida se reparte al 50 % entre la buena y la mala. Acudimos al Centro de Salud en el plazo que estableció Valdecilla y nos dan la cita médica, pero con otro doctor. Ante nuestra indicación de que debiera ser la misma doctora, nos responde que no es imprescindible y que los médicos no quieren atender siempre los mismos a estas personas. El médico que nos recibe muestra su desagrado porque no tiene tarjeta sanitaria, dice que no aparece la ecografía y sin explorarle, decide que le quiere enviar a consulta de Digestivo, pero que no puede solicitar desde el ordenador el Parte interconsultas. Le manifestamos que esto se está haciendo y que ya hemos resuelto varios casos. Nos manda entonces bajar al mostrador a ver qué nos dicen. La coordinadora del centro nos ofrece sin problema el documento en papel y, después de una hora de espera, el doctor lo rellena a mano, al tiempo que va manifestando su postura contraria a que se ofrezca esta asistencia médica. Rebatimos sus opiniones con nuestros principios éticos y sanitarios en el mejor tono posible con el fin de asegurar la asistencia del joven, que habla bien español y se sintió profundamente humillado. En el mostrador nos ratifican que no ha llegado la ecografía al centro, nos dan nueva cita médica esta vez con la primera doctora y nos emiten el volante para la consulta especializada de Digestivo. La situación a partir de este momento ha resultado muy sorprendente, ya que en esta cita la doctora examina las pruebas y dice que el paciente no tiene nada, pero que no obstante no le va a enmendar la plana al anterior doctor y que si él le ha enviado a Digestivo que acudamos a la consulta de Valdecilla fechada para el 26 de noviembre. Efectivamente, lo hacemos y escuchamos con estupor que el especialista nos comunica que el joven tiene una Hepatitis B y que hay que tratarla. Prescribe para realizar en el Centro de Salud 3 analíticas, le indica que toda su familia debe realizar una vacuna preventiva y nos cita para examinar los resultados de los análisis para dentro de 2 meses. Tenemos concedidas las citas para realizar los análisis y para la consulta en enero 2014. En resumen, han pasado 6 meses, pero al final hemos conseguido el diagnóstico certero y esperemos que el adecuado tratamiento. Como final del caso, señalar que el especialista de Digestivo de Valdecilla una vez examinadas las analíticas prescritas, determina la existencia del virus de la Hepatitis B en el paciente, pero poco activo en la actualidad, por lo que no requiere tratamiento alguno. Nos remite con este informe al Centro de Salud, donde la doctora de atención primaria nos recibe el 6 de febrero de 2014. En la cita, le recuerda los cuidados de salud (vacunación del entorno, en especial) y los de higiene para prevenir el contagio. Recomienda una analítica de seguimiento para dentro de seis meses. La situación médica al fin está ya bien encaminada, pero lamentablemente hace unas semanas a este joven se le pidió la documentación y, al estar en situación irregular, fue esposado y conducido a las dependencias de la Policía, donde fue retenido durante 24 horas. Sin mediar delito ninguno, se le ha impuesto una multa de 500 euros y la obligación de personarse una vez al mes en las dependencias policiales. Le asignaron un abogado de oficio. Se confirma el aumento de la represión contra los inmigrantes sin papeles sin que exista ninguna justificación.

40. Mujer colombiana (julio 2013)

De 68 años de edad. El 11/07/13 sufre una caída con el resultado de fractura de hombro no desplazada, tiene tarjeta de residencia pero no tarjeta sanitaria, sus hijas tienen ambas cosas. Acuden a un Hospital  y le atienden por urgencias, le hacen firmar el parte de asistencia/Hoja de facturación (hicimos copia) y le dicen que a la semana le vea un traumatólogo para que le haga el seguimiento. Acudieron al Centro de Salud y posteriormente a la Seguridad Social, pero se encontraban un poco perdidas sobre los pasos a seguir y se pusieron en contacto con la Plataforma. Volvimos a acudir con ellas al Centro de Salud y la administrativa nos dijo que ya les había dicho la primera vez que debían solicitar una tarjeta de Asistencia Sanitaria como que "no supera el límite de renta", por lo que nos fuimos a la S.S e hicimos el trámite, como se necesita un tiempo para que determinen si se la van a dar o no, y su consulta de Trauma debe realizarse en breve, pedimos una copia de la solicitud y volvimos al Centro de Salud. La administrativo se mostró un poco reacia y desde el primer momento estuvo repitiendo que tenía que facturar la consulta con el médico, después de un rato de intercambio de opiniones, yo aludiendo que sólo se factura si se demuestra que la persona tiene recursos, finalmente le hizo una ficha corta y le dio cita para hoy con el mismo médico de su hija. El médico le atendió muy bien, le hizo el parte de interconsulta para trauma y le hizo firmar la hoja de facturación. Les dijimos que al lado de la firma pusieran "no tengo recursos". De nuevo cara a cara con la administrativo, nos dijo que "esta vez no se le iba a facturar, pero sólo por esta vez, pero que desde urgencias "les iban a apretar las tuercas para abonar la asistencia", de nuevo le dijimos que según el  decreto las urgencias no se facturan, nos dijo que a lo mejor se trataba de "urgencias vitales". De ahí fuimos a otro hospital, y sin problema alguno le han dado cita con trauma para este lunes. La consulta se produce con normalidad y queda citada para nueva revisión. Todo este trasiego denota que la atención no está siendo normal para nada, que hay mucho desconocimiento de la ley, y que depende de la administrativo con quien nos encontremos

39. Hombre latinoamericano (julio 2013)

Pide nuestro acompañamiento un hombre mayor latinoamericano diabético sin revisión médica desde hace mucho tiempo y con malestar general. A pesar de que lleva bastante tiempo en Santander nunca ha tenido tarjeta sanitaria ni puede acceder a ella al carecer de permiso de residencia. Asistimos a un Centro de Atención Primaria y nos indican que nos dirijamos al INSS a solicitar dicha tarjeta. Una vez que decimos que ese recorrido ya le hemos hecho en otras ocasiones, que el decreto ley 16/2012 le excluye de esa posibilidad y que la Consejera de Sanidad se ha comprometido a la atención de todo inmigrante, le abren una ficha corta y le asignan un médico del Centro. La atención es correcta y en profundidad, practicándole un análisis puntual en el dedo. El contratiempo ocurre cuando la médica intenta a través del sistema informático pedir unos análisis a realizar en el mismo Centro. Como ya hemos tenido ocasión de constatar en otros casos, esto no es posible. El Sistema no lo permite cuando se carece de tarjeta sanitaria. La médica pide que se haga desde el mostrador lo que tampoco es posible. Entre mostrador y médica optan por un sistema manual. En un impreso de “Laboratorio de Análisis Clínicos” la médica marca de forma manual los elementos que han de ser objeto de análisis y medición. Al día siguiente sin ningún problema se realizan los análisis en el mismo centro. Estamos pendientes de la consulta ya concedida para los resultados con la misma médica.  Los resultados de los análisis confirman la diabetes y se le prescribe la misma medicación que estaba tomando hasta entonces. A su vez se detecta una infección de orina decidiendo la realización de un cultivo para desechar posibles complicaciones. Como el paciente se quejaba de fuertes dolores en una pierna la médica emite una petición de interconsulta a Valdecilla Sur donde se le realiza una ecografía. Por este medio se detecta un problema, coágulo o similar, en la femoral. La médica del CS emite otro parte de Interconsulta, esta vez al Servicio de Urgencias, y de allí se le envía a consultas de cirugía cardiovascular. En esta consulta se pide la realización de una arteriografía que requiere quietud total con posterioridad a la misma, por lo que se prescribe un día de hospitalización. Realizada esta prueba, unos días después en consulta de cirugía cardiovascular se nos dice que requiere intervención quirúrgica para realizar un bypass femoral en que se utilizará una vena artificial para puentear la arteria obstruida. Se decide que la intervención ha de realizarse sin demora y dentro del período de un mes. Una vez realizado el preoperatorio el mismo día en que se cumplía un mes de la consulta, es operado. El resultado es satisfactorio y recibe el alta hospitalaria a los tres días. En estos momentos está siendo tratado en el mismo Centro de Salud al que asiste él sólo. Ya es conocido por el personal de administración y sanitario. Se está procediendo a la cura y a la eliminación de las grapas. El día 5 de febrero de 2014 está citado para consulta en Cirugía cardiovascular. El 14 de mayo tiene lugar la segunda revisión de la cirugía practicada. Los resultados son satisfactorios. El bypass está funcionando bien, la sangre fluye bien por la pierna intervenida. Se constata, a su vez, que las dos úlceras en la pierna detectadas hace 4 meses motivadas en parte por su diabetes, se han curado. Durante tres meses ha ido a curarse a su Centro de Salud, y la atención ha sido muy buena. El cirujano le cita para el próximo mes de octubre en que valorará el mismo tipo de intervención en la otra pierna que también está afectada.  A principios de septiembre se ponen en contacto con nosotras del hospital de día de la Residencia Cantabria para que les ayudáramos en la  localización de esta persona para la realización de una prueba al día siguiente. En esos momentos nos enteramos de que estuvo ingresado durante dos o tres semanas en el mes de agosto (2014) por una subida de la diabetes que precisó la prescripción de insulina diaria a partir de entonces. En el tiempo que estuvo ingresado le detectaron una masa en el pulmón derecho acompañado de fiebre que fue el verdadero motivo de las semanas de hospitalización. Los scanner y otras pruebas que le practicaron durante la estancia hospitalaria apuntaban a un posible tumor. Las pruebas para lo que pidieron nuestra participación en la localización del paciente y a las que le acompañamos fueron dos, ambas en el servicio de Rayos Centrales de Valdecilla : una punción y un TAC con biopsia. A pesar de que nos dieron cita en consultas Valdecilla Sur, para principios de octubre, le llamaron a los pocos días de la realización de las pruebas para acudir al Hospital de día de la Residencia Cantabria. Le acompañamos a esa consulta con el médico de medicina interna que le había tratado en la planta y que pidió las pruebas. La biopsia no detectó la presencia de células malignas, es más el tamaño de la masa había disminuido. Esto y la mejora clínica del paciente hacía pensar que se había tratado de una infección acompañada de proceso inflamatorio y que había ido remitiendo por los antibióticos administrados en los días en que había estado hospitalizado. No obstante, como no se descartaba totalmente que fuese algo más serio, se le comunicó la necesidad de un seguimiento. Una consulta para el mes de diciembre en Valdecilla Sur previa realización de análisis de sangre y otro TAC para el que estamos esperando la comunicación de fecha. La atención y trato, tanto del personal sanitario como administrativo ha sido excelente. En enero (tenía consulta para diciembre pero la trasladaron a enero) asiste a consulta de Medicina Interna para valorar el proceso inflamatorio pulmonar, previa realización de TAC en diciembre del 2014. La prueba realizada indica que la inflamación ha desaparecido, no obstante ve la conveniencia de seguimiento para lo que le cita para julio de 2015 previa realización de radiografía en Rayos centrales de Valdecilla Sur para lo que ya es citado. En el mes de diciembre, también, acude a la consulta de cirugía cardiovascular para realizar el seguimiento de la pierna intervenida en noviembre del 2013. Su evolución es favorable. Le cita para el mes de Junio. Como el paciente refiere dolor fuerte le envía a la unidad del dolor donde ya ha sido visto en el mes de enero y prescrito medicación. Le dan consulta para valorar eficacia de tratamiento para el mes de marzo. Tiene también pendientes citas para consultas de oftalmología y neurología en marzo y abril respectivamente, pedidas desde Atención Primaria.

38. Ciudadano moldavo (julio 2013)

Nos llega el caso de un ciudadano moldavo que necesita asistencia médica. Tiene infección en la boca y está pasando fuertes dolores. Ha tenido tarjeta sanitaria hasta ahora, pero por perdida de residencia ha quedado sin cobertura sanitaria. Ha tenido médico en el centro de salud. Quedamos con él en la puerta del centro de salud. En el mostrador explicamos el caso. A través de un documento de identidad ven en el ordenador que en otra ocasión recibió asistencia por un problema en una pierna. Nos dicen que allí ya no le pueden atender que vayamos a urgencias de Valdecilla. Insistimos que el lugar más apropiado es el centro de salud y que necesita que lo vea un médico y valore su situación, pues pasa fuertes dolores. Nos dicen que ya en otras ocasiones le han avisado de que allí no le pueden atender. Nos dicen que en el INSS le pueden resolver su situación. Les decimos que ya en otros casos parecidos al suyo en el INSS no nos han resuelto nada. Hace una consulta con otras compañeras que están atendiendo en el mostrador y nos facilitan una consulta de urgencia con el dentista. El médico le observa la boca y diagnostica que dada la situación requiere unos días de antibiótico y que después le sacará la muela infectada. El problema se plantea a la hora de hacerle un papel donde consta el antibiótico recetado. Le pregunta que si es alérgico y el paciente responde que no. El médico nos hace saber que con esa respuesta no es suficiente pues es un riesgo recetarle un antibiótico sin tener la seguridad de que no es alérgico. Como no tiene acceso a información más amplia del paciente se muestra un poco contrariado pues nos dice que de esta manera asume unos riesgos que no debería. Finalmente nos escribe la receta blanca. De vuelta al mostrador nos dan cita para la extracción una semana después. La persona que nos atiende nos pide un teléfono. Nos van a llamar después de hacer una consulta sobre el caso. El jueves recibimos una llamada de esa persona y nos dice que la atención que reciba el paciente deberá ser abonada. Le contestamos que las autoridades sanitarias han asegurado que las atenciones en Primaria no se facturan. Nos responde que a ella le han dicho lo contrario y muestra su malestar por encontrarse en medio de una situación administrativa confusa. Le agradecemos la información y nos dice que si obtiene más información que nos la hará saber. Cuando se acude a la cita concertada (día, hora y doctor en la citación en modelo oficial) con el odontólogo para la extracción de la muela, esperamos a que nos llamen y no lo hacen, Preguntando a la enfermera nos dicen que no estamos citados. Le enseñamos el justificante oficial de la cita y nos remiten al mostrador. En admisión vuelve el problema de siempre: "no podemos darle cita ya que no está en el ordenador". Al indicarles que son ellos los que nos habían dado hora, nos dicen que tendremos que ir a urgencias o deberemos pagar la asistencia. Al indicar que queremos pagar para poder demostrar que nos cobran, se asustan y llaman al médico y éste dice que subamos a la consulta. Nos atiende, afirmando que es una responsabilidad que él asume de manera extraoficial, y le extrae la muela.

37. Hombre latinoamericano (junio 2013)

Tenía temor de que si no lo acompañábamos no le atenderían. Ya en una anterior ocasión al parecer le dijeron que ya no podría recibir los servicios prestados hasta entonces. Su tarjeta caducaba en marzo de este año. No tiene trabajo ni tiene regularizada su situación en España. No tiene ingresos y está acogido en casa de otro inmigrante y come en la Cocina Económica.Tenía malestar generalizado. Alegaba tensión arterial y dolor en la espalda y riñones. Vamos al centro de salud donde le han tratado hasta el día de hoy y al pedir una consulta nos dicen que tiene que ir al INSS. Alegamos que necesita ser visto en consulta. Nos dicen que esperemos. Al poco rato nos indican la puerta a la que nos debemos dirigir. La médico que le atiende resulta ser su médico de familia y por tanto conoce su caso. Después de la consulta la médico le dice que cuando lo necesite que puede volver y que será atendido.

36. Mujer saharaui (junio 2013)

Su tarjeta sanitaria quedó cancelada por el RD y que desde hace un año y medio tiene un problema de alergia que le afecta a la nariz y, sobre todo, a los ojos. La acompaño a su ex-CS, y nos dán una cita de urgencia con su antiguo médico de familia (pero no nos dán ni parte de asistencia ni ningún otro papelito). El médico la atiende sin problemas y le da una receta blanca con dos medicamentos que, al parecer, no son caros. A la salida, preguntamos en el mostrador qué puede hacer esta paciente cuando vuelva a necesitar al médico de familia (en un CS donde se atiende regularmente a otros miembros de su familia) y me dicen que no hay problema, que pida cita previa como cualquier otro usuario. Nos dan a entender que en ese CS se han puesto de acuerdo para pasar por completo del RD. En cuanto a medicinas, parece que tienen cierto stock a disposición de estos casos (aunque no disponían de lo que le habían recetado a esta paciente).

35. Joven norteafricano (junio 2013)

Fue visto en un centro de salud por problemas en una rodilla. Al parecer viene de que años atrás una paca de hierba le golpeó la rodilla. Se le trató con la fisioterapeuta del centro pero no se ha logrado su mejoría por lo que se le recomendaba hacerle otras pruebas para ver el problema que tiene. El chico lleva una muleta para ayudarse a andar y cuenta que se ha caído varias veces pues la rodilla le falla. Ha ido retrasando su ida a urgencias pues cree que un parte más de asistencia, tiene al menos cuatro anteriores , le va a perjudicar. Tuvo también algún problema de salud más en estos últimos tiempos ( respiratorios, problemas bucales...). Decidimos ir a urgencias de Valdecilla para evitar nuevas caídas. En urgencias nos presentan el parte de asistencia y/o facturación. Les decimos que no tiene medios y que queremos hacer constar en el parte que no los tiene. Nos dicen que eso lo podemos que hacer constar en el INSS. Le atienden, le hacen una placa de rodilla y le ve un traumatólogo. Le dice que no se aprecia nada en la radio, que tiene la musculatura de la pierna afectada menos desarrollada que la otra y que le recomienda una rodillera, ir soltando poco a poco la muleta y fortalecer la musculatura de la pierna afectada. De momento hasta ver cómo responde la pierna no vamos a dar más pasos. Otras pruebas posibles para detectar algún daño en la rodilla (resonancia...) parecen en su caso difíciles de conseguir. La médico del centro de salud, que anteriormente le había tratado, le da las mismas recomendaciones.

34. Hombre cubano (junio 2013)

Tuvo tarjeta, pero hace dos o tres años que no la tiene. Tiene malestar general, con problemas respiratorios. Acudimos a un centro de salud de Santander y a través de los servicios sociales del centro tenemos acceso a una consulta con una médica. Al término de la consulta le receta un antibiótico para la infección y un inhalador. En caso de necesidad podrá acudir en otras ocasiones al centro.

33. Hombre dominicano (junio 2013)

A través de la profesora de su hijo conocemos el caso de un dominicano que tiene problemas por infección de orina detectada en unos análisis realizados por el médico de familia de sus hijos. Él no tiene tarjeta sanitaria, su mujer de origen español y sus hijos sí. El médico le recomienda la realización de unas pruebas pero no le facilita la forma de llegar a ellas. Intervenimos acompañándole de urgencias al hospital más cercano a su radio de influencia. En admisión de urgencias contamos su situación, no tiene tarjeta ni medios económicos y nos presentan el parte de asistencia / y facturación. Les decimos, antes de firmarlo, que queremos dejar constancia en el escrito de que no tiene medios económicos (no tiene trabajo ni él ni su esposa) y nos dicen que en el parte no se puede escribir esa frase y que eso lo podemos hacer constar posteriormente. A lo largo de la mañana le hacen una serie de análisis y la médico le dice que le convocarán otro día para hacerle más pruebas.

32. Joven latinoamericana (mayo 2013)

Acompañamos al Centro de Salud a una chica muy joven (19 años) latinoamericana que lleva en Cantabria un año y medio; en este tiempo nunca ha acudido al médico y por eso no había solicitado tarjeta sanitaria. Al llegar obtuvo un permiso de residencia porque su madre trabajaba aquí, sin embargo al renovarlo la madre se encontraba en paro y sólo le renovaron a ella (ya que la no tener los suficientes recursos para ocuparse de otra persona no se le puede dar un permiso de residencia a su hija) obteniendo asimismo una tarjeta sanitaria para personas sin recursos, con la que no se pueden tener beneficiarios. Nuestra joven, por lo tanto, tiene el permiso de residencia caducado y no puede obtener porque su madre no tiene recursos, nunca tuvo tarjeta sanitaria y no puede ser beneficiaria de su madre. En el mostrador, sin dar toda esta información, solicitamos asistencia sanitaria y se la niegan; ante nuestra insistencia la administrativa llama a tarjeta sanitaria y le indican que haga una ficha corta y facilite la asistencia (la ficha corta es un formulario de recogida de datos básicos que permite que a una persona se le atienda en ese momento pero nada más). Cuando la está haciendo otra administrativa nos informa de que “no se hacen” fichas cortas y deciden realizar una propuesta de tarjeta sanitaria al SCS. Nos remiten al INSS para obtener la tarjeta sanitaria (esto no es así, en el INSS se tramita pero no pueden responder al compromiso de la consejería de sanidad). Le atiende en el momento una médica de atención primaria que le entrega el parte de asistencia y/o facturación por la consulta y quiere remitirla al especialista, pero no puede. Acudimos al INSS donde nos informan de que sin permiso de residencia no le pueden tramitar una tarjeta sanitaria y que es el SCS, si va a responder al compromiso de atender a estas personas, el que debe hacerlo en tarjeta sanitaria. Acudimos a ese departamento donde nos informan de que esta persona no tiene derecho a más asistencia que la de urgencias y que no existe cauce administrativo para facilitarle una tarjeta con la que acceder a una consulta de especialista. Ponemos una hoja de reclamación desde la Plataforma contra la Exclusión Sanitaria. A través de una médica integrante de este colectivo se ha facilitado la consulta de especialista. Continuamos haciendo seguimiento de este caso, pendientes de la contestación de la reclamación y de una reunión donde consensuemos qué hacer ante estos casos.

31. Mujer latinoamericana (mayo 2013)

Lleva tres años en Santander, donde viven otros familiares suyos, pero está en situación irregular. Hasta septiembre dispuso de tarjeta. Le atendía una doctora, aunque hasta ahora casi no la había necesitado. Tiene dolores de cabeza intensos, y en la farmacia le ven la tensión alta  por lo que le recomiendan que la vea un médico de familia. Quedamos con ella a la puerta del Centro de Salud. En el mostrador de recepción le dicen que la tarjeta está caducada y que no se le puede atender. Insistiendo, conseguimos que se le pida una cita de urgencia con su doctora, a ver si ésta aceptaba verla. Entramos a la consulta. Nos presentamos como acompañante solicitado por la enferma, y perteneciente a la plataforma de Ciudadanía contra la Exclusión Sanitaria. Después de un chequeo completo la doctora no ve mayor gravedad. La da unas pastillas para los vértigos y náuseas que tiene, que le dan para 2 semanas o mas, y le recomienda que tome Paracetamol para los dolores de cabeza. Finalizada la consulta, la doctora imprime un parte de asistencia y/o facturación, en el que marca con una x el apartado de 1ª consulta médica, 63,77 €, lo firma, y se lo da a firmar a la paciente. Le indicamos que lo firme, y que escriba al lado: NO TENGO RECURSOS. La doctora nos indica que lo entreguemos abajo, en recepción. Allí el personal se revuelve un poquito. Se nota que no están en absoluto acostumbrados al trámite. Insisten en que hay que facturar, aunque indicamos que la paciente carece de medios. Finalmente envían el parte y los datos al servicio de facturación de la Consejería para que envíen la factura y un nº de cuenta  donde la paciente debe ingresar el importe. Esperamos cerca de 45 minutos hasta que nos devuelven el parte y nos dicen que, ya que carece de medios, no tiene sentido facturar. Que nos podemos ir tranquilos. La mujer nos dice que sin nuestra presencia la doctora no la habría recibido.

30. Mujer colombiana de 74 años (mayo 2013)

La paciente no tiene tarjeta sanitaria. Su hija residente en España sí la tiene. La enferma presentaba úlceras en los pies que le dificultaban el caminar con normalidad. En el mostrador del centro se explica el caso a la administrativa que en un primer momento nos dice que debemos aclarar el caso en facturación. La hija de la paciente le dice que ya estuvo allí y que no le daban ninguna solución. Le explicamos que la enferma necesita que la vea personal médico. Nos pregunta si es urgente. Le decimos que es necesario que la vean pues tiene dificultades para andar. La administrativa pregunta por el médico que tiene asignado la hija de la enferma y realiza una llamada telefónica al mismo y le explica el caso y si está dispuesto a hacerse cargo de la enferma. Al parecer el médico dice que sí y utilizando la vía de urgencia se le da una cita para consulta en la misma mañana. Por la información que hemos recibido después de la consulta, la atención y las curas que se le hicieron fueron valoradas como muy buenas y se le va a seguir atendiendo hasta la desaparición del problema.

29. Subsahariano de 22 años (mayo 2013)

Posible hepatitis que necesita analítica de la función hepática. Se le tramita con facilidad, con la intervención de un contacto, en un CS saltándose el trámite del Parte.

28. Chico senegalés (mayo 2013)

Este senegalés, al que le retiraron la tarjeta de persona “sin recursos”, y al que le atendían en su Centro de Salud, tiene un dolor en un brazo y ha llamado a nuestro teléfono porque requiere que le vea un médico de familia. En el mostrador de admisión, después de comprobar que efectivamente su tarjeta se canceló el pasado 13 de septiembre, le ofrecen tres posibilidades: Que vaya a un médico particular o que pague, mediante el ingreso de la cantidad estipulada, 61 €, en una entidad bancaria, y con el comprobante volver al CS para que le asignen un médico para esa consulta. Que intente que le vean por urgencias, en Valdecilla, o quizás, más fácil, el el CS Sardinero a partir de las 5 pm. Volvimos el lunes con el chico senegalés a su CS. Tiene desde hace días un hormigueo en su brazo izquierdo. Requerimos la forma de pago que habían propuesto el viernes. Toman de nuevo los datos  (ya los tenían todos) y lo envían todo por fax a un número de la Consejería, como una solicitud de asistencia privada, para que que nos faciliten un nº de cuenta corriente para ingresar los 61 € de que nos habían hablado. Después de esperar unos 20 minutos, nos dicen que “como ha estado inscrito hasta diciembre” (el viernes dijeron que tenía la tarjeta cancelada desde el 13 de septiembre) le van a mantener de momento la asistencia, por lo que, sin más, le dieron cita para el médico que sustituye a su médica de familia habitual, para el martes a las 10.

27. Mujer boliviana (abril 2013)

En torno a 23 años, sin permiso de residencia. Centro de Salud Isabel II en Santander Acudimos a una consulta al estar aquejada la persona de infección de orina. Mediante un análisis en el momento de la consulta la médica confirma este diagnóstico. Le prescribe tratamiento. Al no existir en el Centro de salud la medicación prescrita, la inmigrante manifiesta su disposición a comprarlo. La médica manifiesta la conveniencia de realizar un cultivo 10 días después de haber finalizado el tratamiento. No ve posible realizarlo al no disponer de tarjeta sanitaria. La asistente social del Centro se compromete a buscar la forma de realizar la analítica y comunicárselo a los acompañantes. Una vez que se consiguió una forma de realizar el análisis de orina recomendado por la médica en la consulta realizada, no fue posible ponerse en contacto con la persona inmigrante a pesar de intentarlo repetidas veces a través del móvil que era el único medio de contacto.

26. Mujer subsahariana (Febrero-2013)

Con escaso conocimiento del español, con tarjeta de residencia caducada hace dos años, sin trabajo, acude a urgencias en diciembre de 2012 con sintomatología compleja. Tras una primera valoración, entiende que tendría que pagar 160 € para obtener un diagnóstico o tratamiento más preciso, por lo que decide olvidarse del asunto. Como su salud no mejora, contacta en febrero con el equipo de acompañamiento y se le acompaña a un CS del centro, donde se consigue con facilidad que la vea un médico de familia. Tras la consulta y propuesta para tratar la hipertensión, ven la necesidad de nuevas pruebas que no se pueden solicitar desde el CS, lo que obliga a ir por urgencias a Valdecilla. Acompañada a Valdecilla, le dan a firmar el “Parte de Asistencia y/o Facturación” con la aclaración de que sólo tiene valor informativo, y con el que se debe ir al INSS a tramitar su situación sanitaria. Se le atiende bien, y tras la analítica pertinente se le da cita para una prueba importante en Cardiología. De nuevo en el CS, le confirman que puede tratarse de un caso de salud pública, de declaración obligatoria. Por otro lado, la trabajadora social, en contacto con el SCS, le tramita una nueva tarjeta sanitaria, ya que su nombre consta en los registros como beneficiaria de un titular activo y cotizante. Contactado el INSS sobre el hipotético trámite con el “Parte de Asistencia...” nos dicen que este tipo de casos no son en absoluto de su competencia, que les llegan por desconocimiento o descoordinación administrativa.

25. Chica moldava (21-02-13)

Residente en Solares. Su médico le dijo que por la nueva ley no podía ser atendida y le dio una receta blanca su tarjeta de sanidad dependía de la del marido que estaba trabajando en una empresa portuguesa. Se le brindo el número de teléfono de acompañamiento.

24. Chico peruano (17-02-13)

Por motivo de una caída presento dolor en el hombro, es médico con el título homologado pero esta indocumentado y no tiene tarjeta sanitaria por lo cual no se ha acercado ningún centro de salud. Se le brindo el número de teléfono de acompañamiento.

23. Mujer ecuatoriana (17-02-13)

Presentó dolor de oído acude al su centro de salud en el mes de enero le dijeron que tenía que pagar por la atención porque no tiene aportaciones trabaja de interna. Se le brindo el número de teléfono de acompañamiento.

22. Chico senegalés (17-02-13)

Presento una caída en viernes 8 de Febrero con un dolor de hombro se acercó a su centro de salud en Marqués de la Hermida, donde le dieron una factura de 165 euros para hacerse una placa. Se le brindó el número de teléfono de acompañamiento.

 21. Mujer colombiana

Necesita médico. Lo tenia en Cazoña, la acompaña una persona de la Plataforma que trabaja en ese Centro de Salud.

 20. Chica mejicana

Llama una voluntaria de Servicios Sociales de Torrelavega por un mejicana pareja de un español que necesita médico. La orientamos y seguimos el caso.

 19. Chica dominicana

Necesita ir al médico. La acompañará su pareja (español) a su Centro de Salud (Cazoña) y si tiene algún problema en el mostrador avisará a un sanitario de la Plataforma que trabaja allí.

18. Hombre rumano

Llaman de Nueva Vida por un hombre rumano que tiene una hernia. y por una joven de 17 años que no le dan la tarjeta porque tiene que llevar un papel. La asociación se encargará de acompañarles y si necesitan algo nos llamarán.

 17. Niño rumano

Llaman de Cáritas por niño rumano de 5 años que hay que vacunar. Le seguirá viendo el pediatra que tenía asignado antes de caducar la tarjeta. Cuando pidió cita en el C.S. Dávila le dijeron que aparecía "en rojo" en el ordenador y que tenia que arreglar los papeles y no le dieron cita. El niño nació en España, no tiene pasaporte y por eso no le dan la tarjeta. Hablamos con los que emiten la tarjeta sanitaria y estamos a la espera de contestación. Para el pasaporte se le va a echar una mano en una ONG. Caso complicado.

16. Brasileña

Con hija de 7 años, llama por indicación de una persona de la Plataforma. La llevó a urgencias y la vieron sin problemas, pero quedamos con ella para arreglar el tema de la tarjeta de la niña y no se presentó.

15. Rumanas

Madre e hija de 18 años, viven en España hace 8 años. la madre trabaja en la mendicidad y nunca se preocuparon de tener papeles. Necesitan ser vistas por ginecología. Las está atendiendo una ginecóloga de la Plataforma.

 14. Rumana

Su hijo de 8 años no tiene tarjeta porque en el mostrador del C.S. Solares le dicen tiene que pedir un papel de su país (igual que el anterior caso). Cuando tiene algún problema lo lleva a Urgencias. Ahora le mandan de Salud buco-dental (Liencres) al Pediatra. Hablamos con la trabajadora social de Solares y le ha visto la Pediatra y por otro lado la ha mandado a Cantabria Acoge para tratar de sacarle el papel por Internet.

13. Rumanos

Dos hermanos sin tarjeta sanitaria (el pequeño nació aquí). Les piden un papel de "no tener o si atención sanitaria en su país". Llamamos la trabajadora social de Polanco. Prefieren pagar un médico particular.

12. Mujer marroquí

Acudimos el 2 de enero al Centro de Salud Zapatón en Torrelavega a recoger los resultados de unos análisis realizados el 26 de diciembre en este mismo centro. Al entrar en la consulta el médico le dice que tiene que pagar los gastos. La acompañante le responde que según el Servicio Cántabro de Salud  eso no se llevaría a cabo en el caso de ausencia de medios económicos. No encuentra en el ordenador nada relacionado con dichos análisis. En Administración nos dicen que los resultados irán a Sierrallana donde ella tiene una cita programada para el 27 de marzo según una tarjeta del servicio de Alergología que la paciente nos enseña en ese momento. Se le dice que pida el acompañamiento para ese momento así como para una radiografía que tiene programada para el 11 de marzo.

 11. Señora argelina

Llaman de Cruz Roja, sobre el caso de una señora argelina con 3 hijos que quiere ir a planificación familiar (nunca tuvo tarjeta). En principio la atienden. Seguimos el caso.

10. Mujer del Este

Operada de túnel carpiano y preocupada porque tenía hormigueos y creía infectada la herida y ya no la ven en su Centro de Salud. Hablamos con una doctora de otro Centro de Salud y la valora. Está bien.

9. Camerunés

Llaman por un chico que es asmático y necesita medicación. Nos llaman diciendo que tenia unas recetas y probó en la farmacia y se las dieron.

8. Nigeriano

Siempre le han vacunado de la gripe. Cuando llama al Centro de Salud para que le den cita con la enfermera le dicen ya no tiene derecho. Un médico de la Plataforma que trabaja allí, habla con una enfermera que se la pone.

7. Nigeriano

Problema urológico. Le ve su médico de cabecera pero cree hay que hacerle una ecografía. Le manda a urgencias con un papel escrito y alli le ponen tratamiento y le vuelven a remitir a su médico para que le pida la eco (por supuesto no tiene tarjeta). Hablo con un médico de la Plataforma y él a su vez lo hace con un radiólogo del Hospital. Caso acabado por el momento.

6. Chica rumana

El 14 de noviembre le hicieron unas pruebas en el hospital, cambia de domicilio y acude al centro de salud correspondiente con su nueva dirección, a recoger el resultado y pedir cita. Allí le dicen que no teniendo ya tarjeta sanitaria, la tienen que facturar por 64 € para ver el resultado de las pruebas. Tras varios intentos contactamos con el médico que le pidió las pruebas en el centro de salud. No da ninguna alternativa salvo cumplir a rajatabla el protocolo que establece la facturación y la firma del reconocimiento de la misma por parte de la paciente. Ante esto y con la colaboración de los sanitarios de la red de acompañamiento la derivamos hacia otro centro donde todavía la aplicación informática no es ineludible, el acceso a la historia y la derivación correspondiente se hacen de manera plenamente integradas en el sistema, aunque pueda llegar a producirse la facturación en el sistema hospitalario.

5. Chico de Camerún

Presenta dolor en el estomago y dolor cuando respira. Ha estado en urgencias y le han dicho que tiene que pagar y le han dado unos papeles y él ha preferido irse. Lo ha atendido una doctora del grupo de acompañamiento.

4. Chica de Marruecos

Tiene dos bultos en el pecho izquierdo y presenta dolores. La han atendido y le han dicho que necesita  hacerse y una placa y que por ella tiene que pagar  65 euros además la han enviado a las oficinas de la seguridad social donde tiene que presentar documentos traídos de su país para que la atiendan.  El 21 de diciembre esta citada otra vez para las placas y la acompañaremos.

3. Chico senegalés

No nos avisan al grupo de acompañamiento desde la ONG a la que acude. Le dejan sólo a la puerta de urgencias. Le operan de urgencia (apendicitis) en Valdecilla. Le entregan una hoja con el precio de los "servicios".  Un doctor le da 50 euros para medicinas. Desconocemos si facturarán o es sólo un "albarán". Cuando acude al Centro de Salud le dicen que tiene que pagar para quitarse los puntos. Como no tiene dinero se va a urgencias donde se los quitan. Nos enteramos del caso cuando ha pasado todo lo anterior. Se le acompaña a Valdecilla a una cita para la revisión- Le atienden y le dan el alta sin problemas.

2. Chico de Camerún

Precisa atención en el Centro de Salud Dobra. Lo mismo que el anterior.

1. Chico de Ghana

Precisa atención en el Centro de Salud Dobra. Gracias a la mediación de una doctora (miembro del grupo de acompañamiento) y varios acompañantes se solucionan los problemas que le ponían para atenderle.

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